Norma Legal Oficial del día 27 de abril del año 2001 (27/04/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 27 de MORDAZA de 2001

Articulo 6º.- Del MORDAZA de seleccion El MORDAZA de seleccion de los postulantes esta compuesto por dos etapas: 1. Analisis y calificacion del curriculum vitae 2. Entrevista personal La Comision de Evaluacion al momento de calificar a los postulantes tendra en cuenta los siguientes meritos: a) Conocimientos juridicos y cultura general. b) Experiencia profesional como abogado. c) Experiencia en gestion publica. d) Experiencia docente. e) Condiciones eticas. f) Vocacion, Compromiso y servicio de justicia. g) Condiciones de personalidad apropiada para la funcion. Para MORDAZA etapas del MORDAZA la Comision de Evaluacion fijara previamente fechas ciertas para su desarrollo, debiendo expedir los resultados en un plazo MORDAZA de 48 horas, a partir de la culminacion de cada una de las etapas. TITULO IV ANALISIS Y CALIFICACION DEL CURRICULUM VITAE Articulo 7º.- Objeto El analisis y calificacion del curriculum vitae tiene por objeto la verificacion y calificacion de los antecedentes profesionales y academicos del postulante. Articulo 8º.- Calificacion del curriculum vitae La calificacion la realiza la Comision asignando a cada merito un puntaje determinado, siempre que se hubieren acreditado documentalmente. Los meritos deben versar o estar relacionados a materias juridicas y son los siguientes: a) MORDAZA, TITULOS Y OTRAS MENCIONES ACADEMICAS Titulo profesional, Maestria y Doctorado. Diplomas de cursos de posgrado. De ser el caso, estudios curriculares de Posgrado en curso o concluidos, asi como titulos y MORDAZA de profesiones afines. b) INVESTIGACIONES, PONENCIAS Y PUBLICACIONES Participacion bajo cualquier categoria, en investigaciones y publicaciones de toda indole que versen sobre materias juridicas. Asimismo, MORDAZA de ponencias en cualquier MORDAZA de evento academico nacional o internacional. d) DOCENCIA UNIVERSITARIA Profesor, bajo cualquier categoria, en investigaciones y publicaciones de toda indole que versen sobre materias juridicas. Asimismo, MORDAZA de ponencias en cualquier MORDAZA de evento academico, nacional o extranjero, a nivel de Pre y Posgrado. e) EXPERIENCIA PROFESIONAL Ejercicio de la funcion publica en cargos de asesoria, gestion o control en Organos de Alta Direccion, ejercicio de la profesion de abogado, docente universitario a nivel de Pre y Posgrado, ejercicio de la MORDAZA judicial o fiscal, consultor en areas vinculadas a asuntos juridicos. f) CAPACITACION Asistencia a seminarios, cursos, conferencias u otros, con fines de capacitacion, actualizacion y perfeccionamiento, tanto en el ambito nacional como internacional. La calificacion se realiza segun la tabla de puntuacion que se anexa al presente Reglamento. La nota minima aprobatoria en la presente etapa es de 65 puntos respecto del puntaje MORDAZA que es de 100 puntos. Articulo 9º.- Resultado de la calificacion del curriculum vitae Analizado y calificado el curriculum vitae del postulante, la Comision de Evaluacion, conforme a la fecha prevista, publicara los resultados. Los postulantes que hayan obtenido puntaje aprobatorio, pasaran a la siguiente etapa del MORDAZA de seleccion. TITULO V DE LA ENTREVISTA PERSONAL Articulo 10º.- Objeto La entrevista personal tiene por objeto observar el desenvolvimiento del postulante, evaluando su vocacion, vision, personalidad, consistencia moral, cultura juridica, asi la perspectiva y dimension que se tiene respecto del cargo al que postula.

Articulo 11º.- Desarrollo de la entrevista personal La entrevista se desarrolla ante el Consejo Directivo, quienes podran, ademas, solicitar informacion adicional respecto de los datos academicos y profesionales aportados en el curriculum vitae. Articulo 12º.- De la calificacion Cada Consejero emitira la nota correspondiente a esta etapa, otorgando la puntuacion de 0 a 100 puntos. La nota aprobatoria minima para la presente etapa sera de 65 puntos. TITULO VI RESULTADO FINAL DEL CONCURSO Articulo 13º.- Determinacion de la calificacion final Las calificaciones obtenidas en las dos etapas del MORDAZA de seleccion deberan ser promediadas, obteniendose el puntaje final de cada uno de los postulantes. El Consejo Directivo nombra Director General de la Academia de la Magistratura, al postulante que MORDAZA obtenido el mayor puntaje. Articulo 14º.- Caracter de los resultados obtenidos por los postulantes Los resultados obtenidos en cada una de las etapas del MORDAZA de seleccion, asi como el obtenido en el resultado final, son inimpugnables. DISPOSICIONES FINALES Y COMPLEMENTARIAS Primera.- Facultese a la Comision de Evaluacion a resolver aquellos aspectos no previstos expresamente en el presente Reglamento. Segunda.- Culminado el MORDAZA de seleccion, la Comision de Evaluacion, a traves de la Secretaria Administrativa, procedera a disponer la devolucion de la documentacion aportada por los postulantes, debiendo estos recogerlos dentro de los 30 dias siguientes, luego de los cuales, se procedera a su incineracion. Tercera.- El presente reglamento entrara en vigencia en la fecha de su publicacion. 22517

JNE
Declaran que regidor del Concejo Distrital de San MORDAZA debe continuar en ejercicio del cargo
RESOLUCION Nº 344-2001-JNE MORDAZA, 25 de MORDAZA de 2001 Visto el Expediente Nº 381-2001, organizado a solicitud del MORDAZA del Concejo Distrital de San MORDAZA, provincia de Pacasmayo, departamento de La MORDAZA, senor don Euler MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien pide se convoque a MORDAZA candidato por declaratoria de vacancia del Regidor Wuilbert MORDAZA MORDAZA Sisniegas, por ausentarse de la localidad por mas de 30 dias consecutivos sin autorizacion del Concejo y por inasistir a 3 sesiones ordinarias consecutivas; para que se llame al Regidor reemplazante; CONSIDERANDO: Que el MORDAZA del Concejo Distrital de San MORDAZA, don Euler MORDAZA MORDAZA MORDAZA, informa que por acuerdo de sesion de Concejo de fecha 23 de febrero de 2001, cuya MORDAZA autenticada obra de fojas 56 a 64, se declaro la vacancia del Regidor Wuilbert MORDAZA MORDAZA Sisniegas, formalizada por Acuerdo de Concejo Nº 01-2001-MDSJ del 27 de febrero de 2001 que aparece a fojas 6, por haber inasistido injustificadamente a las sesiones del Concejo del 21 y 26 de diciembre de 2000; y 19 de enero de 2001; obrando de fojas 49 a 55 copias autenticadas de las actas de dichas sesiones; y por haberse ausentado de la localidad por mas de 30 dias consecutivos sin autorizacion del Concejo, desde el 19 de diciembre de 2000; Que el Regidor vacado, con fechas 14 de diciembre de 2000 y 2 de febrero de 2001, comunico al MORDAZA que haria uso de licencia por 45 dias, a fin de que tengan en consideracion; observandose de autos que la primera comunicacion fue atendida por el Concejo mediante el Acuerdo del Concejo Nº 07-2000MDSJ de fecha 15 de diciembre de 2000, que no concede la licencia referida; sin obrar en autos prueba respecto a la autorizacion o no de la MORDAZA comunicacion de uso de licencia;; Que no se encuentra acreditado que el Regidor vacado, MORDAZA sido notificado validamente a las sesiones de Concejo a

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