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Pág. 208805 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 15 de agosto de 2001 fico entre redes, que se curse a partir del período de liquidación siguiente a la fecha de su entrada en vigencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE KUNIGAMI KUNIGAMI Presidente del Consejo Directivo Exposición de Motivos El 23 de julio del presente año, entró en vigencia la Resolución Nº 037-2001-CD/OSIPTEL, que establece los procedimientos para las liquidaciones de los tráficos cursadas entre las diversas redes de telecomunicaciones en el marco de sus relaciones de interconexión. Es necesario dejar claramente establecido que el propósito de la mencionada norma es resolver los problemas que puedan surgir en el marco de los proce- sos de liquidación de tráficos de interconexión, pero surgidos luego de la entrada en vigencia de dicha norma, de forma tal que las controversias que hubie- sen surgido previamente sigan los procedimientos establecidos por las partes en sus contratos o manda- tos de interconexión. Es por ello necesario precisar la vigencia de la mencio- nada norma, restringiéndola a aquellas controversias que pudiesen surgir después de la entrada en vigencia de la misma. 29281 SUPERINTENDENCIA DE BIENES NACIONALES Afectan en uso terreno a favor del Centro de Entrenamiento Pesquero de Pait a RESOLUCIÓN Nº 230-2001/SBN La Molina, 11 de julio del 2001 Visto el Expediente Nº 186483 por el cual el Centro de Entrenamiento Pesquero de Paita solicita la afectación en uso del terreno de 24,00 ha, ubicado en la denominada Playa Hermosa, provincia de Paita, departamento de Piura; CONSIDERANDO: Que, el Estado es propietario del terreno de 24,00 ha, ubicado en la denominada Playa Hermosa, provin- cia de Paita, departamento de Piura, inscrito en la Ficha Nº 010360 del Registro de la Propiedad Inmue- ble de Piura y registrado en el Asiento Nº 358 del Margesí Nacional de Bienes Inmuebles correspon- diente al departamento de Piura; Que, mediante Oficio Nº 607-2000-PE/CEP-PAITA-DE, el Centro de Entrenamiento Pesquero de Paita solicita la afectación en uso del terreno submateria para destinarlo al cumplimiento de sus fines institucionales, así como a la capacitación de los pescadores de la República; Que, a través del Oficio Nº 340-2000-PE/DVM, el Viceministro de Pesquería solicita la desafectación del terreno de 24,00 ha, que anteriormente fuera afectado en uso al Ministerio de Pesquería mediante las Resolu- ciones Supremas Nºs. 079-75/VC-5700 y 226-76-VC-4400, respectivamente; Que, a través del Informe Nº 390-98/SBN-DAT, la Dirección de Apoyo Técnico de la Superintendencia de Bienes Nacionales da cuenta de la inspección ocular efectuada, estableciendo que la institución recurrente mantiene bajo su administración la totalidad del predio de 24,00 ha; Que, el Centro de Entrenamiento Pesquero de Paita es un organismo público descentralizado del sectorpesquería, con personería jurídica de derecho público interno y autonomía administrativa, económica, técnica y académica; que tiene por finalidad diseñar, promover y ejecutar acciones para intensificar la formación, capaci- tación, entrenamiento, investigación y transferencia tecnológica, a fin de desarrollar las aptitudes laborales de los trabajadores pesqueros, en especial de los pesca- dores artesanales, sus esposas e hijos; Que, la afectación en uso se otorga exclusivamente para el fin que se solicita, pudiendo el Estado ponerle término si deja de ser aplicado al fin para el que se otorgó, así como si transcurridos dos años desde la fecha de la afectación no se hubiere destinado al fin corres- pondiente; sin quedar obligado al pago de mejoras ni de indemnización alguna por las obras ejecutadas; Que, las afectaciones en uso de propiedad inmobilia- ria del Estado y en consecuencia, las desafectaciones en uso se aprueban mediante Resolución de la Superinten- dencia de Bienes Nacionales, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 67º y siguientes del Decreto Supremo Nº 025-78-VC, "Reglamento de Administración de la Propiedad Fiscal", concordado con el Artículo 3º del Decreto de Urgencia Nº 071-2001; por lo que en el presente caso es procedente atender la correspondiente solicitud; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25554 modificado por el Decreto de Urgencia Nº 071- 2001, Decreto Ley Nº 25556 modificado por el Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 27395, Decreto Supremo Nº 025- 78-VC; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Desafectar el uso del terreno de 24,00 ha, ubicado en la denominada Playa Hermosa, provincia de Paita, departamento de Piura, del Ministerio de Pesquería, aprobado mediante Resoluciones Supremas Nºs. 079-75/VC-5700 y 226-76-VC-4400. Artículo 2º.- Afectar en uso el terreno de 24,00 ha, descrito en el artículo precedente a favor del Centro de Entrenamiento Pesquero de Paita, para destinarlo a sus fines institucionales y a la capacitación de los pescadores artesanales. Artículo 3º.- La presente afectación en uso queda sujeta a lo dispuesto por los Artículos 72º y 74º del Decreto Supremo Nº 025-78-VC. Artículo 4º.- La Oficina Registral de Piura de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, inscribirá la desafectación y posterior afectación en uso en el Regis- tro de la Propiedad Inmueble de Piura. Regístrese, comuníquese y publíquese. AIDA AMEZAGA MENENDEZ Superintendente de Bienes Nacionales 29216 Afectan en uso inmueble ubicado en el distrito de Pueblo Libre a favor del Arzobispado de Lima RESOLUCIÓN Nº 270-2001/SBN La Molina, 18 de julio del 2001 Visto el Expediente Nº 713158, mediante el cual el Arzobispado de Lima solicita la afectación en uso del inmueble de 160,19 m2, correspondiente al Lote Nº 11-A, manzana "B" de la urbanización "Amazonas", distrito de Pueblo Libre, provincia y departamento de Lima, para ser destinado a una guardería para ancianos, adminis- trada por la Parroquia Inmaculado Corazón de María; CONSIDERANDO: Que, el Estado es propietario del terreno de 160,19 m2, correspondiente al Lote Nº 11-A, manzana "B" de la urbanización "Amazonas", distrito de Pueblo Libre, pro- vincia y departamento de Lima, el mismo que se encuen- tra debidamente inscrito en la Ficha Nº 352619 del