TEXTO PAGINA: 22
Pág. 198720 NORMAS LEGALES Lima, martes 13 de febrero de 2001 blecidas por la dirección del centro educativo antes del inicio del siguiente año lectivo. 4. Tutoría Todos los docentes ejercen una función orientadora. La tutoría es un servicio de acompañamiento perma- nente y orientación a los alumnos para contribuir a su desarrollo afectivo cognitivo y al mejoramiento de su desempeño escolar. Está a cargo del tutor, quien desem- peña su rol en coordinación con otros docentes y en permanente comunicación con los padres de familia, buscando en todo momento favorecer el desarrollo inte- gral de los alumnos. Los tutores deben ser capacitados en el manejo de técnicas de participación, comunica- ción, toma de decisiones y otras estrategias que favorez- can su rol. En los centros educativos públicos y privados de primaria y secundaria se dispondrá, por lo menos, de una hora semanal para la labor tutorial dentro de la jornada laboral, la misma que no se ocupará con activi- dades administrativas, académicas o ajenas a la fun- ción misma de orientación. Cada centro educativo defi- nirá las modalidades de tutoría personal y grupal que garantice el mejor desarrollo de este servicio. En los centros educativos, los tutores son designados por el director, en consulta con los subdirectores, si los hubie- se, teniendo en cuenta, entre otras características, la empatía, la capacidad de escucha, la confiabilidad, así como la ética y los valores. Dentro del ámbito de la labor tutorial se inscriben entre otras, la promoción de acciones de prevención del uso indebido de drogas, educación sexual, prevención de la violencia escolar y atención a menores con ocupa- ción temprana; así como de participación y organiza- ción infantil y juvenil. 5. Rotación de los Docentes Los Directores de centros educativos públicos de Educación Inicial y Primaria de Menores, o de Centros de Educación Bilingüe Intercultural, asegurarán que los docentes que han sido capacitados en un ciclo deter- minado, permanezcan en este mismo ciclo y roten en él una vez, como mínimo. 6. Planes de Estudio de centros educativos con programas experimentales, bilingües o bi- culturales Los centros educativos privados, bilingües, bicultu- rales, de la Fuerza Armada o que tienen convenio con el Ministerio de Educación y están autorizados para tener planes de estudios experimentales, continuarán con ellos, teniendo en cuenta las orientaciones normativas. Esta autorización se dará también a centros educativos públicos propuestos por las Direcciones Nacionales de la Sede Central. El proceso y los resultados de la experimentación se compartirán con el Ministerio de Educación para el enriquecimiento de las políticas oficiales y el aprovechamiento de los conocimientos generados en el continuo mejoramiento de la educación nacional. 7. Estímulos y sanciones en los centros educa- tivos Los estímulos y sanciones se norman en los regla- mentos internos de cada centro educativo público y privado. Tienen como criterio mejorar la capacidad de convivencia de los alumnos y propiciar su crecimiento personal. Están prohibidos los castigos físicos, así como cualquier sanción que represente una humillación o maltrato corporal y emocional para el alumno. Las sanciones deben conducir a la reflexión crítica del alumno respecto de su comportamiento, así como a la solución de las circunstancias y dificultades que propi- ciaron el hecho que se busca evitar. Los estímulos deben propiciar el mejoramiento colectivo de la convivencia y la práctica de valores.8. Número mínimo de alumnos por sección para centros educativos: a) En el caso de los centros educativos urbanos y rurales en general: Nivel o Modalidad Zona Urbana Zona Rural y de Frontera. Inicial Escolarizada 25 alumnos 20 alumnos No Escolarizada 20 10 alumnos. De acuerdo a la demanda y a la disponi- bilidad de plazas. Primaria de Menores Escuelas Las secciones podrán insta- polidocentes 35 alumnos larse con un menor número de alumnos que en la zona urbana Escuelas De acuerdo a la demanda y Unidocentes ------------- a la disponibilidad de plazas. Escuelas Sólo en casos justificados Las secciones podrán insta- Multigrado por el órgano intermedio del larse con un menor número Ministerio de Educación se de alumnos que en la zona autoriza el funcionamiento de urbana, de acuerdo a la escuelas multigrado en el demanda y a la disponibili- área urbana. dad de plazas. En el caso de educación especial, se requiere un mí- nimo de 6 alumnos en aulas para educandos con diferen- tes grados de discapacidad Especial de moderada a profunda Las secciones podrán insta- multidiscapacidad y con eda- larse con un menor número des cronológicas similares; de alumnos que en la zona y, un mínimo de 15, en el urbana caso de aulas y talleres para educandos con discapacidad leve y con edades cronoló- gicas similares. Secundaria Menores Ciencias y Las secciones podrán insta Humanidades 35 alumnos larse con un menor número Técnica 25 alumnos de alumnos que en zona urbana. Primaria y Secun- daria de Adultos Ciencias y Las secciones podrán insta Humanidades 35 alumnos larse con un menor número Técnica 25 alumnos de alumnos que en zona urbana V. NORMAS ESPECÍFICAS SEGÚN NIVELES Y MODALIDADES EDUCATIVAS 1. Educación Inicial Ingreso, Matrícula, Ratificación de Matrícula y traslado. Para el ingreso y matrícula en los servicios de cuna y estimulación temprana, la edad del niño o niña debe fluctuar entre 0 a 3 años y para los Programas No Escolarizados de Educación Inicial-PRONOEI y Jardines de Niños, desde 3 años cumplidos hasta los 6 años. En caso que el niño o niña no tengan partida de nacimiento, los centros educativos deben establecer coordinaciones con las instituciones pertinentes, a fin de obtener su Partida. Para la ratificación de la matrícula se presentará el “Informe de mis Progresos”. Currículo, medios y materiales educativos. Para la atención de los niños de 5 años, el Programa Nacional vigente es el Programa Curricular Básico de Educación Inicial 5 años (1997 – 2000). Se incorpora a los padres de familia y comunidad en el proceso de aprendizaje de los niños y niñas en los CEI y PRONOEI. Participan activamente en el proceso de diversificación curricular, la puesta en práctica del currículo y la evaluación. La dirección de los centros educativos de Educación Inicial 5 años promueven de manera activa y perma-