Norma Legal Oficial del día 18 de enero del año 2001 (18/01/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

MORDAZA, jueves 18 de enero de 2001

NORMAS LEGALES

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Aprueban Reglamento del MORDAZA Concurso Publico de Meritos del PROFA para el Curso Especial de Preparacion de Aspirantes del Poder Judicial y del Ministerio Publico
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 015-2001-AMAG/DG MORDAZA, 17 de enero de 2001 VISTO: El Memorandum Nº 063-2001-AMAG/DA de fecha 17 de enero del 2001, remitido por el Director Academico, que eleva para aprobacion el proyecto de Reglamento del MORDAZA Concurso Publico de Meritos del PROFA para el Curso Especial de Preparacion para Aspirantes de todos los niveles del Poder Judicial y del Ministerio Publico, presentado por la Coordinadora General del Programa de Formacion de Aspirantes; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nº 169-2000AMAG/DG de fecha 11 de diciembre de 2000 se convoco al MORDAZA Concurso Publico de Meritos del PROFA para el Curso Especial de Preparacion para Aspirantes a magistrados de todos los niveles del Poder Judicial y del Ministerio Publico; Que, las inscripciones y recepcion de expedientes para la participacion en el MORDAZA de admision de esta MORDAZA Convocatoria, se realizo del 4 al 6 de enero de 2001, habiendose dispuesto su ampliacion del 9 al 10 de enero de 2001 en virtud de la Resolucion Directoral Nº 003-2001AMAG/DG, por lo que resulta necesario aprobar el Reglamento del MORDAZA Concurso Publico de Meritos del PROFA para el Curso Especial de Preparacion para Aspirantes de todos los niveles del Poder Judicial y del Ministerio Publico, Que, en uso de las facultades conferidas por la Ley Organica de la Academia de la Magistratura, Ley Nº 26335; el Estatuto de la Academia de la Magistratura aprobado por Resolucion Nº 01-94/AMAG-CD, la Resolucion Administrativa Nº 250-SE-TP-CME-PJ; en aplicacion de la Ley Nº 27368; y con cargo de dar cuenta oportunamente al Consejo Directivo de la Academia de la Magistratura; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aprobar el Reglamento del MORDAZA Concurso Publico de Meritos del PROFA para el Curso Especial de Preparacion para Aspirantes de todos los niveles del Poder Judicial y del Ministerio Publico, compuesto por 4 Titulos, 12 Articulos y tres Disposiciones Finales y Complementarias, el mismo que forma parte integrante de la presente Resolucion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA YEPEZ MORDAZA Director General REGLAMENTO DEL MORDAZA CONCURSO PUBLICO DE MERITOS DEL PROFA PARA EL CURSO ESPECIAL DE PREPARACION PARA ASPIRANTES DE TODOS LOS NIVELES DEL PODER JUDICIAL Y DEL MINISTERIO PUBLICO TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1º.- Contenido y alcance El presente Reglamento establece las normas generales del MORDAZA Concurso Publico de Meritos del PROFA para el Curso Especial de Preparacion para Aspirantes de todos los niveles del Poder Judicial y del Ministerio Publico, que deseen postular ante al Consejo Nacional de

la Magistratura para los cargos de Vocales Supremos, Fiscales Supremos, Vocales Superiores, Fiscales Adjuntos Supremos, Fiscales Superiores, Jueces Especializados (en lo Civil, Penal, Laboral y de Familia) o Mixtos, Fiscales Adjuntos Superiores, Fiscales Provinciales, Fiscales Adjuntos Provinciales, y Jueces de Paz Letrados. Articulo 2º.- Base Legal El presente Reglamento tiene como base legal el Articulo 2º literal a); y, Articulo 11º literales a) y b) de la Ley Organica de la Academia de la Magistratura Nº 26335. Asimismo, el Articulo 7º literal a); y Articulo 31º del Estatuto de la Academia aprobado por Resolucion Nº 0194/AMAG-CD. Articulo 3º.- MORDAZA de Admision El MORDAZA de admision al MORDAZA Curso del Programa de Formacion de Aspirantes, Curso Especial de Preparacion para Aspirantes de todos los niveles del Poder Judicial y del Ministerio Publico, esta integrado por dos etapas: 1. Primera etapa : Examen escrito de conocimientos, sujeta a calificacion cuantitativa. 2. MORDAZA etapa : Evaluacion de los antecedentes profesionales y academicos, sujeta a calificacion cualitativa. TITULO II EXAMEN ESCRITO DE CONOCIMIENTOS Articulo 4º.- Objeto del examen escrito de conocimientos El examen escrito de conocimientos para todos los niveles de aspirantes se realiza en un solo acto y tiene por objeto evaluar el razonamiento logico y verbal, asi como el razonamiento juridico en materia constitucional: penal y procesal penal y, en materia civil y procesal civil. Se aplica en forma objetiva a traves de preguntas de opcion multiple. Los postulantes podran hacer uso en este acto, como material de apoyo, la Constitucion Politica del Estado y los codigos que correspondan a las materias juridicas MORDAZA senaladas. El material en referencia puede contener unicamente los textos normativos correspondientes, no admitiendose textos que contengan comentarios doctrinarios o analogos. Articulo 5º.- Nota del examen escrito La nota del examen escrito corresponde a la calificacion cuantitativa del MORDAZA de admision. La nota aprobatoria minima para el examen escrito de conocimientos es de once (11.00) puntos en la escala vigesimal. No es aplicable el redondeo de las cifras decimales a la cifra superior inmediata, de los calificativos obtenidos. TITULO III EVALUACION DE LOS ANTECEDENTES PROFESIONALES Y ACADEMICOS Articulo 6º.- Postulantes sujetos a evaluacion de los antecedentes profesionales y academicos Los postulantes que hayan obtenido una nota aprobatoria minima de once (11.00) dentro de la escala vigesimal en el examen escrito de conocimientos, participaran en la MORDAZA etapa destinada a la evaluacion de los antecedentes profesionales y academicos. Para este efecto, la Academia de la Magistratura publicara la relacion de los postulantes que aprobaron la primera etapa y que se encuentran aptos para la MORDAZA etapa. Articulo 7º.- Finalidad de la evaluacion de los antecedentes profesionales y academicos La evaluacion de los antecedentes profesionales y academicos se realiza a traves de la verificacion y analisis de la documentacion que presento el postulante al momento de su inscripcion, a fin de determinar si reune los requisitos establecidos en la Ley Organica del Poder Judicial o Ley Organica del Ministerio Publico; asi como en la Resolucion Directoral Nº 169-2000-AMAG/DG, segun sea el cargo al que postula. La documentacion presentada por el postulante constituye su expediente personal y permanece en el archivo de la Academia de la Magistratura, si aprueba el MORDAZA de admision. En caso contrario, el postulante debera retirarlo en el plazo de sesenta (60) dias contados a partir del dia siguiente de la publicacion del resultado final del Concurso, personalmente o mediante apoderado designa-

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