Norma Legal Oficial del día 07 de abril del año 2001 (07/04/2001)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 7

MORDAZA, sabado 7 de MORDAZA de 2001

NORMAS LEGALES

Pag. 201045

SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modifiquese los plazos para la MORDAZA, a traves del programa informatico desarrollado para tal efecto, de los Planes Estrategicos Sectoriales Multianuales (PESEM) 2002-2006, asi como de los Programas Multianuales de Inversion Publica (PMIP) y los Planes Estrategicos Institucionales (PEI) que comprende, de acuerdo al siguiente cronograma: - Hasta el 10 de abril: Cada sector institucional, en coordinacion con los pliegos presupuestarios que lo integran, define su vision, mision, diagnostico y objetivos estrategicos generales, asi como los indicadores de resultado e impacto correspondientes, junto con su descripcion, unidad de medida y valores a alcanzar. - Del 11 al 20 de abril: Cada pliego presupuestario identifica el (los) objetivo(s) estrategico(s) general(es) del sector con el (los) que se vincula y define sus objetivos estrategicos institucionales, especificando los indicadores de producto y resultado correspondientes y detallando las principales acciones temporales y permanentes que cada uno comprende, asi como los correspondientes indicadores de insumo y producto, junto con su descripcion, unidad de medida y valores a alcanzar. Asimismo, debera determinar los recursos necesarios para llevar a cabo los cursos de accion que la entidad ha programado. - Del 21 al 30 de abril: Cada sector institucional, considerando la informacion provista por sus pliegos presupuestarios, concluye la elaboracion del PESEM y el PMIP que comprende y lo presenta a la Direccion General de Asuntos Economicos y Financieros (DGAEF) del Ministerio de Economia y Finanzas (MEF). - Del 2 al 6 de mayo: La DGAEF revisara los PESEM y PMIP alcanzados con el apoyo de la Oficina de Inversiones (ODI) y en coordinacion con los sectores institucionales definiran la priorizacion intersectorial de recursos a mediano plazo, en concordancia con la disponibilidad global de recursos publicos para los proximos anos de acuerdo con lo establecido en el MORDAZA Macroeconomico Multianual y la Ley de MORDAZA y Transparencia Fiscal. - Del 7 al 13 de mayo: Los sectores institucionales adecuaran sus PESEM y PMIP considerando los recursos asignados como resultado del MORDAZA de priorizacion intersectorial MORDAZA indicado y coordinaran con sus pliegos presupuestarios respectivos a fin de que los PEI que ellos elaboren tambien tomen en cuenta la disponibilidad global de recursos publicos establecidos. - El 14 de mayo: Los sectores institucionales y los pliegos presupuestarios presentaran a la DGAEF la version definitiva de los PESEM, PMIP y los PEI que comprende, segun corresponda. - Del 15 al 21 de mayo: El MEF elaborara el Plan Estrategico Nacional 2002-2006, a partir de la integracion de los PESEM formulados por los sectores institucionales y lo presentara para su aprobacion al Consejo de Ministros. Articulo 2º.- Dejese sin efecto el registro de la ejecucion de los indicadores para la medicion del desempeno y la elaboracion del Reporte de Desempeno Semestral a que se refieren los Articulos 10º y 11º de la Directiva para la Evaluacion de los Planes Estrategicos Sectoriales Multianuales 2001-2005, respectivamente. Articulo 3º.- Procedase a reformular, en via de regularizacion, MORDAZA del 30 de junio del 2001, el primer ano de la programacion efectuada al MORDAZA de la Directiva aprobada mediante Resolucion Directoral Nº 01-2000-EF/65.01, a fin de constituir un todo coherente con el MORDAZA de programacion estrategica actualmente en curso, y dejese sin efecto la actualizacion de los PESEM a que se refiere la fase de reformulacion comprendida dentro del Articulo 4º de dicha Directiva. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA RUETE Ministro de Economia y Finanzas 21534

Actualizan montos fijos por concepto del Impuesto Selectivo al Consumo aplicables a bienes sujetos al Sistema Especifico, contenidos en Apendices III y IV del TUO de la Ley del IGV e ISC
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 115-2001-EF/15 MORDAZA, 6 de MORDAZA del 2001 CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Ministerial Nº 026-2001EF/15 se establecio la metodologia y el procedimiento necesarios para la aplicacion de los factores de actualizacion monetaria de los montos fijos del Sistema Especifico del Impuesto Selectivo al Consumo; Que el Articulo 2º de la citada Resolucion Ministerial establece que los montos fijos por concepto del Impuesto Selectivo al Consumo aplicables a los bienes sujetos al Sistema Especifico, contenidos en el MORDAZA Apendice III y del literal B del MORDAZA Apendice IV del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, se actualizaran trimestralmente; Que es conveniente actualizar los montos fijos vigentes del Sistema Especifico del Impuesto Selectivo al Consumo; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 61º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF y la Resolucion Ministerial Nº 026-2001-EF/15; SE RESUELVE: Articulo 1º.- A partir de la fecha de publicacion de la presente Resolucion, los montos fijos por concepto del Impuesto Selectivo al Consumo aplicables a los bienes sujetos al Sistema Especifico, contenidos en el MORDAZA Apendice III y del literal B del MORDAZA Apendice IV del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, seran los senalados en los Anexos 1 y 2. Articulo 2º.- Sustituyase el literal b) del Articulo 2º de la Resolucion Ministerial Nº 026-2001-EF/15, por el siguiente texto: "b) El factor resultante se multiplicara por los Montos Fijos Base de los bienes contenidos en el MORDAZA Apendice III y del literal B del MORDAZA Apendice IV. Los montos fijos actualizados seran redondeados a dos (2) o tres (3) decimales segun corresponda." Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA RUETE Ministro de Economia y Finanzas ANEXO 1 MORDAZA APENDICE III BIENES AFECTOS AL IMPUESTO SELECTIVO AL CONSUMO
PARTIDAS ARANCELARIAS PRODUCTOS MONTOS EN NUEVOS SOLES

2701.11.00.00/ 2701.19.00.00 2710.00.19.00

Hulla, incluso pulverizadas, pero sin aglomerar Gasolina para motores - Hasta 84 Octanos - Mas de 84 hasta 90 Octanos - Mas de 90 hasta 95 Octanos - Mas de 95 Octanos Kerosene Gasoils Gas de petroleo licuado

S/. 11,52 por tonelada

S/. S/. S/. S/.

2,17 por galon 2,84 por galon 3,13 por galon 3,45 por galon

2710.00.41.00 2710.00.50.10/ 2710.00.50.90 2711.11.00.00/ 2711.19.00.00

S/. 0,50 por galon S/. 1,59 por galon S/. 0.23 por Kilogramo

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.