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Pág. 201493 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 18 de abril de 2001 dencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702 y la Circular Nº B-2075-2000. Valor de Fecha/ DESCRIPCIÓN Adjudicación Provisión Prórroga Adjud. 18/4/00 Calle Tacna y Arica Nº 145, 1.985.652,95 400,704.77 18/10/01 Arequipa 29/4/00 Urb. 21 de Abril Mz. B7, Lt. 6, 57.053,47 11.513,39 29/10/01 Chimbote 29/4/00 Los Tamarindos Nº 362, Surco 397.859,47 80.288,04 29/10/01 29/4/00 Sector Chuchin, distrito de 166.284,80 33.556,27 29/10/01 Pueblo Libre, Chimbote 22000 UNIVERSIDADES Autorizan adquirir bienes y contratar servicios para la Universidad Nacional de la Amazonía Peruana mediante procedimiento de adjudicación direc- ta de menor cuantía UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA AMAZONÍA PERUANA RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 0783-2001-UNAP Iquitos, 30 de marzo del 2001 EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA AMAZONÍA PERUANA CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Rectoral Nº 006-2001- CU-UNAP, el Consejo Universitario resuelve autori- zar al Ing. JOSÉ TORRES VÁSQUEZ, Rector de la UNAP a emitir Resoluciones Rectorales para la adquisición o contratación de bienes, servicios u obras en situación de urgencia durante el Año Fiscal del 2001; Que, la Universidad Nacional de la Amazonía Perua- na (UNAP) tiene la urgencia de adquirir en forma directa alimentos para personas debido a que el come- dor universitario se encuentra en funcionamiento y la atención no puede paralizarse en perjuicio de los alum- nos que utilizan estos servicios; Que de igual manera existe la urgencia de adquirir combustible y lubricantes, materiales de escritorio, materiales eléctricos, pasajes aéreos y alimentos para animales en vista que la labor académica se inician el 2 de abril del 2001 para lo cual es indispensable contar con estos bienes y servicios para el desarrollo normal de dichas actividades; Que, se considera situación de urgencia cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminen- te la continuidad de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la entidad tiene a su cargo, siendo una medida temporal con un tiempo determina- do; De conformidad con el inciso c), Artículo 12º y Artículo 21º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y numeral 2) del Artículo 108º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, Regla- mento de la Ley; Con el informe favorable de Asesoría Legal conte- nido en su Oficio Nº 17ª-AL-UNAP-2001; y, En uso de las atribuciones que le confieren la Ley Nº 23733 y el EGUNAP; SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR a la Oficina Gene- ral de Administración para llevar a cabo el proceso de adjudicación directa de menor cuantía en situación de urgencia para la Adquisición de Bienes y la Contrata- ción de Servicios y por el tiempo que a continuación se detalla: - Materiales de Oficina y Escritorio 60 días - Materiales Eléctricos y Ferretería 60 días - Alimentos para Personas 30 días - Combustible y Lubricantes 30 días Artículo Segundo.- REMITIR copia de la presente Resolución y el Informe sustentatorio a la Contraloría General de la República dentro de los diez (10) días calendario siguientes a la fecha de su aprobación. Regístrese, comuníquese y archívese. JOSÉ TORRES VÁSQUEZ Rector ALEJANDRO ELESPURU NOROHNA Secretario General 21923 CONASEV Disponen exclusión de acciones de inversión de empresa del Registro Público del Mercado de Valores, previa realización y liquidación de la oferta pública de compra RESOLUCIÓN GERENCIAL Nº 011-2001-EF/94.45 Lima, 3 de abril del 2001 VISTOS: El Expediente Nº 2001/00234, así como el Informe Nº 018-2001-EF/94.45.2 de fecha 30 de marzo de 2001, de la Gerencia de Mercados y Emisores. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución CONASEV Nº 137-88- EF/94.10 de fecha 16 de setiembre de 1988, se dispuso la inscripción y cotización en la Bolsa de Valores de Lima de las acciones laborales -denominadas posterior- mente acciones de trabajo y actualmente acciones de inversión- emitidas por la empresa CONSORCIO FARMACEUTICO NACIONAL S.A., las mismas que conforme a lo establecido en la Resolución CONASEV Nº 181-92-EF/94.10, fueron inscritas en el Registro Público de Valores e Intermediarios, hoy Registro Pú- blico del Mercado de Valores; Que, con fechas 25 de octubre y 6 de noviembre de 2000, el Directorio y la Junta General de Accionistas de CONSORCIO FARMACEUTICO COFANA S.A. (en adelante COFANA) respectivamente, acordaron entre otros puntos, la fusión por absorción con la empresa MARFAN S.A.C., en virtud del cual COFANA sería absorbida por la primera de las nombradas, actual- mente denominada CORPORACION MEDCO S.A.C. así como proceder al deslistado obligatorio de las accio- nes de inversión del Registro de la Bolsa de Valores de Lima, en virtud de lo establecido por el inciso c) del Artículo 27º del Reglamento de Inscripción y Exclusión de Valores Mobiliarios en la Rueda de Bolsa de la Bolsa de Valores de Lima, aprobado por Resolución CONA- SEV Nº 125-98-EF/94.10, conforme a lo señalado en el inciso c) del Artículo 37º de la Ley del Mercado de Valores, Decreto Legislativo Nº 861; Que, mediante escrito remitido con fecha 13 de noviembre de 2000, el señor Alfonso Chávez Muro en representación de la empresa COFANA, solicitó a la Bolsa de Valores de Lima el deslistado de las acciones de inversión de la citada sociedad de su Registro, de conformidad con lo dispuesto en el inciso c) del Artículo