Norma Legal Oficial del día 18 de abril del año 2001 (18/04/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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RESUELVE:

NORMAS LEGALES
VISTA:

MORDAZA, miercoles 18 de MORDAZA de 2001

LA SUPERINTENDENTE ADJUNTA DE BANCA

Articulo Unico.- Autorizar la inscripcion en el Registro del Sistema de Seguros Seccion B: Personas Juridicas del Libro II De los Corredores de Seguros a la empresa UCCELLI & ASOCIADOS S.A. CORREDORES DE SEGUROS con matricula Nº J-628, cuya representacion sera ejercida por el senor MORDAZA MORDAZA Uccelli MORDAZA con Nº de Registro N-2734. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA FRENCH YRIGOYEN Superintendente Adjunto de Seguros (a.i.) 21914

La solicitud presentada por el Banco Wiese Sudameris, para que se le otorgue prorroga del plazo para la enajenacion de bienes recibidos en dacion de pago de acreencias conforme a lo previsto por el Articulo 215º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, en adelante Ley General; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 215º de la Ley General, establece que cuando como consecuencia del pago de una deuda contraida previamente y de buena fe, se reciba o adjudique en pago total o parcial, bienes muebles e inmuebles, la empresa de que se trate debe enajenarlos en el plazo de un (1) ano, el mismo que podra ser prorrogado por esta Superintendencia por una sola vez y por un MORDAZA de seis (6) meses; Que, en el referido articulo se precisa que, vencido dicho plazo, sin que se MORDAZA efectuado la venta o el arrendamiento financiero del bien, la empresa debera constituir una provision hasta por un monto equivalente al costo en libros de los bienes no vendidos; Que, la Circular Nº B-2075-2000 establece que las solicitudes para la prorroga del plazo establecido en el Articulo 215º de la Ley General, deberan ser presentadas con una anticipacion de, por lo menos, quince (15) dias MORDAZA de su vencimiento, caso contrario la solicitud sera rechazada; Que, la indicada Circular establece la metodologia a seguir en el calculo de las provisiones a constituir por los inmuebles en referencia; asimismo, establece que la valuacion de los inmuebles se realicen por peritos inscritos en el registro de peritos valuadores (REPEV) a cargo de esta Superintendencia, bajo los criterios establecidos en el numeral 3 del Capitulo IV de la Resolucion SBS Nº 572-97 y sus normas modificatorias y complementarias; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluacion del Sistema Financiero "C" mediante el Informe Nº DESF "C" 026-OT/2001, y con la opinion favorable de las Superintendencias Adjuntas de Banca y de Asesoria Juridica; En uso de las atribuciones que le confiere la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702, y en uso de la facultad delegada mediante Resolucion SBS Nº 807-99; RESUELVE: Articulo 1º.- Prorrogar por seis (6) meses el plazo a que se refiere el Articulo 215º de la Ley General, para que el Banco Wiese Sudameris proceda a la enajenacion de los bienes senalados en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- El Banco Wiese Sudameris debera proceder conforme a lo establecido en la Circular Nº B2075-2000, debiendo constituir las correspondientes provisiones con cargo a resultados. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA HEYSEN MORDAZA Superintendente Adjunta de Banca ANEXO A LA RESOLUCION SBS Nº 275-2001 Relacion de inmuebles recibidos en dacion de pago de obligaciones de deudores, sobre los cuales se autoriza al Banco Wiese Sudameris prorroga del plazo para su enajenacion (venta), conforme a lo dispuesto en el Articulo 215º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superinten-

Modifican fecha de prorroga del plazo otorgado al Banco Wiese Sudameris para la enajenacion de inmueble
RESOLUCION SBS Nº 274-2001 MORDAZA, 10 de MORDAZA del 2001 LA SUPERINTENDENTE ADJUNTA DE BANCA VISTA: La carta s/n del 28 de marzo del ano en curso, por medio de la cual el Banco Wiese Sudameris hace notar la existencia de un error en la fecha de prorroga de un inmueble adjudicado respecto del que se otorgo prorroga para su enajenacion, mediante la Resolucion SBS Nº 230-2001 del 23 de marzo del 2001; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion SBS Nº 230-2001 expedida el 23 de marzo del 2001, esta Superintendencia ha prorrogado el plazo para que el Banco Wiese Sudameris proceda a la enajenacion de un conjunto de inmuebles detallados en el Anexo que forma parte integrante de la indicada Resolucion; y, Que, en el Anexo MORDAZA indicado por un error tipografico involuntario se ha consignado la fecha de prorroga 2000.09.30 para el inmueble ubicado en la MORDAZA MORDAZA Treneman Nº 955, Cercado de MORDAZA, debiendo ser 2001.09.30; En uso de las atribuciones que le confiere la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y, en uso de la facultad delegada mediante Resolucion SBS Nº 0807-99; RESUELVE: Articulo Unico.- Modificar la fecha de prorroga del inmueble consignado en el Anexo integrante de la Resolucion SBS Nº 230-2001, bajo la direccion MORDAZA Treneman Nº 955, Cercado de MORDAZA, que dice "2000.09.30" y debe decir "2001.09.30". Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA HEYSEN MORDAZA Superintendente Adjunta de Banca 21999

Amplian plazo otorgado al Banco Wiese Sudameris para que proceda a enajenar bienes adjudicados en pago de deudas
RESOLUCION SBS Nº 275-2001 MORDAZA, 11 de MORDAZA del 2001

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