Norma Legal Oficial del día 04 de agosto del año 2001 (04/08/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 4 de agosto de 2001

Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los tres dias del mes de agosto de dos mil uno. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA GARCIA-SAYAN LARRABURE Ministro de Relaciones Exteriores 28720 DECRETO SUPREMO Nº 059-2001-RE EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que la disposicion complementaria del Decreto Ley Nº 26112 -Ley Organica del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 29 de diciembre de 1992- dispone que la organizacion interna del Ministerio de Relaciones Exteriores, la creacion, supresion o modificacion de los organos a que se refiere el Articulo 9º del citado dispositivo, asi como la descripcion de las funciones respectivas seran establecidas por Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores; Que el Decreto Supremo Nº 033-96-RE de 21 de agosto de 1996 modifico el Articulo 9º, asi como los Capitulos IV al XI del Decreto Ley Nº 26112; Que siendo necesario actualizar las estructuras institucionales requeridas para llevar adelante los objetivos de politica exterior; DECRETA: Articulo Primero.- Modifiquese el Articulo Primero del Decreto Supremo Nº 006-99-RE, de fecha 11 de febrero de 1999, a fin de crear como organo de linea la Subsecretaria de Comunidades Peruanas en el Exterior. Articulo Segundo.- La Subsecretaria de Comunidades Peruanas en el Exterior comprendera las siguientes Direcciones Generales: - Direccion General de Asuntos Consulares; - Direccion General de Apoyo Legal y Asistencia Humanitaria. Articulo Tercero.- La Subsecretaria de Comunidades Peruanas en el Exterior se encargara de la promocion y proteccion de los derechos de los ciudadanos peruanos en el exterior. Asimismo, con el mismo proposito y a traves de las Oficinas Consulares del Peru en el exterior, brindara y garantizara las actuaciones consulares correspondientes, MORDAZA el apoyo legal necesario y asegurara el otorgamiento de la asistencia humanitaria requerida. Articulo Cuarto.- Derogase cualquier dispositivo que se oponga al presente Decreto Supremo. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los tres dias del mes de agosto de dos mil uno. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA GARCIA-SAYAN LARRABURE Ministro de Relaciones Exteriores 28721 DECRETO SUPREMO Nº 060-2001-RE EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que la disposicion complementaria del Decreto Ley Nº 26112 -Ley Organica del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 29 de diciembre de 1992- dispone que la organizacion interna del Ministerio de Relaciones Exte-

riores, la creacion, supresion o modificacion de los organos a que se refiere el Articulo 9º del citado dispositivo, asi como la descripcion de las funciones respectivas seran establecidas por Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores; Que el Decreto Supremo Nº 033-96-RE de 21 de agosto de 1996 modifico el Articulo 9º, asi como los Capitulos IV al XI del Decreto Ley Nº 26112; Que siendo necesario actualizar las estructuras institucionales requeridas para llevar adelante los objetivos de politica exterior; DECRETA: Articulo Primero.- Modifiquese el Articulo Primero del Decreto Supremo Nº 006-99-RE, de fecha 11 de febrero de 1999, a fin de crear como organo de linea la Direccion General de Coordinacion. Articulo Segundo.- La Direccion General de Coordinacion comprendera las siguientes Direcciones: - Direccion de Coordinacion con el Congreso de la Republica; - Direccion de Coordinacion Intersectorial, Gobiernos Locales y Regionales; y, - Direccion de Coordinacion con las Organizaciones No Gubernamentales y la Sociedad Civil. Articulo Tercero.- La Direccion General de Coordinacion se encargara de llevar adelante un eficiente relacionamiento del Ministerio de Relaciones Exteriores con el Congreso de la Republica, los diversos sectores de la Administracion Publica, los Gobiernos Locales, las Organizaciones No Gubernamentales y la Sociedad Civil a fin de propiciar una estrecha coordinacion para una armonica y concertada gestion externa del Estado. Articulo Cuarto.- Derogase cualquier dispositivo que se oponga al presente Decreto Supremo. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los tres dias del mes de agosto de dos mil uno. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA GARCIA-SAYAN LARRABURE Ministro de Relaciones Exteriores 28722

Dan por terminadas funciones de Embajadores del Peru en el Reino Unido de la Gran Bretana e Irlanda del Norte y en el Reino de los Paises Bajos
RESOLUCION SUPREMA Nº 313-2001-RE MORDAZA, 3 de agosto de 2001 Vista la Resolucion Ministerial Nº 0162/RE, de 14 de marzo de 2000, que nombro al Embajador en el Servicio Diplomatico de la Republica, don MORDAZA Chauny de Porturas Hoyle, como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Peru en el Reino Unido de Gran Bretana e Irlanda del Norte; De conformidad con los Articulos 8º y 9º del Decreto Legislativo Nº 894, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica, de 24 de diciembre de 1996, y teniendo en cuenta que el Embajador MORDAZA Chauny de Porturas Hoyle ha cumplido su periodo de servicios de permanencia en el exterior; SE RESUELVE: 1º.- Dar por terminadas las funciones del Embajador en el Servicio Diplomatico de la Republica, don MORDAZA Chauny de Porturas Hoyle, como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Peru en el Reino Unido de Gran Bretana e Irlanda del Norte, a partir del 31 de agosto de 2001. 2º.- Trasladar al Embajador en el Servicio Diplomatico de la Republica, don MORDAZA Chauny de Porturas Hoyle, a

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