Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE ABRIL DEL AÑO 2001 (06/04/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 65

Pág. 201007 NORMAS LEGALES Lima, viernes 6 de abril de 2001 SE RESUELVE: Artículo Primero.- Nombrar al doctor Richard Wilfre- do Rondón Trujillo, como Fiscal Adjunto Provincial Provi- sional del Pool de Fiscales de Lima. Artículo Segundo.- Destacar al doctor Richard Wilfredo Rondón Trujillo, Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Pool de Fiscales de Lima, para que preste apoyo a la Fiscalía Provincial Especializada, a cargo del doctor César Augusto Sotomayor Jara, Fiscal Provincial Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios, materia de la Resolución Nº 007-2001-CT-MP, de fecha 6 de febrero del 2001. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolución a los señores, Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República, Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura, Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima, Fiscal Superior Decano del Distrito Judi- cial de Lima, Oficina de Registro de Fiscales, Gerencia General del Ministerio Público y al Fiscal mencionado para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. NELLY CALDERÓN NAVARRO Fiscal de la Nación Presidenta del Consejo Transitorio CARLOS A. MANSILLA GARDELLA Consejero MANUEL BALAREZO GAMARRA Consejero JUAN PORTOCARRERO HIDALGO Consejero 21430 Nombran Fiscal Provincial Provisio- nal en lo Penal de Lima continuando destaque como adscrito a la Fiscalía de la Nación RESOLUCIÓN DEL CONSEJO TRANSITORIO DEL MINISTERIO PÚBLICO Nº 149-2001-CT-MP Lima, 4 de abriL de 2001 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, estando al Acuerdo Nº 307 adoptado por unanimi- dad por el Consejo Transitorio del Ministerio Público, en sesión de fecha 3 de abril del 2001 con dispensa de la lectura y aprobación del Acta; por necesidad de servicio y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27367; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluida la designación del doctor Tomás Aladino Gálvez Villegas, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional de la Cuadragésima Fisca- lía Provincial en lo Penal de Lima, materia de la Resolución Nº 064-2000-MP-FN, de fecha 4 de diciembre del 2000. Artículo Segundo.- Nombrar al doctor Tomás Aladino Gálvez Villegas, como Fiscal Provincial Provisional en lo Penal de Lima, continuando con su destaque como Adscrito a la Fiscalía de la Nación. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolución a los señores, Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República, Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura, Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima, Fiscal Superior Decano del Distrito Judi- cial de Lima, Oficina de Registro de Fiscales, Gerencia General del Ministerio Público y al Fiscal mencionado para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. NELLY CALDERÓN NAVARRO Fiscal de la Nación Presidenta del Consejo Transitorio CARLOS A. MANSILLA GARDELLA Consejero MANUEL BALAREZO GAMARRA Consejero JUAN PORTOCARRERO HIDALGO Consejero 21427Implementan nuevo Turno Fiscal de siete días consecutivos para las Fisca- lías Provinciales Penales del Distrito Judicial de Lima RESOLUCIÓN DEL CONSEJO TRANSITORIO DEL MINISTERIO PÚBLICO Nº 153-2001-CT-MP Lima, 4 de abril de 2001 CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 27367 se ha desactivado la Comisión Ejecutiva y establecido las atribuciones del Consejo Transi- torio del Ministerio Público, en orden al restablecimiento de la autonomía institucional, concordante con el régimen democrático, social y de derecho previsto en la Constitución Política del Estado; Que, el Ministerio Público tiene como una de sus princi- pales funciones la conducción y dirección de la investigación preliminar de los delitos, establecida por la Constitución en su Artículo 159º inciso 4); Que, para cumplir dicha función se estableció el Turno Fiscal ininterrumpido de 24 horas, mediante Resolución Nº 408-96-MP-FN del 10 de mayo de 1996; Que, durante la vigencia de aquel turno se han advertido deficiencias contra el principio de unidad en la dirección de la investigación preliminar y contra el adecuado control sobre las investigaciones, por el tiempo limitado del turno; Que, con el propósito de optimizar el servicio que presta el Ministerio Público es necesaria la implementación de un nuevo sistema de Turno Fiscal que salvando las deficiencias anotadas sea de aplicación inicialmente en el Distrito Judi- cial de Lima (sede central), y que más adelante, previa coordinación con las Fiscalías Superiores Decanas pueda aplicarse en otros lugares del país, donde fuere conveniente; Que asimismo, la implementación de la Mesa Unica de Partes de las Fiscalías Provinciales Penales de Lima, hace necesaria la supervisión y control del Fiscal Provincial que se encuentra de turno, como también la aprobación de un adecuado Manual de Funciones; Que, aunque por Resolución del Consejo Transitorio del Ministerio Público Nº 104-2001-CT-MP del 16 de marzo último, se dictaron medidas para la implementación del nuevo Turno Fiscal de siete días, las mismas que debían entrar en vigencia el dos de abril del presente año, al momento de ponerse en marcha la atención de sus previos requerimientos logísticos y de personal, se ha planteado la conveniencia de otros reajustes en el sistema, para un mejor y menos oneroso planteamiento integral; Estando al Acuerdo Nº 311 adoptado por unanimidad por el Consejo Transitorio del Ministerio Público en sesión del de abril del 2001, con dispensa de la lectura y aprobación del Acta, y, en uso de las atribuciones conferidas y de conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nºs. 27367, 27371 y Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público: SE RESUELVE: Artículo Primero.- Impleméntese el nuevo TURNO FISCAL de siete días consecutivos para las Fiscalías Pro- vinciales Penales del Distrito Judicial de Lima (sede cen- tral), que correrá desde las 08.00 horas de cada lunes hasta las 07.59 horas del lunes siguiente. Artículo Segundo.- Son atribuciones del Fiscal Pro- vincial Penal de Turno, las siguientes: - Iniciar investigaciones de oficio, previniendo en el conocimiento de los hechos. - Calificar y resolver los atestados o partes policiales con detenido, acción que estará a cargo del Fiscal Provincial de Turno apoyado por los Fiscales Adjuntos Provinciales de servicio en el módulo de turno permanente. - Conducir y participar en las investigaciones policiales de los hechos delictivos producidos durante cada turno, hasta su conclusión, previniendo competencia para estos efectos. - Realizar las Diligencias Especiales previstas en la normatividad procesal penal. - Realizar las diligencias urgentes en el caso de delitos flagrantes; - Participar en los operativos policiales que corresponda, pudiendo en casos específicos coordinar con otros Fiscales para la participación de sus Adjuntos o de las Fiscalías de Prevención del Delito, si correspondiera.