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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE AGOSTO DEL AÑO 2001 (03/08/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 33

Pág. 208187 NORMAS LEGALES Lima, viernes 3 de agosto de 2001 CONTRALORÍA GENERAL Amplían plazo de presentación del Documento Semestral "Evaluación de cumplimiento del Plan Anual de Con- trol" de 2001 y la información del se-guimiento de medidas correctivas RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 122-2001-CG Lima, 2 de agosto de 2001 Vista, la Hoja de Recomendación Nº 004-2001-CG/ B180, mediante la cual se propone para su aprobación laampliación excepcional del plazo para la presentación de la información semestral establecida en las Directi- vas Nºs. 011-2000-CG/B150 y 014-2000-CG/B150;contando con la visación de la Oficina de AsesoríaTécnica Jurídica; CONSIDERANDO: Que, el inciso b) del Artículo 24º del Decreto Ley Nº 26162 - Ley del Sistema Nacional de Control, establececomo atribuciones y deberes del Contralor General de laRepública planear, aprobar, dirigir, coordinar y supervi-sar las acciones de la Contraloría General de la República y de los órganos del Sistema Nacional de Control, dictando las pautas necesarias para articular el proceso nacional decontrol con los Planes y Programas Nacionales a efectos devisualizar de forma integral su cumplimiento y poderemitir recomendaciones generales al Poder Ejecutivo, so-bre la administración de los recursos públicos en función de las metas previstas y alcanzadas; Que, la Directiva Nº 011-2000-CG/B150 aprobada por Resolución de Contraloría Nº 235-2000-CG, Directi-va para la Formulación y Evaluación del Plan Anual deControl para el año 2001, establece en el numeral II delliteral H.4. Monitoreo y Evaluación de actividades, que los Organos de Auditoría Interna y las unidades orgáni- cas de la Contraloría General de la República, deberánpresentar semestral y anualmente el documento denomi-nado "Evaluación de Cumplimiento del Plan Anual deControl" al 31 de julio del 2001 y al 31 de enero del 2002respectivamente; Que, la Directiva Nº 014-2000-CG/B150 aprobada por Resolución de Contraloría Nº 279-2000-CG, Verificación ySeguimiento de Implementación de Recomendaciones de-rivadas de Informes de Acciones de Control, establece enel numeral 2 del literal G. Disposiciones Específicas, quelos Organos de Auditoría Interna deberán presentar los resultados de la verificación y seguimiento de las reco- mendaciones en forma impresa y en diskette, correspon-diente a los siguientes períodos: Primer Semestre (enero -junio) a más tardar el 31 de julio del año de ejecución.Anual (enero - diciembre) a más tardar el 31 de enero delaño siguiente; Que, la Directiva Nº 009-2001-CG/B180 aprobada por Resolución de Contraloría Nº 070-2001-CG, publicada el13.JUN.2001 aprueba el uso del Sistema de AuditoríaGubernamental (SAGU) por las entidades, Organos deAuditoría Interna comprendidas en el Sistema Nacionalde Control y por las Sociedades de Auditoría designadas, para el registro y seguimiento de los planes anuales de control, la ejecución de las acciones de control, el segui-miento de las medidas correctivas y los procesos judicialesderivados de las acciones de control; Que, el proceso de presentación y capacitación del SAGU a nivel nacional, se realizó entre el 15.6.2001 y el 2.7.2001, asimismo respecto a su uso se vienen atendiendo consultas telefónicas, por correo electrónico y por el foro dediscusión de la página web de Contraloría, finalmente seviene realizando la instalación del SAGU a aquellas enti-dades que no asistieron oportunamente a las reuniones decapacitación y se ha perfeccionado el mismo atendiendo las solicitudes de las entidades; Que, el presente año, dada la especial coyuntura polí- tica y con el objetivo de luchar frontalmente contra lacorrupción, los Organos de Auditoría Interna han recibidouna importante cantidad de encargos de los Titulares de las Entidades y de la Contraloría General, lo que ha generado mayores acciones de control no planificadas y adecuaciones al Plan de Control presentado a fines del año2000; Que, es necesario que los Organos de Auditoría Inter- na registren en el SAGU el seguimiento de las medidascorrectivas de las acciones de control realizadas entre enero y junio del 2001 por la Contraloría General y las Sociedades de Auditoría designadas; Que, es necesario señalar que de manera excepcional para el envío de información del primer semestre del 2001,los Organos de Auditoría Interna deben enviar conjunta-mente, la información periódica y la considerada como Plan de Control; Que, consecuentemente resulta necesario proporcio- nar un plazo adicional para que la totalidad de los Organosde Auditoría Interna cumplan con enviar la informaciónsemestral correspondiente al período enero - junio 2001,debidamente registrada y procesada por el SAGU, para su evaluación por la Contraloría General de la República; En uso de las facultades conferidas por los Artículos 19º y 24º del Decreto Ley Nº 26162 - Ley del SistemaNacional de Control; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Ampliar excepcionalmente hasta el 31 de agosto del 2001 la fecha de presentacióndel Documento Semestral "Evaluación de cumplimien-to del Plan Anual de Control" del 2001 dispuesto en elnumeral II del literal H.4 de la Directiva Nº 011-2000- CG/B150 aprobada por Resolución de Contraloría Nº 235-2000-CG, así como la información correspondienteal seguimiento de medidas correctivas establecido enel numeral 2 del literal G de la Directiva Nº 014-2000-CG/B150 aprobada por Resolución de Contraloría Nº279-2000-CG. Artículo Segundo.- Precisar que conforme al nume- ral 3 del literal E de la Directiva Nº 009-2001-CG/B180aprobada por Resolución de Contraloría Nº 070-2001-CG,conjuntamente con los documentos impresos se deberáremitir a la Contraloría General en medio magnético, lainformación registrada en el SAGU del plan anual de control, la ejecución de las acciones de control, el segui- miento de las medidas correctivas y los procesos judiciales,que se genera en la sección "Utilitarios / Envío - Informa-ción Periódica y Plan Anual". Regístrese, comuníquese y publíquese. CARMEN HIGAONNA DE GUERRA Contralora General de la República 28597 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACIÓN Y ESTADO CIVIL Autorizan realización de la "Conferen- cia sobre Patrones de Diseño de Soft- ware" en la ciudad de Lima RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 261-2001-JEF/RENIEC Lima, 23 de julio de 2001Visto el Informe Nº 028-2001/GI/RENIEC, cursado por la Gerencia de Informática; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 183º de la Constitución Política, esta- blece que el Registro Nacional de Identificación y EstadoCivil es la entidad encargada de organizar y mantener el Registro Único de Identificación de las personas naturales e inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad yestado civil, así como de expedir los documentos queacreditan la identidad de las personas;