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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE ABRIL DEL AÑO 2001 (18/04/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 45

Pág. 201491 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 18 de abril de 2001 S B S Aprueban modificación del estatuto social de la Empresa de Transferencia de Fondos Jet Perú S.A. RESOLUCIÓN SBS Nº 266-2001 Lima, 6 de abril de 2001 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS CONSIDERANDO: Que, la Empresa de Transferencia de Fondos (ETF), Jet Perú S.A., remitió mediante Carta s/n de fecha 17 de noviembre de 2000, el proyecto de modificación parcial de su Estatuto por ampliación del Objeto Social para realizar actividades de Casa de Cambio; Que, esta Superintendencia, para continuar con el trámite respectivo, mediante Oficio Nº 670-2001 de fecha 12 de enero de 2001, solicitó remitir la copia certificada del Acta de Junta General de Accionistas, en la que consta el acuerdo de modificación parcial del Estatuto y la minuta firmada por el Gerente General y por el abogado de la Institución; Que, mediante Carta s/n de fecha 18 de enero de 2001, la empresa Jet Perú S.A. remite la copia certifi- cada del Acta de Junta General de Accionistas, la minuta firmada por el Gerente General y el abogado de la Empresa; Que, el Artículo 14º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702, en adelante la Ley General, establece que toda modificación estatutaria debe contar con la aprobación previa de esta Superintendencia, sin la cual no procede la inscripción en los Registros Públi- cos; Estando a lo informado por los Departamentos de Evaluación del Sistema Financiero "F" y Legal median- te Informes Nºs. DESF "F" 21-OT/2001 y 31-2001-LEG, y a lo opinado por las Superintendencias Adjuntas de Banca y de Asesoría Jurídica; En uso de las atribuciones que le confiere la Ley General; RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar la modificación del Estatuto Social de la Empresa de Transferencia de Fondos Jet Perú S.A., la misma que fue propuesta en Junta General de Accionistas de fecha 10 de noviembre de 2000, cuyos documentos pertinentes quedan archi- vados en este Organismo de Control y devuélvase la minuta que lo formaliza con el sello oficial de esta Superintendencia, para su elevación a Escritura Públi- ca en la que se insertará el texto de la presente Resolu- ción, para su inscripción en el Registro Público corres- pondiente. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS CORTAVARRIA CHECKLEY Superintendente de Banca y Seguros 21916 Autorizan inscripción de empresas en el Registro del Sistema de Seguros RESOLUCIÓN SBS Nº 269-2001 Lima, 10 de abril de 2001 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por la señora Harriet María Antonieta Feldmuth Cánovas para que se autorice la inscripción de la empresa PERU SEGURO ASESORES Y CORREDORES DE SEGUROS S.A.C. en el Registro del Sistema de Seguros Sección B: Personas Jurídicas del Libro II De los Corredores de Seguros; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución SBS Nº 1058-99 de fecha 30 de noviembre de 1999, se estableció los requisitos forma- les para la inscripción de los Corredores de Seguros; Que la solicitante ha cumplido con los requisitos formales exigidos por la citada norma administrativa; Que, la Superintendencia Adjunta de Seguros mediante Convocatoria Nº 02-2001-SAS celebrada el 12 de marzo de 2001, en concordancia con lo dispuesto en el Artículo 9º del Reglamento del Registro del Sistema de Seguros ha calificado y aprobado la inscripción respectiva en el indicado Registro; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Segu- ros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, y sus modificatorias; y en virtud de la facultad delegada por la Resolución SBS Nº 003-98 del 7 de enero de 1998 y la Resolución SBS Nº 565-2000 del 23 de agosto de 2000; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar la inscripción en el Registro del Sistema de Seguros Sección B: Personas Jurídicas del Libro II De los Corredores de Seguros a la empresa PERU SEGURO ASESORES Y CORREDORES DE SEGUROS S.A.C. con matrícula Nº J-629 cuya representación será ejercida por la señora Harriet María Antonieta Feldmuth Cánovas con Nº de Registro N-3304. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO FRENCH YRIGOYEN Superintendente Adjunto de Seguros (a.i.) 21915 RESOLUCIÓN SBS Nº 270-2001 Lima, 10 de abril de 2001 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por el señor Gustavo Rober- to Uccelli Romero para que se autorice la inscripción de la empresa UCCELLI & ASOCIADOS S.A. CORREDO- RES DE SEGUROS en el Registro del Sistema de Seguros Sección B: Personas Jurídicas del Libro II De los Corredores de Seguros; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución SBS Nº 1058-99 de fecha 30 de noviembre de 1999, se estableció los requisitos forma- les para la inscripción de los Corredores de Seguros; Que la solicitante ha cumplido con los requisitos formales exigidos por la citada norma administrativa; Que, la Superintendencia Adjunta de Seguros mediante Convocatoria Nº 02-2001-SAS celebrada el 12 de marzo de 2001, en concordancia con lo dispuesto en el Artículo 9º del Reglamento del Registro del Sistema de Seguros ha calificado y aprobado la inscripción respectiva en el indicado Registro; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Segu- ros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, y sus modificatorias; y en virtud de la facultad delegada por la Resolución SBS Nº 003-98 del 7 de enero de 1998 y la Resolución SBS Nº 565-2000 del 23 de agosto de 2000;