TEXTO PAGINA: 23
Pág. 198721 NORMAS LEGALES Lima, martes 13 de febrero de 2001 nente el uso de los materiales educativos, biblioteca de aula y equipamiento recibidos del Ministerio de Educa- ción, autoridades locales u otros donantes; así como la elaboración creativa de nuevos materiales. Traslado de centro educativo. En caso de trasla- do de un niño a otro centro educativo, la dirección otorgará al padre de familia o apoderado: los documen- tos personales, la Ficha Integral y el "Informe de Mis Progresos". Universalización de la Educación Inicial. El Ministerio de Educación compromete a instituciones públicas y privadas, gobiernos locales, organizaciones de base, a la ejecución de un programa de alternativas no convencionales de atención a la infancia, que pro- muevan en los padres de familia y en la comunidad en general una Cultura de Crianza. En este marco y tomando como base la campaña de universalización de la matrícula oportuna (UMO), se propicia la incorporación de niñas y niños de 3 a 5 años que no estuvieren atendidos en el sistema educativo. El proceso educativo para la población vernáculo- hablante, se realiza en lengua materna con componen- tes del castellano como segunda lengua a nivel oral. 2. Educación Primaria de Menores Ingreso, matrícula, traslado. Son requisitos mí- nimos para la matrícula en un centro educativo de educación Inicial, Primaria y Especial, la partida de nacimiento y la presencia del padre o apoderado del alumno. El director del centro educativo brindará todas las facilidades a los alumnos que no cuenten con partida de nacimiento. Para el ingreso y matrícula en el Primer Grado de Educación primaria, se debe haber cumplido seis años al 31 de marzo del año de la matrícula. Pueden ingresar aquellos niños o niñas que hayan cumplido seis años hasta el 31 de julio inclusive, siempre que hayan reali- zado estudios de Educación Inicial-5 Años. En los cen- tros educativos no se exigirá otros requisitos. Para la ratificación de matrícula se requiere el Informe del Progreso del último grado cursado, así como la presencia del padre o apoderado. Es responsabilidad de la Dirección del centro educa- tivo que la matrícula, ratificación de matrícula, trasla- do, o cualquier otro acto administrativo, no se condicio- ne o impida por la desaprobación del alumno en el grado; o la inasistencia del alumno o la alumna al Programa de Recuperación Pedagógica organizado por el propio centro educativo, cuando sus programas de estudio no son experimentales. Currículo. El Programa de Estudios de educación primaria es de carácter flexible y por tanto, no procede la estructuración de horarios rígidos de clases por áreas de desarrollo. Los profesores de Educación Física de los centros educativos continúan prestando sus servicios, con la misma carga horaria, dentro del Área Personal Social . Programan sus actividades conjuntamente con el profe- sor de aula y dentro de los proyectos o unidades de aprendizaje que se planifiquen para el grado. En quinto y sexto grados, las actividades de Educación Física se programan en módulos de aprendizaje específico. Los profesores de Arte de los centros educativos conti- núan prestando sus servicios, con su misma carga horaria, para hacerse cargo de esta disciplina, dentro del Área Comunicación Integral . Programarán sus actividades con- juntamente con el profesor de aula y dentro de los proyectos o unidades de aprendizaje que se planifiquen para el grado. En quinto y sexto grados, las actividades de Arte se progra- man en módulos de aprendizaje específico. Los Directores de los centros educativos, de acuerdo con su Proyecto de Desarrollo Institucional (PDI) dispo- nen lo necesario para la programación e implementa- ción de los Talleres Curriculares, en el tercio curricular de su Proyecto Curricular de Centro. Materiales educativos distribuidos por el Mi- nisterio de Educación. Los responsables de las dife- rentes áreas de ejecución del Ministerio de Educación tienen la responsabilidad de garantizar la distribuciónoportuna de los materiales educativos entregados por el Ministerio de Educación a cada niño, docente y sección de Educación Primaria. Asimismo, la de planificar, organizar y hacer el seguimiento a las acciones de capacitación y monitoreo que fortalezcan el uso pedagó- gico de los materiales en sus áreas de ejecución, por medio de diferentes estrategias. En los órganos intermedios se constituirá para uso de docentes y especialistas, una biblioteca especializa- da con los Módulos Educativos (Cuadernos de Trabajo, Guías del docente, Módulos de Biblioteca de Aula, Módulo de Materiales Didácticos, Textos de Ciencia y Ambiente y Textos de Personal Social para el 5º y 6º grados), que se incrementará periódicamente. Los Directores de los centros educativos promove- rán y monitorearán el uso adecuado de la Biblioteca de Aula, Módulo de Materiales, Cuadernos de Trabajo y Guías para el docente; y estimularán la producción creativa de materiales nuevos. 3. Educación Especial: Matrícula. La matrícula en los programas no esco- larizados de educación especial se podrá realizar en cualquier época del año, en cambio, la matrícula en los Centros de Educación Especial públicos se realizará sólo al inicio del año escolar. La escolarización de los educandos con discapacidad en los centros de educación especial, público o privado, culminará al haber desarrollado los logros básicos esta- blecidos para alcanzar una integración familiar, esco- lar y laboral de acuerdo con sus potencialidades, dichos logros deberán estar contemplados en el Proyecto Cu- rricular de Centro. No hay límite de edad para los matriculados en estos centros educativos públicos o privados. Aquellas perso- nas con discapacidad que no hubiesen accedido oportu- namente a una escolarización y presenten una extrae- dad significativa al respecto, recibirán la atención del centro educativo especial de forma no escolarizada, a través de programas individuales con base en la familia y comunidad. En los Centros de Educación Especial se atenderá prioritariamente a los niños con discapacidad severa o multidiscapacidad. Los alumnos con discapacidad leve podrán ser integrados a la escuela regular. Los Centros de Educación Especial no matricularán a educandos que presenten problemas leves de lengua- je, problemas de aprendizaje y fronterizos, quienes deberán permanecer en sus centros educativos regula- res recibiendo apoyo de los Servicios de Atención a la Diversidad. En los Programas de Intervención Temprana (PRI- TE), se atenderá exclusivamente a los niños(as) de alto riesgo o riesgo establecido de 0 a 5 años, durante los doce meses del año. Los educandos con facultades sobresalientes perma- necerán en el centro educativo regular recibiendo pro- gramas de enriquecimiento con el apoyo de profesiona- les de los Centros y Programas de Educación Especial. Currículo, gestión, organización y participa- ción de la comunidad. En los centros educativos de Educación Especial se aplicarán los Programas Curri- culares de Educación Inicial, Educación Primaria y Educación Ocupacional, con las adecuaciones del caso a las características y necesidades de los alumnos y de su contexto. La Propuesta Pedagógica y de Gestión del Proyecto de Desarrollo Institucional de los Centros y Programas de Educación Especial públicos o privados deberá con- siderar como objetivo fundamental la integración fami- liar, escolar y laboral de sus educandos. Los Centros y Programas de Educación Especial, a través de los Servicios de Atención a la Diversidad (SADs), se responsabilizan de planificar, ejecutar y evaluar las acciones de Integración Escolar, Laboral, Familiar y Social de los alumnos. La organización y denominación de las secciones, grados y talleres en los Centros de Educación Especial será la misma que en la educación regular.