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Pág. 200999 NORMAS LEGALES Lima, viernes 6 de abril de 2001 jurídicas, nacionales o extranjeras, dentro de las condicio- nes, montos y plazos que se le otorguen; j) Coordinar los aspectos referidos a las comunicaciones con los poderes públicos y demás entidades del Estado, que disponen las normas legales en materia de los sistemas administrativos, cautelando el cumplimiento de las dispo- siciones en los plazos establecidos; k) Formular los proyectos de inversión dirigidos al mejoramiento de la infraestructura y equipamiento de locales; l) Proponer políticas de racionalización del gasto al Primer Adjunto al Defensor del Pueblo. m) Registrar, numerar, publicar y archivar, las resolu- ciones emitidas por la Defensoría del Pueblo que corres- ponda, así como autenticar sus copias; n) Organizar y mantener actualizado el Archivo Gene- ral de la Defensoría del Pueblo; o) Proponer y ejecutar el Plan Anual de mantenimiento físico del archivo de la institución y formular el plan de eliminación y transferencia documentaria; p) Otras funciones que le encomiende el Defensor del Pueblo o el Primer Adjunto al Defensor del Pueblo. CAPITULO VI OFICINA DE INFORMACION, SISTEMAS Y ESTADISTICA Artículo 24º.- La Oficina de Información, Sistemas y Estadística es la encargada de proporcionar a los órganos de la Defensoría del Pueblo del permanente, oportuno y actualizado servicio de información estadística y producir mediante los sistemas informáticos la información que requieran. Artículo 25º.- Son competencias de la Oficina de Infor- mación, Sistemas y Estadística: a) Organizar y mantener actualizado el centro de gene- ración de información; b) Proponer los lineamientos administrativos en mate- ria de información; c) Proveer a los órganos de la Defensoría del Pueblo del permanente, oportuno y actualizado servicio informático de soporte a sus operaciones. d) Presentar el Plan de Trabajo de aplicación, produc- ción y seguridad informática de hardware y software para uso de la institución; e) Proponer los lineamientos administrativos en mate- ria de informaciones; f) Proponer las normas técnicas de uso y mantenimien- to de los equipos informáticos, así como difundir y controlar su correcta aplicación; g) Otras que le encomiende el Primer Adjunto al Defen- sor del Pueblo. TITULO VI ORGANOS DE ASESORAMIENTO CAPITULO I ASESORES DE LOS ORGANOS DE DIRECCION Artículo 26º.- El Defensor del Pueblo designa los asesores que considere necesarios para el mejor desempe- ño de sus funciones, de acuerdo a ley. CAPITULO II OFICINA DE ASESORIA JURIDICA Artículo 27º.- La Oficina de Asesoría Jurídica es el órgano de asesoramiento y consulta legal, encargado de proporcionar a los órganos de Dirección y demás órganos de la institución, orientación e información legal en asuntos jurídicos y administrativos. Depende directamente del Primer Adjunto al Defensor del Pueblo. Artículo 28º.- Compete a la Oficina de Asesoría Jurí- dica: a) Brindar asesoría jurídica al Defensor del Pueblo y al Primer Adjunto al Defensor del Pueblo en materia de administración y gestión para la adecuada toma de decisio- nes en el ámbito institucional; asimismo, a las demás unidades orgánicas institucionales y especialmente a las de apoyo;b) Emitir informes y proponer directivas o dispositivos en asuntos de su competencia; c) Elaborar, revisar y visar los proyectos de dispositivos legales que contengan actos administrativos o de la admi- nistración, resoluciones, directivas, convenios, contratos, actas y cualquier documento de naturaleza análoga que requiera el funcionamiento de la Defensoría del Pueblo; c) Revisar, para su aprobación, los proyectos de resolu- ciones u otros instrumentos jurídicos que le derive el Defensor del Pueblo o el Primer Adjunto sobre asuntos que los órganos de Línea o Desconcentrados propongan; d) Recopilar, clasificar, interpretar, concordar, siste- matizar y mantener permanentemente actualizadas las disposiciones legales relacionadas con las actividades y fines de la Defensoría del Pueblo; e) Asumir la responsabilidad del patrocinio institucio- nal ante todo tipo de instancias administrativas, arbitrales y otras de solución de controversias; f) Coordinar en caso necesario con los organismos del Estado, internacionales, agencias de gobiernos extranje- ros y entidades de cooperación multilateral y bilateral, así como de la sociedad civil, asuntos jurídicos de interés institucional; g) Participar en las comisiones o equipos de trabajo en los que se requiera su concurso por especialidad; h) Proponer y desarrollar los lineamientos de política y el plan de trabajo institucional en su ámbito de competen- cia; i) Proporcionar información para la elaboración de la Memoria Anual en el ámbito de su competencia; j) Contribuir a la consecución de las metas previstas en el Plan Operativo Institucional, a través de la adecuada programación y ejecución de actividades, así como de la evaluación del funcionamiento y gestión administrativa de la unidad orgánica a su cargo; k) Las demás actividades afines que le encomiende el Primer Adjunto al Defensor del Pueblo. La Oficina de Asesoría Jurídica cuenta con dos áreas para la atención de los asuntos relativos a los sistemas administrativos y, para los asuntos laborales, de control, de cooperación técnica internacional y de otros campos del derecho relacionados con éstos, respectivamente. CAPITULO III OFICINA DE PLANIFICACION Y PRESUPUESTO Artículo 29º.- La Oficina de Planificación y Presupues- to es el órgano encargado de planificar, programar, formu- lar, dirigir, coordinar, controlar y evaluar la gestión presu- puestaría para el logro de los objetivos institucionales anuales y multianuales. Asimismo es la máxima instancia técnica en materia presupuestal del Pliego. Depende direc- tamente del Primer Adjunto al Defensor del Pueblo. Son órganos dependientes de la Oficina de Planifica- ción y Presupuesto, el Area de Presupuesto y el Area de Planificación. Artículo 30º.- Son competencias de la Oficina de Pla- nificación y Presupuesto: a) Formular, proponer y dirigir los planes instituciona- les en coordinación con todas las unidades orgánicas de la Defensoría del Pueblo. b) Realizar el seguimiento y evaluar el cumplimiento de las actividades programadas en el plan operativo institu- cional que coadyuven el logro de los objetivos estratégicos anuales y multianuales. c) Formular y proponer el proyecto de Presupuesto Institucional al Titular del Pliego. d) Actuar como secretaría técnica del proceso de plani- ficación de la institución. e) Efectuar el control y evaluación del Presupuesto del Pliego por toda fuente de financiamiento. f) Proyectar resoluciones en materia de su competencia. g) Participar en el proceso de formulación y evaluación de los convenios de cooperación internacional y/o en la concertación de créditos externos o internos, en el marco de su competencia. h) Ejecutar el seguimiento de la ejecución de los planes y presupuestos dentro los plazos previstos. i) Proponer y participar en la elaboración y actualiza- ción de los indicadores de gestión institucional e instru- mentos normativos de racionalización. j) Asesorar al Defensor del Pueblo y al Primer Adjunto al Defensor del Pueblo, en planes, programas y en materia presupuestaria.