Norma Legal Oficial del día 08 de septiembre del año 2000 (08/09/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

MORDAZA, viernes 8 de setiembre de 2000

NORMAS LEGALES

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declarada unicamente cuando exista el pleno convencimiento de la configuracion de alguna de las causales expresamente senaladas en la Ley Organica de Municipalidades y, habiendose desvirtuado esta, el MORDAZA Nacional de Elecciones, como MORDAZA y MORDAZA instancia en asuntos de esta materia no puede dejar de pronunciarse, apreciando los hechos con criterio de conciencia, resolviendo con arreglo a ley y a los principios generales de derecho, conforme lo MORDAZA el Articulo 181º de la Constitucion Politica del Peru, correspondiendo reponer al recurrente en el cargo de MORDAZA del Concejo Provincial de Ucayali en el periodo de gobierno municipal 1999 - 2002, debiendose dejar sin efecto solo las partes pertinentes de la Resolucion Nº 904-2000-JNE; Por tales fundamentos; SE RESUELVE POR MAYORIA CON EL MORDAZA DIRIMENTE DEL SENOR DOCTOR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MIEMBRO TITULAR DEL MORDAZA NACIONAL DE ELECCIONES, ENCARGADO DE LA PRESIDENCIA: Articulo Primero.- Dejar sin efecto el Articulo primero de la Resolucion Nº 904-2000-JNE de fecha 16 de junio de 2000 en el extremo que declaro infundado el recurso de revision interpuesto por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Bosmediano contra el Acuerdo Nº 031-2000-MPU-SO adoptado por el Concejo Provincial de Ucayali en la sesion ordinaria del 14 de marzo de 2000, mediante el cual se declaro la vacancia del cargo de MORDAZA en el que fue elegido; y, en consecuencia, reponer al citado ciudadano en el cargo de MORDAZA del Concejo Provincial de Ucayali, para el periodo de gobierno municipal 1999 - 2002. Articulo Segundo.- Dejar sin efecto los Articulos MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA de la Resolucion Nº 904-2000-JNE, sobre convocatoria al regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA y a la ciudadana Luz MORDAZA MORDAZA Caimata, para que asuman los cargos de MORDAZA y regidor del Concejo Provincial de Ucayali, respectivamente, asi como las credenciales que les fueron otorgadas en merito a la citada resolucion. Articulo Tercero.- Las autoridades politicas y policiales prestaran las garantias que requiera el cumplimiento de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO TRUJILLANO, Secretario General MORDAZA EN MINORIA DE LOS SENORES DOCTORES MORDAZA MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA Y MORDAZA DE MORDAZA MORDAZA, MIEMBROS TITULARES DEL MORDAZA NACIONAL DE ELECCIONES VISTOS Y CONSIDERANDO: Que, estando a lo dispuesto por el Articulo 181º de la Constitucion Politica del Peru, las resoluciones del MORDAZA Nacional de Elecciones son dictadas en instancia final, definitiva y no son revisables; contra ellas no procede recurso alguno; Nuestro MORDAZA es por que el MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVA: Articulo Unico.- Declarar no haber lugar al recurso de reconsideracion interpuesto por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Bosmediano, contra la Resolucion Nº 904-2000-JNE del 16 de junio de 2000, debiendo estarse a lo dispuesto. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA MORDAZA TRUJILLANO, Secretario General 10269

provincial de Ica, mediante el que comunica la vacancia del cargo de regidor del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, declarada bajo la causal de vacancia de inconcurrencia injustificada a sesiones de concejo, establecida en el inciso 5) del Articulo 26º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; solicitando se convoque al candidato respectivo para que ocupe el cargo de regidor vacante; Los escritos recibidos el 12 y 20 de MORDAZA del 2000, del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, mediante los cuales remite documentacion sustentadora de la declaratoria de vacancia del cargo de regidor del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Llenque; CONSIDERANDO: Que de las copias certificadas del acta de la sesion extraordinaria de fecha 20 de junio del 2000, corrientes de fojas 16 a 25, el concejo provincial de Ica, con el MORDAZA de la mayoria del numero legal de sus miembros, acordo declarar la vacancia del cargo de regidor del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por no concurrir dicho regidor a las sesiones de concejo llevadas a cabo desde el mes de enero del 2000 hasta la fecha de la declaratoria de su vacancia; expidiendose con fecha 28 de junio del 2000 el Acuerdo de Concejo Nº 024-2000-ACM-MPI, corriente de fojas 26 a 28, que formaliza la vacancia citada; Que para sustentar la causal de vacancia invocada en contra del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, se ha remitido: a) copias certificadas de las actas de las sesiones ordinarias de fechas 25 y 26 de enero, de fojas 67 a 76; 19, 24 y 28 de febrero, de fojas 93 a 104; 6, 27 y 29 de marzo, de fojas 106 a 136; 5 de MORDAZA, de fojas 143 a 154; 9, 29 y 30 de MORDAZA, de fojas 178 a 238; y, 14 de junio, de fojas 239 a 253, todas ellas del 2000, en las cuales no consta la asistencia del regidor vacado; b) copias certificadas de las constancias de citacion a las sesiones llevadas a cabo entre enero y junio del 2000, corrientes de fojas 264 a 292; c) constancias de notificacion via notarial de la declaratoria de vacancia del cargo de regidor del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, dirigidas al mismo con fechas 6 y 7 de MORDAZA del 2000, con cargo de recepcion, corrientes a fojas 59 y 60; d) ejemplar del diario regional "La Opinion" de la MORDAZA de Ica, de fecha 11 de MORDAZA del 2000, en el cual se publica el Acuerdo de Concejo Nº 024-2000-ACM-MPI, corriente a fojas 295; y, e) MORDAZA expedida por la Secretaria General de la Municipalidad Provincial de Ica de fecha 18 de MORDAZA del 2000, que certifica que en el local de dicha municipalidad se ha publicado el Acuerdo de Concejo Nº 0242000-ACM-MPI, a fojas 296; Que el acuerdo de concejo que declara la vacancia del cargo de MORDAZA o de regidor, es susceptible de revision a solicitud de parte en el termino de ocho (8) dias naturales ante el MORDAZA Nacional de Elecciones, de conformidad con lo establecido en el Articulo 27º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; y, habiendo sido notificado el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, del acuerdo de concejo que declaro la vacancia de su cargo de regidor; inclusive, cumpliendose con la notificacion por edicto, realizada en un diario de los de mayor circulacion del lugar del ultimo domicilio del notificado y, ademas, con la publicacion en el local municipal del acuerdo de concejo de declaratoria de vacancia, asegurandose de esta manera con su difusion, de conformidad con lo establecido en el Articulo 167º del Codigo Procesal Civil; y, no habiendo interpuesto el regidor vacado recurso de revision, ha quedado consentido el acuerdo de vacancia que declara la vacancia de su cargo; Que de conformidad con lo establecido en el Articulo 28º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, concordante con lo dispuesto en el Articulo 35º de la Ley de Elecciones Municipales Nº 26864, los regidores vacados son reemplazados por los suplentes de sus respectivas listas, correspondiendo convocar a la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, candidata no proclamada de la agrupacion independiente "Frente Popular Independiente", para que asuma el cargo de regidora en el concejo provincial de Ica; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Convocar a la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, candidata no proclamada de la agrupacion independiente "Frente Popular Independiente", para que asuma el cargo de regidora del concejo provincial de Ica, para completar el periodo municipal 1999 - 2002, en reemplazo del regidor vacado, senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, otorgandose la respectiva credencial a la regidora convocada. Articulo Segundo.- Las autoridades politicas y policiales prestaran las garantias que se requiera para el cumplimiento de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO DE MORDAZA MORDAZA TRUJILLANO, Secretario General 10270

Convocan a candidata no proclamada para que asuma el cargo de regidora del Concejo Provincial de Ica
RESOLUCION Nº 1228-2000-JNE MORDAZA, 7 de setiembre de 2000 VISTOS: El Oficio Nº 204-AMPI recibido el 5 de MORDAZA del 2000, del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA del concejo

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