NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2000 (08/09/2000)
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Pág. 192662 NORMAS LEGALES Lima, viernes 8 de setiembre de 2000 MORES DE BASE DE CRANEO, organizada por el Hospital Foch, del 1 de setiembre al 31 de diciembre del 2000; Que, el Seguro Social de Salud (ESSALUD) ha determinado la conveniencia que el señor JOSE FRANCISCO NAVARRO BARRETO, Médico Asistente del Servicio de Neurocirugía del Hospital Nacional Edgardo Rebagliati Martins, participe en el mencionado evento; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27056, Ley de Creación del Seguro Social de Salud - ESSALUD y la Directiva de Gestión y Proceso Presupuestario para el año 2000, aprobada mediante Acuerdo de Directorio Nº 017-2000/003-FONAFE; Estando a lo propuesto; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor JOSE FRANCIS- CO NAVARRO BARRETO, Médico Asistente del Servicio de Neurocirugía del Hospital Nacional Edgardo Rebagliati Mar- tins del Seguro Social de Salud - ESSALUD, a la ciudad de París, Francia, del 1 de setiembre al 31 de diciembre del 2000, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolu- ción. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán cubiertos con recursos del Presu- puesto del Seguro Social de Salud - ESSALUD, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes :US$ 1,415.00 Viáticos :US$ 4,224.00 Tarifa CORPAC :US$ 25.00 Artículo 3º.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración de impuestos o derechos aduaneros, cualesquiera fuese su clase o denominación. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refren- dada por el Ministro de Trabajo y Promoción Social. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República EDGARDO MOSQUEIRA MEDINA Ministro de Trabajo y Promoción Social 10331 Autorizan viaje de profesional de ESSALUD a Brasil para realizar pasantía en unidad de cuidados intensivos cardiovascular de adultos RESOLUCION SUPREMA Nº 118-2000-TR Lima, 5 de setiembre del 2000 VISTO: El Oficio Nº 221-PE-ESSALUD-2000 del Presidente Ejecuti- vo del Seguro Social de Salud - ESSALUD; y, CONSIDERANDO: Que, en la ciudad de Sao Paulo, Brasil, se llevará a cabo la PASANTIA EN LA UNIDAD DE CUIDADOS INTENSIVOS CARDIOVASCULAR - ADULTOS, organizada por el Instituto Dante Pazzanese de Cardiología, del 1 de setiembre al 31 de octubre del 2000; Que, el Seguro Social de Salud (ESSALUD) ha determinado la conveniencia que la señora CARMEN ATO GARCIA, Enfer- mera Asistencial del Area de Cirugía Cardiovascular del Insti- tuto Nacional del Corazón, participe en el mencionado evento; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27056, Ley de Creación del Seguro Social de Salud - ESSALUD y la Directiva de Gestión y Proceso Presupuestario para el año 2000, aprobada mediante Acuerdo de Directorio Nº 017-2000/003-FONAFE; Estando a lo propuesto; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la señora CARMEN ATO GARCIA, Enfermera Asistencial del Area de Cirugía Cardiovas- cular del Instituto Nacional del Corazón del Seguro Social de Salud - ESSALUD, a la ciudad de Sao Paulo, Brasil, del 1 de setiembre al 31 de octubre del 2000, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán cubiertos con recursos del Presu-puesto del Seguro Social de Salud - ESSALUD, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes :US$ 965.00 Viáticos :US$ 2,059.00 Derechos Educativos :US$ 275.00 Tarifa CORPAC :US$ 25.00 Artículo 3º.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración de impuestos o derechos aduaneros, cualesquiera fuese su clase o denominación. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refren- dada por el Ministro de Trabajo y Promoción Social. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República EDGARDO MOSQUEIRA MEDINA Ministro de Trabajo y Promoción Social 10332 M T C Autorizan viaje de Director General del INICTEL a Suiza para participar en re- uniones de las Comisiones de Estudio de la UIT RESOLUCION SUPREMA Nº 125-2000-MTC Lima, 5 de setiembre del 2000 Visto, el Oficio Nº 071-2000-MTC/INICTEL-CD del Presi- dente del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Investiga- ción y Capacitación de Telecomunicaciones - INICTEL; CONSIDERANDO: Que, la Unión Internacional de Telecomunicaciones - UIT, ha convocado a las administraciones de los Estados miembros para que participen en las terceras reuniones de las Comisiones de Estudio de la UIT-D: Comisión de Estu- dios 1 y Comisión de Estudios 2, que se realizarán en la ciudad de Ginebra, Suiza, durante los días 11 al 22 de setiembre del año 2000; Que, en la reunión de la Comisión de Estudios 1 -Estrategias y políticas de desarrollo de las telecomunicaciones- se aprobarán informes sobre el servicio universal del internet y la transferen- cia de tecnología; mientras que en la reunión de la Comisión de Estudios 2 -Desarrollo, armonización y direcciones de los servi- cios y de las redes de telecomunicaciones- se examinará una recomendación sobre la utilización eficaz de los servicios de aficionados para atenuar los efectos de las catástrofes y las operaciones de socorro; Que, el Consejo Directivo del Instituto Nacional de Investi- gación y Capacitación de Telecomunicaciones - INICTEL, me- diante Acuerdo Nº 3.15.2000 ha designado al ingeniero Pedro Valdivia Maldonado, Director General del citado Instituto, para que participe en las reuniones convocadas por la Unión Interna- cional de Telecomunicaciones - UIT; De conformidad con la Ley Nº 27212, Decreto Ley Nº 25862 y Decretos Supremos Nºs. 053-84-PCM, 074-85-PCM, 010-88- PCM, 031-89-EF y 135-90-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del ingeniero Pedro Valdivia Maldonado, Director General del Instituto Nacional de Investi- gación y Capacitación de Telecomunicaciones - INICTEL, a la ciudad de Ginebra, Suiza, durante los días 10 al 22 de setiembre del año 2000, para los fines a que se contrae la parte considera- tiva de la presente resolución. Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente será con cargo al Presupuesto del Instituto Nacional de Investigación y Capacitación de Telecomunicaciones - INICTEL, de acuerdo al siguiente detalle: - Pasajes US$ 1,431.52 - Viáticos US$ 3,380.00 - Tarifa por uso de Aeropuerto US$ 25.00 Artículo 3º.- La presente resolución no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación.