Norma Legal Oficial del día 18 de enero del año 2001 (18/01/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 18 de enero de 2001

normas y los mandatos que emitan en el ambito de las funciones que cumplen. 3. Estructurar e implementar acciones especiales para asegurar el orden interno, evitando que organizaciones y personas ajenas a la democracia puedan generar un clima de inestabilidad o desorden que afecte el normal desarrollo del MORDAZA, a nivel nacional. 4. Recibir, investigar y tramitar denuncias sobre delitos electorales, actuando con rapidez y en estrecha coordinacion con las autoridades electorales y del Ministerio Publico. 5. Con la debida antelacion, tomar medidas especiales para que el Personal Policial conozca a cabalidad las normas que rigen el MORDAZA electoral y los procedimientos que le compete a la Institucion. 6. Adoptar medidas especiales para la seguridad y proteccion de: a. Los funcionarios del sistema electoral para el buen cumplimiento de sus funciones. b. Los candidatos, y en forma especial de los integrantes de las planchas presidenciales, previa evaluacion de los riesgos de seguridad. c. Los observadores nacionales y extranjeros acreditados por el Gobierno del Peru. 7. Tomar medidas especiales para la seguridad y proteccion de: a. Los locales donde funcionen el MORDAZA Nacional de Elecciones, los Jurados Electorales Especiales y las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales, a nivel nacional. b. Los locales y centros de informatica de la ONPE y de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales (ODPE) a nivel nacional, coordinando con los respectivos Jefes de Seguridad de estas entidades. c. Los locales donde se realizara el sufragio. d. El material electoral y los lugares donde este se encuentre. e. Los locales de correos f. Los locales de los partidos y agrupaciones politicas que participan en el MORDAZA electoral, de acuerdo a las circunstancias. 8. Intensificar, desde los dias previos a las elecciones, las medidas preventivas destinadas a asegurar el funcionamiento de los Servicios Publicos Esenciales. 9. Actuar en estrecha coordinacion con las Fuerzas Armadas en todos aquellos aspectos que la normatividad legal asi lo prevea. B. Direccion General de Gobierno Interior: 1. Impartir instrucciones a los prefectos, subprefectos, gobernadores y tenientes gobernadores para que actuen con total imparcialidad y neutralidad, evitando hacer uso de los recursos publicos para beneficiar a cualquier candidato. 2. Asegurar que, dentro del ejercicio de sus funciones, las autoridades politicas cumplan a cabalidad con las leyes y las normas vigentes. 3. Asegurar que las autoridades politicas administren con equidad, ponderacion y oportunidad las atribuciones que estan investidas en materia de prestacion de garantias a las reuniones publicas. 4. Esta prohibido a toda autoridad politica : a. Intervenir en el acto electoral para coactar, impedir o perturbar la MORDAZA del sufragio, utilizando la influencia de su cargo o de los medios de que esten provistas sus reparticiones. b. Practicar actos de cualquier naturaleza que favorezcan o perjudiquen su determinado partido o candidato. c. Interferir, bajo pretexto alguno, el normal funcionamiento de las Mesas de Sufragio. d. Imponer a personas que tengan bajo su dependencia la afiliacion a determinados partidos politicos o el MORDAZA por MORDAZA candidato, o hacer MORDAZA la influencia de sus cargos para coactar la MORDAZA del sufragio. e. Formar parte de algun Comite u organismo politico o hacer propaganda a favor o en contra de cualquier agrupacion politica o candidato. f. Demorar los servicios de Correos o de mensajeros que transporten o transmitan elementos o comunicaciones oficiales referentes al MORDAZA electoral.

C. Direccion General de Inteligencia del Ministerio del Interior 1. Orientar el esfuerzo de busqueda a fin de obtener informaciones sobre cualquier acto destinado a impedir, frustrar o entorpecer el MORDAZA electoral en cualquiera de sus etapas. 2. Intensificar el esfuerzo de busqueda a fin de prevenir, detectar y/o neutralizar potenciales atentados terroristas, para lo cual trabajara en estrecha coordinacion con la Policia Nacional del Peru. D. Oficina de Comunicacion Social del Ministerio del Interior 1. Coordinar y ejecutar la oportuna de difusion de las informaciones de interes publico y la administracion de los planes de Informacion y Educacion que se apliquen para el mejor cumplimiento de la mision. 2. Con el apoyo tecnico de la Oficina de Telematica, preparar un MORDAZA especial en la Pagina WEB del Ministerio del Interior que contenga informacion sobre: funciones y atribuciones del Sector Interior en el MORDAZA Electoral; enlaces a otras paginas vinculadas al MORDAZA Electoral; recomendaciones sobre comportamiento ciudadano en el MORDAZA electoral. Ademas abrira una direccion de correo electronico para que los partidos, agrupaciones politicas y los ciudadanos puedan hacer llegar sus quejas y/o sugerencias. E. Oficina de Telematica del Ministerio del Interior 1. Apoyar a la Oficina de Comunicacion Social en la elaboracion del MORDAZA en la Pagina WEB y el correo electronico. 2. Ser la receptora de las comunicaciones electronicas que remitan los partidos, las agrupaciones politicas y los ciudadanos derivandolas a la Direccion o a la Oficina correspondiente. F. Sistema de Control del Sector Interior 1. Ejercer un estricto control y supervision de las disposiciones contenidas en esta Directiva. 2. Ante la existencia de indicios o denuncias por conductas que se aparten de las leyes y las disposiciones contenidas en la presente Directiva, efectuar las investigaciones administrativas del caso e imponer las sanciones que hubiere lugar, sin perjuicio de denunciar los hechos ante las autoridades jurisdiccionales correspondientes. VI. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS A. A traves de un oportuno y efectivo esfuerzo educativo debera crearse en el Personal del Sector Interior una conciencia fundada en el respeto a las leyes y a la normatividad vigentes. B. La Direccion General de la PNP, para efecto del planeamiento de sus operaciones, debera considerar : 1. En materia de traslado, distribucion y/o recojo del material electoral a nivel nacional, el personal PNP actua a solicitud del organismo competente, en cuyo caso se dedicara exclusivamente a brindar proteccion y/o seguridad. Por ende, el Personal esta impedido de tener contacto fisico con el material electoral. 2. Los candidatos tienen la opcion de sugerir ante la Dependencia respectiva el o los nombres del Personal Policial que, por merecerle mayor confiabilidad, deban brindarles seguridad. Esta peticion sera atendida dentro de los parametros que se establezcan y siempre y cuando las circunstancias asi lo permitan. 3. El personal policial encargado de brindar seguridad a los candidatos queda terminantemente prohibido de entregar informacion a su comando, o a terceros, sobre las actividades privadas que realice el candidato a quien ofrece proteccion. 4. El servicio de seguridad de los candidatos sera instalado por un Oficial responsable que presentara al interesado al personal designado a estos efectos. En ese acto le MORDAZA conocer la mecanica del servicio, las funciones, responsabilidades y las limitantes del personal asignado.

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