Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE AGOSTO DEL AÑO 2001 (15/08/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 40

Pág. 208806 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 15 de agosto de 2001 Registro de la Propiedad Inmueble de Lima y registrado en el Asiento Nº 1042 del Margesí Nacional de Bienes Inmuebles correspondiente al departamento de Lima; Que, el Arzobispado de Lima, mediante Carta de fecha 4 de abril del 2000, solicita la afectación en uso del inmueble descrito en el considerando precedente con la finalidad que sea destinado a una Guardería para Ancia- nos en favor de la Comunidad, la que estaría administrada por la Parroquia Inmaculado Corazón de María; Que, mediante Informe Nº 256-2000/SBN-DAT de fecha 24 de agosto del 2000, la Dirección de Apoyo Técnico de la Superintendencia de Bienes Nacionales da cuenta de la inspección ocular realizada sobre el mencio- nado predio, verificando que no se encontró a ningún ocupante en dicha diligencia; Que, la afectación en uso se otorga exclusivamente para el fin que se solicita, pudiendo el Estado ponerle término si deja de ser aplicado al fin para el que se otorgó, así como si transcurridos dos años desde la fecha de la afectación no se hubiere destinado al fin correspon- diente, sin quedar obligado al pago de mejoras ni de indemnización alguna por las obras ejecutadas; Que, las afectaciones en uso de propiedad inmobilia- ria fiscal, se aprueban mediante Resolución de la Superin- tendencia de Bienes Nacionales a favor de las reparticio- nes del Estado para el funcionamiento de sus dependen- cias, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 67º y siguientes del Decreto Supremo Nº 025-78-VC - Regla- mento de Administración de la Propiedad Fiscal, concor- dado con el Artículo 3º del Decreto de Urgencia Nº 071- 2001; por lo que en el presente caso es procedente atender la correspondiente solicitud; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25556 modificado por el Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 27395, Decreto Supremo Nº 025-78-VC y Decreto Ley Nº 25554 modificado por el Decreto de Urgencia Nº 071-2001; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Afectar en uso el predio de 160,19 m2, correspondiente al Lote Nº 11-A, manzana "B" de la urbanización "Amazonas" (actualmente calle Carlos Bondy Nº 775), distrito de Pueblo Libre, provincia y departamento de Lima, debidamente inscrito en la Ficha Nº 352619 del Registro de la Propiedad Inmueble de Lima, a favor del Arzobispado de Lima, para que lo destine al funcionamiento de una Guardería para Ancia- nos en favor de la Comunidad, la que estará administra- da por la Parroquia Inmaculado Corazón de María. Artículo 2º.- La presente afectación en uso queda sujeta a lo dispuesto por los Artículos 72º y 74º del Decreto Supremo Nº 025-78-VC. Artículo 3º.- La Oficina Registral de Lima y Callao de la Superintendencia Nacional de los Registros Públi- cos, por el mérito de la presente Resolución, inscribirá la afectación en uso en el Registro de la Propiedad Inmue- ble de Lima. Regístrese y comuníquese. AIDA AMEZAGA MENENDEZ Superintendente de Bienes Nacionales 29214 MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Exoneran de proceso de selección la adquisición de software especializado y contratación de servicios de publici- dad mediante adjudicación de menor cuantía ACUERDO DE CONCEJO Nº 252 Lima, 13 de agosto de 2001EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA: Visto en Sesión de la fecha, el Informe Nº 011-2001- MML/DMA, por el que la Dirección Municipal Adminis- trativa pone a consideración la exoneración del proceso de selección para la adquisición de un software para la Dirección Municipal de Transporte Urbano; De conformidad con los Dictámenes Nº 098-2001- MML/CEPP de la Comisión de Economía, Planificación y Presupuesto y Nº 254-2001-CAL/MML de la Comisión de Asuntos Legales; y, CONSIDERANDO: Que, el inciso f) del Artículo 19º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM - Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado establece que se encuentran exonerados de los procesos de Licita- ción Pública, Concurso Público o Adjudicación Directa, según sea el caso, las adquisiciones y contrataciones, cuando los bienes o servicios no admiten sustitutos; Que, el Artículo 20º del Decreto Supremo Nº 12-2001- PCM - Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado establece que las exoneraciones tipificadas en el Artículo 19º de la misma, se realizarán mediante el proceso de adjudicación de Menor Cuantía, las que se aprobarán mediante Resolución del Titular del Pliego de la Entidad y Acuerdo de Concejo Municipal correspondiente, en el caso de Gobiernos Locales y, serán publicados en el Diario Oficial El Peruano. Debiendo remi- tirse a la Contraloría General de la República, dentro de los diez (10) días calendario siguientes a la fecha de su aproba- ción, copia del Acuerdo y el Informe que lo sustenta; Que, el Artículo 113º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado establece que las Resoluciones o Acuerdos que aprueben la exonera- ción de los procesos de selección, al amparo de las causales contenidas en el Artículo 19º de la Ley requie- ren obligatoriamente un informe Técnico Legal previo emitido por las áreas técnica y de asesoría jurídica de la Entidad. Dicho informe contendrá la justificación técni- ca y legal de la adquisición o contratación, la necesidad de la exoneración y además contemplará criterios de economía, tales como los costos y oportunidad; Que, la exoneración propuesta se enmarca dentro de las disposiciones contempladas en el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM - Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Regla- mento; encontrándose asimismo sustentada en los co- rrespondientes Informes Técnico - Legales, los que seña- lan que por la característica principal de alta especiali- zación de este software dentro de los sistemas geodife- renciados, no existe en el mercado nacional bienes sus- titutos que satisfagan los requerimientos de adaptabili- dad con nuestros sistemas informáticos y bases de datos en producción, habiéndose efectuado las consultas nece- sarias respecto del costo y características de la licencia y procedimiento para su adquisición directamente a través de la página web del fabricante; Estando a las consideraciones legales expuestas, así como a los Informes Técnicos Legales contenidos en el: Informe Nº 011-2001-MML/DMA emitido por la Direc- ción Municipal Administrativa, Informe Nº 106-2001- MML/OGP emitido por la Oficina General de Planifica- ción, Informe Nº 1880-2001-MML-OGAJ emitido por la Oficina General de Asuntos Jurídicos y Oficio Nº 1337- 01-MML/DMTU emitido por la Dirección Municipal de Transporte Urbano; ACORDO: Artículo Único.- Exonerar del proceso de selección para la adquisición de un Software Especializado para la Dirección Municipal de Transporte Urbano, a ejecutarse mediante el procedimiento de menor cuantía; acorde a las disposiciones contenidas en el Decreto Supremo Nº 012- 2001-PCM - Texto Único Ordenado de la Ley de Contrata- ciones y Adquisiciones del Estado, su Reglamento y modi- ficatorias. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ALBERTO ANDRADE CARMONA Alcalde de Lima 29273