Norma Legal Oficial del día 18 de enero del año 2001 (18/01/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 18 de enero de 2001

IN/PNP de 22.AGO.2000, por los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Senor Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA KETIN MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior 16464

Articulo 1º.- Autorizar a la empresa FANTASY CLUB DEL PERU S.A. la explotacion de maquinas tragamonedas en el Restaurante Turistico Categoria 5 Tenedores "Tschudi" ubicado en Jr. MORDAZA Nº 554, distrito y provincia de MORDAZA, departamento de La Libertad. Articulo 2º.- La presente autorizacion faculta a la empresa FANTASY CLUB DEL PERU S.A. a explotar ocho (8) maquinas tragamonedas y noventa (90) memorias solo de lectura, cuyas caracteristicas aparecen descritas en los Anexos I y II de la presente Resolucion. Articulo 3º.- Para efectos de la explotacion de maquinas tragamonedas tengase presente lo dispuesto por el Articulo 13.2 de la Ley Nº 27153. Articulo 4º.- El plazo de vigencia de la autorizacion otorgada es desde el dia de su publicacion hasta el 31 de diciembre de 2004. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DEL MORDAZA VESGA GATTI Directora Nacional de Turismo 16368

Autorizan a procurador iniciar MORDAZA judicial contra servidor de la PNP para que reintegre al Estado gastos ocasionados por residentado medico
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0016-2001-IN/PNP MORDAZA, 8 de enero del 2001 Visto, el PARTE Nº 0001.00-HC.PNP.DC-SCQ de 19.JUL.2000 y demas actuados, instruidos contra el Capitan Medico Asimilado PNP Freddy MORDAZA LLANGATO, por la comision de faltas graves Contra la Moral, la Disciplina y el Servicio Policial; y la Solicitud que presento con fecha 21.ENE.2000, pidiendo su Pase a la Situacion de Retiro; CONSIDERANDO: Que, el referido Oficial Subalterno Asimilado realizo Residentado Medico en la Especialidad de Anestesiologia, desde el 1.JUN.95 hasta el 31.MAY.98, cuyos gastos fueron sufragados por el Estado; consecuentemente, quedo comprometido en continuar prestando sus servicios profesionales en la Institucion Policial por el doble del tiempo utilizado en dicha especializacion, conforme a lo prescrito en el Art. 66º del Dec. Leg. Nº 745 - Ley de Situacion Policial del Personal de la Policia Nacional del Peru; Que, no obstante ello y MORDAZA de cumplirse el periodo acotado, el indicado servidor con fecha 21.ENE.2000, solicito su Pase a la Situacion de Retiro y sin esperar el resultado de su gestion, abandono definitivamente su habitual puesto de servicio en el Departamento de Anestesiologia del Hospital Central PNP, desde el 14.JUL.2000, desconociendose su paradero actual; Que, resulta procedente autorizar al senor Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior relativos a la Policia Nacional del Peru, para que inicie las acciones legales pertinentes contra el nombrado Oficial Subalterno Asimilado, por haber incumplido con su compromiso adquirido, a efectos de que reintegre al Estado el total de los gastos ocasionados por la Especializacion que recibio, incluidos los intereses legales generados a la fecha de reversion; Lo prescrito en el Art. 47º de la Constitucion Politica del Peru, en concordancia con lo estipulado por el D.L. Nº 17537 modificado por el D.L. Nº 17667; Lo dictaminado por la Oficina de Asesoria Legal de la Direccion de Personal PNP, en el Dictamen Nº 1761-2000DIPER-PNP/DAPO-OAL de 21.SET.2000; Lo propuesto por el General Director de Personal de la Policia Nacional del Peru; y, Lo opinado por el General de Policia Director General de la Policia Nacional del Peru; SE RESUELVE:

INTERIOR
Declaran infundada apelacion interpuesta contra resolucion que sanciono con destitucion a servidora de la PNP
RESOLUCION SUPREMA Nº 0050-2001-IN/PNP MORDAZA, 15 de enero del 2001 Visto, la solicitud de fecha 8.SET.2000, de registro C284-1431-DIPER-PNP-DAPEYEC, presentada por la EC PA PNP (D) MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con la cual interpone Recurso de Apelacion contra la R.M. Nº 1066-2000-IN/PNP de 22.AGO.2000. CONSIDERANDO: Que, mediante R.M. Nº 1066-2000-IN/PNP de 22.AGO.2000, la EC PA PNP (D) MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA fue sancionada con Destitucion por haber incurrido en falta disciplinaria (Incumplimiento de normas y actos de inmoralidad); Que, con fecha 8.SET.2000, la citada ex servidora interpone Recurso de Apelacion contra la mencionada Resolucion, exponiendo diversos argumentos; sin embargo, su recurso no cumple con el presupuesto juridico de sustentarse en cuestiones de puro derecho o en diferente interpretacion de las pruebas producidas, conforme lo preve el Art. 99º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aprobado por D.S. Nº 02-94JUS de 28.ENE.94; Lo informado por la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio del Interior, en su Informe Nº 2894-2000IN-0202 de 24.OCT.2000; Lo propuesto por el General Director de Personal de la Policia Nacional del Peru; y, Lo opinado por el General de Policia Director General de la Policia Nacional del Peru; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar Infundado el Recurso de Apelacion interpuesto por la EC PA PNP (D) MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, contra la R.M. Nº 1066-2000-

Articulo 1º.- Autorizar al senor Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior relativos a la Policia Nacional del Peru, para que inicie las acciones legales pertinentes contra el Capitan Medico

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