Norma Legal Oficial del día 15 de agosto del año 2001 (15/08/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

MORDAZA, miercoles 15 de agosto de 2001

NORMAS LEGALES

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54avo. Juzgado Civil de MORDAZA, por los delitos de Abuso de Autoridad y Prevaricato. Articulo Segundo.- Decidir el ejercicio de la accion penal en su contra, remitiendose los actuados al Fiscal Superior llamado por ley, para que proceda de acuerdo a sus atribuciones. Articulo Tercero.- Hacer de conocimiento de la presente resolucion a los senores Presidentes, de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, del Consejo Nacional de la Magistratura, Jefe de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial; Fiscal Supremo de la Fiscalia Suprema de Control Interno, Presidente de la Corte Superior de MORDAZA y Fiscal Superior Decano del Distrito Judicial de MORDAZA, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal de la Nacion 29254

Articulo Tercero.- El CEAF, en el MORDAZA de las investigaciones relativas al caso MORDAZA - Fujimori, tiene a su cargo las siguientes funciones: a) Brindar asistencia tecnica en el analisis de informacion sobre transacciones financieras y similares afines al ambito de competencia de la Superintendencia, a las autoridades nacionales competentes que determine el Superintendente de Banca y Seguros, en aplicacion del literal g) del numeral 1 del Articulo 381º de la Ley General; b) Canalizar, centralizar, sistematizar, analizar y evaluar la informacion proveniente del sistema financiero nacional y del extranjero, asi como demas informacion referida a transacciones financieras y similares afines al ambito de competencia de la Superintendencia, que le presenten las respectivas autoridades nacionales competentes; c) Informar a las respectivas autoridades nacionales competentes sobre los resultados de los analisis y evaluaciones realizadas; y, d) Otras que determine el Superintendente de Banca y Seguros. El CEAF ejercera las funciones a que se refiere el presente articulo durante el periodo que determine el Superintendente de Banca y Seguros, teniendo en cuenta los requerimientos de las respectivas autoridades nacionales competentes. Articulo Cuarto.- Para efectos del cumplimiento de las funciones senaladas en los literales a), b) y c) del articulo anterior y siempre que asi sea requerido para la mejor realizacion de las tareas encomendadas, los miembros del CEAF podran realizar sus funciones, en los centros laborales de las respectivas autoridades nacionales competentes que hayan solicitado su asistencia tecnica, a tiempo parcial o a tiempo completo, segun lo determine el Superintendente de Banca y Seguros en cada caso. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CORTAVARRIA CHECKLEY Superintendente de Banca y Seguros 29278

SBS
Crean el Comite Especial de Asistencia Tecnica en Analisis Financiero de la SBS para el caso MORDAZA - Fujimori
RESOLUCION SBS Nº 598-2001 MORDAZA, 14 de agosto de 2001 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS CONSIDERANDO: Que, el Articulo 381º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus modificatorias, en adelante Ley General, establece las facultades de la Superintendencia en materia de transacciones financieras sospechosas; Que, el literal g) del numeral 1 del citado articulo senala que esta Superintendencia se encuentra facultada a cooperar con otras autoridades competentes y aportarles asistencia tecnica, en el MORDAZA de investigaciones y procesos referentes a delitos de trafico ilicito de drogas o delitos conexos; Que, con la finalidad de unificar y canalizar adecuadamente la asistencia tecnica que esta Superintendencia viene proporcionando a otras autoridades nacionales competentes en las investigaciones y procesos relacionados al caso MORDAZA - Fujimori, resulta necesario crear un Comite integrado por funcionarios que cuenten con experiencia y capacitacion en el analisis de informacion sobre transacciones financieras y similares afines a su ambito de competencia; Con la conformidad de las Superintendencias Adjuntas de Banca y de Asesoria Juridica; En uso de la facultad conferida por el literal g) del numeral 1 del Articulo 381º de la Ley General; RESUELVE: Articulo Primero.- Crear el Comite Especial de Asistencia Tecnica en Analisis Financiero de la Superintendencia de Banca y Seguros para el caso MORDAZA Fujimori, en adelante el CEAF. Articulo Segundo.- La Superintendencia de Banca y Seguros, a traves del CEAF, brindara asistencia tecnica a las autoridades nacionales competentes que requieran el analisis de informacion sobre transacciones financieras y similares afines a su ambito de competencia, en las investigaciones y procesos sobre el caso MORDAZA - Fujimori, de conformidad con el literal g) del numeral 1 del Articulo 381º de la Ley General. Con dicho objeto, la Superintendencia designara mediante Resolucion al personal que integrara el referido comite.

CONSUCODE
Relacion de proveedores, postores y contratistas sancionados por el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado durante el mes de MORDAZA del ano 2001
CONSEJO SUPERIOR DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO RESOLUCION Nº 143-2001-CONSUCODE/PRE MORDAZA MORDAZA, 13 de agosto de 2001 VISTO: El Memorandum Nº 227-2001-RNC de la Gerencia de Registros, referido a la publicacion del Listado de Inhabilitados para Contratar con el Estado; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Articulo 8º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, se establece la obligatoriedad de publicarse en el Diario Oficial El Peruano la relacion de inhabilitados para contratar con el Estado; Que, el Articulo 216º del Reglamento de la Ley, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establece que el Consejo Superior de Contrataciones y

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