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Pág. 213437 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 5 de diciembre de 2001 Multas y Sanciones aprobada por Resolución Ministerial Nº 176-99-EM/SG. CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial Nº 176-99-EM/SG de fecha 20 de abril de 1999, se aprobó la Escala de Multas y Sanciones que aplicará el Organismo Supervisor de la In- versión en Energía – OSINERG, por infracciones a las Leyes de Concesiones Eléctricas y Orgánica de Hidrocar- buros, sus reglamentos, demás normas complementarias y al procedimiento administrativo de reclamaciones de usua- rios del servicio público de electricidad; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 087-2001-EM/ VME de fecha 23 de febrero de 2001, se modificó el Nume- ral 2.3 del Anexo IV de la Resolución Ministerial Nº 176-99- EM/SG; Que, el Artículo 3º de la Resolución Ministerial Nº 176- 99-EM-SG, establece que mediante Resolución de Geren- cia General del OSINERG se dictarán las disposiciones complementarias para la aplicación de la Escala de Multas y Sanciones que aplicará el OSINERG; Que, por Resolución de Gerencia General Nº 204-1999- OS/GG de fecha 6 de julio de 1999, modificada por la Re- solución de Gerencia General Nº 067-2001-OS/GG, de fe- cha 16 de febrero de 2001, se aprobaron las pautas para la imposición de las sanciones previstas en la citada Resolu- ción Ministerial; Que, con motivo de la aprobación de la nueva estructu- ra orgánica de OSINERG por el Consejo Directivo en su sesión de fecha 17 de julio de 2001 y en aplicación del principio de razonabilidad que debe regir la potestad san- cionadora de la Administración Pública, se ha considerado necesaria la modificación de los criterios fijados para la aplicación de las sanciones por parte de las Gerencias de Fiscalización Eléctrica, Fiscalización en Hidrocarburos y de Usuarios; Que, las Gerencias respectivas han elaborado propues- tas de criterios para la determinación de las sanciones res- pectivas, las cuales es necesario aprobar para que sirvan como pautas para su aplicación; Que, en aplicación del Principio de Transparencia esta- blecido en el Artículo 8º del Reglamento General de OSI- NERG, aprobado por el Decreto Supremo Nº 054-2001- PCM, se publicó en la página WEB de OSINERG, los crite- rios de graduación para la aplicación de la Escala de Mul- tas y Sanciones de OSINERG, para que puedan opinar tanto las empresas concesionarias, como el público en general; Que, en base a lo expuesto en el considerando prece- dente, se recibieron opiniones y recomendaciones de las concesionarias para las sanciones por incumplimiento de las normas eléctricas, así como de empresas que realizan actividades dentro del subsector hidrocarburos, para el in- cumplimiento de las normas de este subsector; las mis- mas que han sido materia de análisis, aceptándose algu- nas de sus propuestas; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 3º de la Resolución Ministerial Nº 176-99-EM/SG y con la opinión favorable de los Gerentes de Fiscalización en Hidrocarbu- ros, de Fiscalización Eléctrica y de Usuarios. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar las pautas que se deberán tomar en cuenta para la aplicación de la Escala de Multas y San- ciones aprobada por Resolución Ministerial Nº 176-99-EM/ SG de fecha 23 de abril de 1999, las mismas que constan en los Anexos I, II, III y IV que forman parte integrante de la presente resolución. Artículo 2º.- Dejar sin efecto la Resolución de Geren- cia General Nº 204-1999-OS/GG de fecha 6 de julio de 1999 y la Resolución de Gerencia General Nº 067-2001- OS/GG de fecha 16 de febrero de 2001. GUILLERMO SHINNO H. Gerente GeneralANEXO I GERENCIA DE FISCALIZACION EN HIDROCARBUROS Criterios Generales y Especiales para la Aplicación de Multas y Sanciones CRITERIOS GENERALES 1 Obligatoriedad de Cumplimiento 1.1 Los Supervisados están obligadas al: 1.1.1 "Cumplimiento de las disposiciones legales y téc- nicas relacionadas con las actividades de los subsectores de electricidad e hidrocarburos, así como el cumplimiento de las normas legales y técnicas referidas a la salud, se- guridad y la conservación y protección del medio ambiente en el desarrollo de dichas actividades." 1.1.2 "Cumplimiento de las obligaciones derivadas de los contratos de concesión, así como de las disposiciones reguladoras y/o normativas dictadas por OSINERG." 1.1.3 Cumplimiento de las demás disposiciones vincu- ladas a las materias de competencia de OSINERG. 2 Incumplimientos 2.1 "Se considerará como una infracción sancionable todo incumplimiento a las disposiciones legales y técnicas, así como a las obligaciones y demás disposiciones a que se hace mención en el numeral anterior; salvo los casos fortuitos o de fuerza mayor, como definidos en el Código Civil, que invoque el Supervisado y que sea debidamente calificado por OSINERG." 3 Objetivo Disuasivo de la Sanción 3.1 La sanción tiene como objetivos: 3.1.1 "Se constituya en la fase final del proceso de su- pervisión y fiscalización, de ser el caso, de tal manera que se contribuya a regular de manera eficaz la conducta apro- piada de las Entidades a fin que cumplan a cabalidad con las disposiciones que le sean aplicables y, sobre todo, pre- venga conductas indeseables que atenten contra la segu- ridad, la salud y el medio ambiente, así como contra la ca- lidad de los servicios regulados." 3.1.2 Prever que la comisión de la conducta sanciona- ble no resulte más ventajosa para el infractor que cumplir las disposiciones infringidas o asumir la sanción. 3.1.3 Cumplir con su carácter punitivo. 4 Responsabilidad del Infractor 4.1 "La responsabilidad administrativa por incumpli- miento de obligaciones es objetiva. Cuando el incum- plimiento corresponda a varias personas conjuntamen- te, responderán en forma solidaria de las infracciones que, en su caso, se cometan y, de las sanciones que se impongan." 5 Gradualidad de la Sanción 5.1 "En los casos que corresponda graduar la sanción por haberse establecido un rango en la Escala de Multas y Sanciones se podrá considerar, según sea el caso, los si- guientes criterios:" 5.1.1 "Naturaleza, circunstancias y gravedad de la In- fracción" 5.1.2 Daño o perjuicio causado 5.1.3 Reincidencia y/o pertinacia 5.1.4 El carácter intencional o negligente de la acción u omisión constitutiva de la infracción. 5.1.5 El beneficio directo o indirecto obtenido por el in- fractor por los actos que motiven la sanción. 5.1.6 Falsedad de información presentada en el proce- so investigatorio o sancionatorio. 5.1.7 Engaño y/o encubrimiento de hechos o situacio- nes.