Norma Legal Oficial del día 05 de diciembre del año 2001 (05/12/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

MORDAZA, miercoles 5 de diciembre de 2001

NORMAS LEGALES

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Informe Legal opinando sobre la procedencia de la exoneracion de acuerdo a lo senalado por el Articulo 113º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, el Articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que las adquisiciones o contrataciones producto de la exoneracion a que se refiere el Articulo 19º se realizaran mediante el MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia y se aprobaran mediante Resolucion del Titular del Pliego de la Entidad, cuya MORDAZA con el informe que los sustenta deben remitirse a la Contraloria General de la Republica, bajo responsabilidad del Titular del Pliego, dentro de los diez (10) dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion; Que, el Articulo 116º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado dispone que las contrataciones y adquisiciones exoneradas de conformidad con el Articulo 19º de la Ley, se efectuan mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, siendo de aplicacion lo dispuesto en el Articulo 105º, agregando que la autoridad competente para aprobar la exoneracion determinara, en cada caso, la dependencia u organo que se encargara de realizar la adquisicion o contratacion exonerada, de acuerdo al monto involucrado y a su complejidad, envergadura o sofisticacion; Que, es necesario garantizar el cumplimiento de la investigacion, identificacion, registro, proteccion, conservacion y puesta en valor de la red de caminos existentes en el MORDAZA Incaico dentro del territorio nacional, conocida como "Qhapaq Nan"; Que, en consecuencia resulta conveniente la emision de la Resolucion Directoral Nacional, mediante la cual se declare en situacion de urgencia la adquisicion de bienes y/o contratacion de servicios y de ejecucion de obras para la realizacion de los trabajos a que se refiere el considerando precedente; Contando con las visaciones de la Gerencia Administrativa, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, la Direccion Ejecutiva y la Gerencia Legal; De conformidad con lo dispuesto por los Decretos Supremos Nºs. 027-2001-ED, 012-2001-PCM y 013-2001PCM y la Directiva Nº 001-2001-CONSUCODE, aprobada por Resolucion Nº 118-2001-CONSUCODE-PRE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar en Situacion de Urgencia la adquisicion de bienes y/o contratacion de servicios y de ejecucion de obras, para garantizar el cumplimiento de la investigacion, identificacion, registro, proteccion, conservacion y puesta en valor de la red de caminos existentes en el MORDAZA Incaico dentro del territorio nacional, conocida como "Qhapaq Nan", que a continuacion se detallan:
Requerimiento 4 Camionetas 4X4 (doble cabina) Equipos de topografia y afines Equipos de Computo Fotocopiadoras Sistemas de Comunicacion Valor Referencial S/. 305,550.00 MORDAZA de Seleccion Adjudicacion Directa Publica

en el MORDAZA Incaico dentro del territorio nacional, conocida como "Qhapaq Nan". Articulo 4º.- Autorizar a la Gerencia Administrativa del Instituto Nacional de Cultura la contratacion y/o adquisicion a que se refieren los articulos precedentes, mediante el MORDAZA de Adjudicacion Directa de Menor Cuantia hasta por la suma de S/. 1'156,400.00 (UN MILLON CIENTO CINCUENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES) y durante un plazo que vence el 31 de diciembre del 2001. Articulo 5º.- La contratacion y/o adquisicion que se efectue en virtud de la presente Resolucion, se regulara por las disposiciones del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y normas complementarias. Articulo 6º.- El egreso que irrogue la contratacion y/o adquisicion objeto de la exoneracion a que se refieren los articulos precedentes sera con cargo a la Fuente de Financiamiento 09 Recursos Directamente Recaudados, Cadena Funcional Programatica 09/034/0093/200434, Cadena del Gasto 6.5.11.51. Articulo 7º.- MORDAZA de la presente Resolucion y sus antecedentes sera remitida a la Contraloria General de la Republica, dentro de los diez (10) dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Directora Nacional 35625

OFICINA REGISTRAL DE MORDAZA Y CALLAO
Confirman observacion formulada por Registrador a titulo referido a cancelacion de medida cautelar de anotacion de demanda en el Registro de la Propiedad Inmueble
RESOLUCION DEL TRIBUNAL REGISTRAL Nº 520-2001-ORLC/TR MORDAZA, 19 de noviembre de 2001 VISTO, el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en representacion de la Corporacion Peruana de Comerciantes Mayoristas S.A., mediante Hoja de Tramite Documentario Nº 35366 del 17 de agosto de 2001, contra la observacion formulada por el Registrador (e) del Registro de Propiedad Inmueble, Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Idiaquez, a la solicitud de inscripcion de cancelacion de anotacion de demanda. El titulo se presento el 5 de MORDAZA de 2001 con el Nº 123729. El Registrador denego la inscripcion solicitada de acuerdo a lo siguiente. "Mediante el presente se solicita la cancelacion de la anotacion de demanda en virtud del titulo archivado Nº 173374 del 21.10.99; y teniendo a la vista el mismo, se aprecia que tanto la Resolucion Nº 57 del 9.7.99 como su aclaratoria la Resolucion Nº 62 del 24.9.99 transfieren a los adjudicatarios la propiedad del inmueble, dejandose sin efecto todo gravamen que pesa sobre el inmueble en referencia, salvo la medida cautelar de anotacion de demanda; en tal sentido, no procede lo solicitado. De conformidad con el Articulo 2011º del Codigo Civil y Articulo 97º del Reglamento de las Inscripciones". Interviniendo como Vocal ponente la Dra. MORDAZA MORDAZA Torres; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el titulo venido en grado se solicita la cancelacion de la medida cautelar de anotacion de deman-

S/. 446,550.00

Licitacion Publica

S/. 266,000.00 S/. 41,300.00 S/. 77,000.00

Adjudicacion Directa Publica Adjudicacion Directa Selectiva Adjudicacion Directa Selectiva

Articulo 2º.- Aprobar la adquisicion de los bienes y/o contratacion de servicios y de ejecucion de obras para garantizar el cumplimiento de la investigacion, identificacion, registro, proteccion, conservacion y puesta en valor de la red de caminos existentes en el MORDAZA Incaico dentro del territorio nacional, conocida como "Qhapaq Nan", referidos en el articulo precedente. Articulo 3º.- Exonerar al Instituto Nacional de Cultura de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico y/ o Adjudicacion Directa para garantizar el cumplimiento de la investigacion, identificacion, registro, proteccion, conservacion y puesta en valor de la red de caminos existentes

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