Norma Legal Oficial del día 05 de diciembre del año 2001 (05/12/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 5 de diciembre de 2001

hasta un total de Quinientos Cincuenta Millones y 00/100 Dolares de los Estados Unidos de MORDAZA (US$ 550 000 000,00) ademas de cualquier monto previamente aprobado, directamente o a traves de su sucursal en el Peru, delegando facultades al Presidente del Directorio y Principal Funcionario Ejecutivo, al Presidente y al Vicepresidente de Finanzas, para establecer los plazos, montos y demas terminos y condiciones de las emisiones, asi como para determinar si la nueva emision de bonos se realice como un aumento en el "Primer Programa de Bonos SOUTHERN PERU; Que, en merito a las facultades que le fueron otorgadas, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en su calidad de Presidente de la sociedad, ha establecido los terminos y condiciones generales de la variacion del programa denominado "Primer Programa de Bonos SOUTHERN PERU", a fin de incorporar en el mismo la emision de bonos en el Peru mencionada en el considerando anterior; Que, con fecha 13 de noviembre de 2001, el senor MORDAZA MORDAZA Flury Royle, ha solicitado el registro de las variaciones fundamentales de los terminos y condiciones del "Primer Programa de Emision de Bonos SOUTHERN PERU" y del prospecto MORDAZA correspondiente, en el Registro Publico del MORDAZA de Valores; Que, en el presente caso se ha cumplido con presentar la informacion requerida por el Reglamento de Oferta Publica Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios, aprobado por Resolucion CONASEV Nº 141-98-EF/94.10, asi como las disposiciones aprobadas mediante Resolucion Gerencia General Nº 211-98-EF/94.11; y, Estando a lo dispuesto por los Articulos 53º y siguientes de la Ley del MORDAZA de Valores, Decreto Legislativo Nº 861, asi como lo establecido en sesion de Directorio de CONASEV de fecha 6 de MORDAZA de 1999, de acuerdo al cual el Gerente General de CONASEV se encuentra facultado para autorizar el registro de la actualizacion del prospecto informativo en caso de variaciones fundamentales; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer el registro de las variaciones fundamentales del prospecto MORDAZA registrado mediante Resolucion Gerencia General Nº 039-2000-EF/94.11, correspondiente al primer programa de emision de bonos denominado "Primer Programa de Bonos SOUTHERN PERU" de SOUTHERN PERU COPPER CORPORATION, hasta por un monto MORDAZA de Setecientos Cincuenta Millones y 00/100 Dolares de los Estados Unidos de MORDAZA (US$ 750 000 000,00) o su equivalente en la respectiva moneda de emision, en el Registro Publico del MORDAZA de Valores. Articulo 2º.- El registro a que se refiere el articulo anterior no implica que CONASEV recomiende la inversion de los valores u opine favorablemente sobre las perspectivas del negocio. Los documentos e informacion para una evaluacion complementaria estan a disposicion de los interesados en el Registro Publico del MORDAZA de Valores. Articulo 3º.- Transcribir la presente Resolucion a SOUTHERN PERU COPPER CORPORATION, al Banco de Credito del Peru, en su calidad de estructurador y representante de los obligacionistas; a Credibolsa Sociedad Agente de Bolsa S.A., en su calidad de Agente Colocador, a CAVALI ICLV S.A. y a la Bolsa de Valores de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA POMAREDA Gerente General 35589

CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 031-2001-ED, de fecha 9 de MORDAZA de 2001, se declaro de preferente interes nacional la investigacion, identificacion, registro, proteccion, conservacion y puesta en valor de la red de caminos existentes en el MORDAZA Incaico dentro del territorio nacional; Que, por Decreto Supremo Nº 035-2001-ED, de fecha 17 de MORDAZA de 2001, se preciso que el 30% de los ingresos directamente recaudados por la Direccion Departamental de Cultura - MORDAZA seran destinados exclusivamente a gastos de inversion para la investigacion, identificacion, registro, proteccion, conservacion y puesta en valor del Gran MORDAZA MORDAZA referido en el Articulo 2º del Decreto Supremo Nº 031-2001-ED, de acuerdo a la distribucion que se detalla en el mismo; Que, el Instituto Nacional de Cultura viene desarrollando la implementacion del Proyecto "Qhapaq Nan" a traves de una serie de actividades planificadas para identificacion, catalogacion, investigacion, proteccion, conservacion y puesta en valor de los tramos existentes del referido Proyecto, para lo cual es necesario llevar a cabo las adquisiciones y contrataciones que MORDAZA necesarias; Que, mediante Informe Nº 234-2001-INC/DGPA-D, la Direccion General de Patrimonio Arqueologico senala la necesidad y urgencia de realizar las acciones mencionadas en el primer considerando, MORDAZA de la temporada de lluvias en la Ceja de MORDAZA, en la MORDAZA y en la Costa Norte, las mismas que ocasionan inundaciones, aluviones y deslizamientos con las consiguientes interrupciones de las vias de comunicacion, hechos que podrian agravarse con la posible presencia de las manifestaciones del Fenomeno del MORDAZA, los cuales podrian afectarlo seriamente, sino ademas desaparecer tramos criticos del Qhapaq Nan de no efectuarse trabajos de emergencia para su proteccion, luego de la identificacion y evaluacion correspondiente; Que, el literal c) del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, establece que estan exoneradas de los procesos de Licitacion Publica o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situacion de emergencia o de urgencia declaradas de conformidad con la citada Ley; Que, el Articulo 21º del citado Texto Unico Ordenado, establece que se considera situacion de urgencia cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo, y que dicha situacion faculta a la Entidad a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios y obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda; Que, mediante Informe Nº 217-A-2001-INC/GA-SGL, de fecha 15 de noviembre del ano 2001, la Subgerencia de Logistica senala que las razones tecnicas por las cuales resulta pertinente la declaracion de urgencia, son el hecho de la urgente necesidad la adquisicion de los materiales, equipos, vehiculos, etc., asi como la contratacion de los recursos humanos, servicios, pasajes y alimentacion, viaticos y asignaciones, etc., para poder realizar las acciones a que se refieren los Decretos Supremos Nºs. 032 y 0352001-ED precitados, considerando procedente la exoneracion de los Procesos Selectivos correspondientes, segun se detalla, teniendo en cuenta que el tiempo que tomarian llevar a cabo los mismos hasta la suscripcion de los contratos, impediria que se cumplan los planes establecidos en el referido Proyecto; Que, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto por Informe Nº 275-2001-GPP senala que existen los recursos presupuestales destinados para garantizar el cumplimiento de la investigacion, identificacion, registro, proteccion, conservacion y puesta en valor de la red de caminos existentes en el MORDAZA Incaico dentro del territorio nacional, conocida como "Qhapaq Nan"; Que mediante Informe Nº 868-2001-INC/GL, de fecha 19 de noviembre de 2001, la Gerencia Legal ha emitido el

INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA
Declaran en situacion de urgencia adquisicion de bienes o contratacion de servicios para investigacion, conservacion y otros de la red de caminos existentes en el MORDAZA Incaico
RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 1176/INC MORDAZA, 20 de noviembre de 2001

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