Norma Legal Oficial del día 07 de abril del año 2001 (07/04/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 7 de MORDAZA de 2001

De conformidad con lo dispuesto en el inciso h) del Articulo 6º del Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia, modificado por la Tercera Disposicion Final de la Ley Nº 26612; inciso i) del Articulo 3º e inciso j) del Articulo 80º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Justicia aprobado por Resolucion Ministerial Nº 146-2000-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- APROBAR el Convenio de Edicion a celebrarse entre el Ministerio de Justicia y la Empresa Peruana de Servicios Editoriales - Editora Peru, para la publicacion de las Ediciones Oficiales de la Constitucion Politica del Peru y Tratados sobre Derechos Humanos, Legislacion sobre Conciliacion y Compendio de Legislacion Constitucional. Articulo 2º.- AUTORIZAR al Viceministro de Justicia, para que en representacion del Ministerio de Justicia, suscriba el mencionado Convenio. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA GARCIA-SAYAN LARRABURE Ministro de Justicia 21440

Aprueban Directiva que regula las Tablas de Tarifas de los Centros de Conciliacion que prestan sus servicios a titulo oneroso
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 117-2001-JUS MORDAZA, 3 de MORDAZA de 2001 CONSIDERANDO: Que mediante Ley Nº 26872 se promulgo la Ley de Conciliacion, reglamentada por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS de fecha 13 de enero de 1998; Que la Cuarta Disposicion Complementaria, Transitoria y Final del referido Reglamento, dispone que el Ministerio de Justicia podra dictar las medidas complementarias y las directivas necesarias para facilitar la aplicacion de la Ley y el Reglamento, asi como la adecuada implementacion de la Conciliacion como mecanismo extrajudicial o alternativo de solucion de conflictos; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 y el Decreto Ley Nº 25993, Ley Organica del Sector Justicia; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Apruebese la Directiva Nº 0012001-JUS/STC que regula las Tablas de Tarifas de los Centros de Conciliacion que prestan sus servicios a titulo oneroso, la mima que forma parte de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA GARCIA-SAYAN LARRABURE Ministro de Justicia DIRECTIVA Nº 001-JUS/DM-STC

Amplian conformacion de Comision encargada de revisar la legislacion penal, procesal penal y de ejecucion penal antidrogas dictada con posterioridad a la entrada en vigencia del Codigo Penal de 1991
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 115-2001-JUS MORDAZA, 3 de MORDAZA de 2001 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 021-2001JUS de fecha 17 de enero de 2001, se constituyo la Comision encargada de revisar la legislacion penal, procesal penal y de ejecucion penal antidrogas, dictada con posterioridad a la entrada en vigencia del Codigo Penal de 1991, y proponer las reformas que se consideren pertinentes; Que, es conveniente ampliar la conformacion de la citada Comision, con el fin de incluir en su composicion al Jefe de la Oficina de Asesoria Juridica de la Direccion Antidrogas de la Policia Nacional del Peru; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 37º del Decreto Legislativo Nº 560 y en los Articulos 2º y 8º del Decreto Ley Nº 25993; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Ampliar la conformacion de la Comision encargada de revisar la legislacion penal, procesal penal y de ejecucion penal antidrogas, dictada con posterioridad a la entrada en vigencia del Codigo Penal de 1991, y proponer las reformas que se consideren pertinentes, incluyendo a la siguiente persona: - MORDAZA CJ. PNP MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefe de la Oficina de Asesoria Juridica de la Direccion Antidrogas de la Policia Nacional del Peru. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA GARCIA-SAYAN LARRABURE Ministro de Justicia 21441

Lineamientos Generales para la elaboracion de las Tablas de Tarifas de los Centros de Conciliacion que prestan sus servicios a titulo oneroso I. OBJETIVO Establecer las medidas complementarias que permitan a los Centros de Conciliacion que prestan sus servicios a titulo oneroso elaborar sus tablas de tarifas, conforme a la Cuarta Disposicion Complementaria, Transitoria y Final del D.S. Nº 001-98-JUS, Reglamento de la Ley de Conciliacion Nº 26872. II. BASE LEGAL - Decreto Ley Nº 25993, Ley Organica del Sector Justicia. - Ley Nº 26872, Ley de Conciliacion Extrajudicial. - Ley Nº 27398, Ley que modifica diversos articulos de la Ley de Conciliacion. - D.S. Nº 001-98-JUS, Reglamento de la Ley de Conciliacion (Articulo 52º). - R.M. Nº 081-98-JUS que Aprueba el Modelo de Reglamento MORDAZA para Centros de Conciliacion. III. AMBITO DE APLICACION La presente Directiva es de observancia obligatoria para los Centros de Conciliacion inscritos en el Registro Nacional de Centros de Conciliacion del Ministerio de Justicia que presten sus servicios a titulo oneroso, en forma parcial o total.

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