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Pág. 197390 NORMAS LEGALES Lima, jueves 18 de enero de 2001 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a la empresa FANTASY CLUB DEL PERU S.A. la explotación de máquinas tragamonedas en el Restaurante Turístico Categoría 5 Tenedores "Tschudi" ubicado en Jr. Orbegoso Nº 554, distrito y provincia de Trujillo, departamento de La Libertad. Artículo 2º.- La presente autorización faculta a la empresa FANTASY CLUB DEL PERU S.A. a explotar ocho (8) máquinas tragamonedas y noventa (90) memo- rias sólo de lectura, cuyas características aparecen descritas en los Anexos I y II de la presente Resolu- ción. Artículo 3º.- Para efectos de la explotación de máqui- nas tragamonedas téngase presente lo dispuesto por el Artículo 13.2 de la Ley Nº 27153. Artículo 4º.- El plazo de vigencia de la autorización otorgada es desde el día de su publicación hasta el 31 de diciembre de 2004. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARIA DEL ROCIO VESGA GATTI Directora Nacional de Turismo 16368 INTERIOR Declaran infundada apelación interpuesta contra resolución que san- cionó con destitución a servidora de la PNP RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 0050-2001-IN/PNP Lima, 15 de enero del 2001 Visto, la solicitud de fecha 8.SET.2000, de registro C- 284-1431-DIPER-PNP-DAPEYEC, presentada por la EC PA PNP (D) Marlene Salomé LEON BEJARANO, con la cual interpone Recurso de Apelación contra la R.M. Nº 1066-2000-IN/PNP de 22.AGO.2000. CONSIDERANDO: Que, mediante R.M. Nº 1066-2000-IN/PNP de 22.A- GO.2000, la EC PA PNP (D) Marlene Salomé LEON BEJARANO fue sancionada con Destitución por haber incurrido en falta disciplinaria (Incumplimiento de nor- mas y actos de inmoralidad); Que, con fecha 8.SET.2000, la citada ex servidora interpone Recurso de Apelación contra la mencionada Resolución, exponiendo diversos argumentos; sin embargo, su recurso no cumple con el presupuesto jurídico de sustentarse en cuestiones de puro derecho o en diferente interpretación de las pruebas produci- das, conforme lo prevé el Art. 99º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedi- mientos Administrativos, aprobado por D.S. Nº 02-94- JUS de 28.ENE.94; Lo informado por la Oficina General de Asesoría Jurídi- ca del Ministerio del Interior, en su Informe Nº 2894-2000- IN-0202 de 24.OCT.2000; Lo propuesto por el General Director de Personal de la Policía Nacional del Perú; y, Lo opinado por el General de Policía Director General de la Policía Nacional del Perú; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Declarar Infundado el Recurso de Apelación interpuesto por la EC PA PNP (D) Marlene Salomé LEON BEJARANO, contra la R.M. Nº 1066-2000-IN/PNP de 22.AGO.2000, por los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Señor Presidente Constitucional de la República ANTONIO KETIN VIDAL HERRERA Ministro del Interior 16464 Autorizan a procurador iniciar proceso judicial contra servidor de la PNP para que reintegre al Estado gastos ocasio- nados por residentado médico RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0016-2001-IN/PNP Lima, 8 de enero del 2001 Visto, el PARTE Nº 0001.00-HC.PNP.DC-SCQ de 19.JUL.2000 y demás actuados, instruidos contra el Capi- tán Médico Asimilado PNP Freddy RAFAEL LLANGA- TO, por la comisión de faltas graves Contra la Moral, la Disciplina y el Servicio Policial; y la Solicitud que presen- tó con fecha 21.ENE.2000, pidiendo su Pase a la Situación de Retiro; CONSIDERANDO: Que, el referido Oficial Subalterno Asimilado realizó Residentado Médico en la Especialidad de Anestesiología, desde el 1.JUN.95 hasta el 31.MAY.98, cuyos gastos fueron sufragados por el Estado; consecuentemente, que- dó comprometido en continuar prestando sus servicios profesionales en la Institución Policial por el doble del tiempo utilizado en dicha especialización, conforme a lo prescrito en el Art. 66º del Dec. Leg. Nº 745 - Ley de Situación Policial del Personal de la Policía Nacional del Perú; Que, no obstante ello y antes de cumplirse el período acotado, el indicado servidor con fecha 21.ENE.2000, solicitó su Pase a la Situación de Retiro y sin esperar el resultado de su gestión, abandonó definitivamente su habitual puesto de servicio en el Departamento de Anes- tesiología del Hospital Central PNP, desde el 14.JUL.2000, desconociéndose su paradero actual; Que, resulta procedente autorizar al señor Procura- dor Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Minis- terio del Interior relativos a la Policía Nacional del Perú, para que inicie las acciones legales pertinentes contra el nombrado Oficial Subalterno Asimilado, por haber in- cumplido con su compromiso adquirido, a efectos de que reintegre al Estado el total de los gastos ocasionados por la Especialización que recibió, incluidos los intereses legales generados a la fecha de reversión; Lo prescrito en el Art. 47º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con lo estipulado por el D.L. Nº 17537 modificado por el D.L. Nº 17667; Lo dictaminado por la Oficina de Asesoría Legal de la Dirección de Personal PNP, en el Dictamen Nº 1761-2000- DIPER-PNP/DAPO-OAL de 21.SET.2000; Lo propuesto por el General Director de Personal de la Policía Nacional del Perú; y, Lo opinado por el General de Policía Director General de la Policía Nacional del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al señor Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior relativos a la Policía Nacional del Perú, para que inicie las acciones legales pertinentes contra el Capitán Médico