Norma Legal Oficial del día 11 de febrero del año 2001 (11/02/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 11 de febrero de 2001

91.323 Reservado. 91.325 Aeronaves de Categoria Primaria: Limitaciones de Operacion. 91.326-91.399 Reservado SUBPARTE E: MANTENIMIENTO, MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y ALTERACIONES 91.401 Aplicabilidad. 91.403 Generalidades. 91.405 Requerimientos de Mantenimiento. 91.407 Operaciones despues del Mantenimiento, Mantenimiento Preventivo, Reconstruccion o Alteracion. 91.409 Inspecciones. 91.411 Inspecciones y Prueba de Sistemas de Altimetro y Equipos de Aviso de Altitud. 91.413 Inspecciones y Pruebas del Transponder ATC. 91.415 Cambios de los Programas de Inspeccion de Aeronaves. 91.417 Registros de Mantenimiento. 91.419 Transferencia de Registros de Mantenimiento. 91.421 Registro de Mantenimiento de Motores Reconstruidos o Refabricados. 91.423-91.499 Reservado. SUBPARTE F: AERONAVES MORDAZA Y MULTIMOTORES PROPULSADOS POR TURBINAS. 91.501 Aplicabilidad. 91.502 Requerimiento de un Manual de Procedimientos Standard de Operaciones. 91.503 Equipamento de Vuelo e Informacion Operativa. 91.505 Familiaridad con las Limitaciones de Operacion y con el Equipo de Emergencia. 91.507 Requerimientos de Equipamento: Operaciones VFR Sobre Techo de Nubes o Nocturnas. 91.509 Equipamentos de Supervivencia para Operaciones Sobre el Agua. 91.511 Equipo de Radio para Operaciones sobre el Agua. 91.513 Equipo de Emergencia. 91.515 Reglas de Altitud de Vuelo. 91.517 Senales de No Fumar y Cinturones de Seguridad. 91.519 Instrucciones al Pasajero. 91.521 Arneses de Hombro. 91.523 Equipajes acompanados. 91.525 Transporte de Carga. 91.527 Operacion en condiciones de nieve. 91.529 Requerimientos del Ingeniero de Vuelo. 91.531 Requerimientos de Copiloto. 91.533 Requerimientos de Tripulantes Auxiliares. 91.534 Limitaciones de Tiempo de Vuelo, de Jornada y de Descanso de Tripulantes Aereos. 91.535 Almacenaje de alimentos, bebidas y equipos de servicio del pasajero, durante el movimiento de la aeronave en la superficie, despegue y aterrizaje. 91.537-91.599 Reservado SUBPARTE G: EQUIPAMIENTO ADICIONAL Y REQUERIMIENTOS DE OPERACION PARA AERONAVES MORDAZA DE LA CATEGORIA TRANSPORTE. 91.601 Aplicabilidad. 91.603 Dispositivos Sonoros de Alerta de Velocidad. 91.605 Limitaciones en Peso para Aviones Civiles de Categoria Transporte. 91.607 Salida de Emergencia para Aviones que Transporten Pasajeros. 91.609 Registradores de Vuelo y Registradores de Voces de Cabina. 91.611 Autorizacion para Vuelo Ferry con un Motor Inoperativo. 91.613 Materiales para Interiores de Compartimientos. 91.615-91.699 Reservado.

SUBPARTE H: OPERACION DE AERONAVES EXTRANJERAS DENTRO DE LA REPUBLICA PERUANA Y AERONAVES PERUANAS EN EL EXTRANJERO. 91.701 Aplicabilidad. 91.703 Operaciones de Aeronaves Civiles con Registros fuera de la Republica Peruana. 91.705 Reservado. 91.707 Reservado 91.709 Reservado. 91.711 Reglas especiales para aeronaves civiles extranjeras. 91.713 Reservado. 91.715 Aeronaves civiles extranjeras: Constancias de Conformidad. 91.717-91.799 Reservado. SUBPARTE I: (RESERVADO) SUBPARTE J: PERMISOS (WAIVERS) 91.901 Reservado. 91.903 Politica y Procedimientos. 91.905 Listado de Reglas Sujetas a Permisos. 91.907-91.999 Reservado. APENDICES Apendice A Apendice B Apendice C Apendice D Apendice E Apendice F Operaciones de Categoria II: Manual, Instrumentos, Equipamento y Mantenimiento. Autorizacion para exceder MACH 1. (Reservado). Reservado. Reservado. Especificaciones de Registradores de Vuelo Para Aviones. Especificaciones de Registradores de Vuelo Para Helicopteros.

SUBPARTE C: REQUERIMIENTOS DE EQUIPOS, INSTRUMENTOS Y DE CERTIFICADOS 91.201 Reservado 91.203 Aeronaves Civiles: Certificaciones Requeridas (a) Excepto por lo previsto en la Seccion 91.715 de esta Parte, ninguna persona puede operar una aeronave civil a menos que dentro de la misma se encuentre: (1) Para Aeronaves con matricula Peruana: Un Certificado de Aeronavegabilidad de la Republica Peruana apropiado y vigente. Cada Certificado de Aeronavegabilidad tiene vigencia de un ano, (excepto un permiso especial de vuelo, una MORDAZA de las especificaciones de operacion aplicables; las secciones apropiadas del Manual del Operador de Servicios de Transporte Aereo requerido por la RAP Partes 121 y 135 que contiene la porcion de las especificaciones de operacion emitidas de acuerdo con la Seccion 21.197 (c) de la RAP Parte 21, o una autorizacion bajo la Seccion 91.611 de esta Parte),y debe tener indicados: la matricula asignada a la aeronave por el Registro Publico de Aeronaves del Peru, el modelo y el numero de serie asignado por el fabricante, el nombre del operador y el MORDAZA de permiso de operacion autorizado. Para Aeronaves con matricula extranjera de operadores Peruanos: Una MORDAZA de Conformidad de la Republica Peruana apropiada y vigente. Cada MORDAZA de Conformidad tiene vigencia de un ano, y debe tener indicados: la matricula asignada por el MORDAZA de matriculacion, el modelo y el numero de serie asignado por el fabricante, el nombre del operador, MORDAZA de permiso de operacion autorizado y MORDAZA de tener aprobados por la autoridad del MORDAZA de matricula: el certificado de aeronavegabilidad, el programa de mantenimiento y la Lista de Equipo Minimo de la aeronave (LEMMEL) (2) Un Certificado de Matricula de la Republica Peruana expedido a su propietario o a su arrendatario

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