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Pág. 207351 NORMAS LEGALES Lima, lunes 23 de julio de 2001 ción de documentos que permitan evidenciar su acredi- tación; Que, para resolver los casos a que se refiere el párrafo anterior y a fin de verificar que la persona que solicita atención es asegurado de ESSALUD se requiere que presente su última o penúltima boleta de pago de remu- neraciones; Que, asimismo en los casos en que el afiliado requiera atenciones de salud por emergencia y no se encuentre acreditado en el sistema, es necesario que suscriba un pagaré por las atenciones que recibirá, sin que ello impida la oportuna atención que requiera; De conformidad con las facultades conferidas en la Ley Nº 27056, Ley de Creación del Seguro Social de Salud - EsSalud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Documentos de identificación de los afiliados Para recibir atenciones de salud los afiliados regula- res, agrarios, regímenes especiales y sus derechohabien- tes mayores de edad presentarán su documento de iden- tidad. El documento de identidad personal, puede ser el Docu- mento Nacional de Identidad, Libreta Electoral, Carné de extranjería, Pasaporte, Carné de Fuerzas Policiales o Ar- madas. Excepcionalmente, los hijos mayores de edad inca- pacitados también podrán identificarse con el Certificado de Discapacidad. Artículo 2º.- Atención de afiliados no acreditados o que no figuran registrados Los afiliados regulares, agrarios dependientes y regí- menes especiales no acreditados o que no figuren regis- trados en los sistemas de admisión de los centros asisten- ciales, cuando soliciten atención médica deberán presen-tar los documentos indicados en el Anexo de la presente Resolución. En el caso de los derechohabientes de los asegurados de regímenes especiales, agrarios independientes y tra- bajadores del hogar, que no figuren registrados, adicio- nalmente a los formularios de pagos presentarán los requisitos de inscripción establecidos en el TUPA de ESSALUD. Artículo 3º.- Atenciones a asegurados con dere- cho especial de cobertura por desempleo Los asegurados con derecho especial de cobertura por desempleo que no se encuentren acreditados en los sistemas de admisión de los centros asistenciales, cuan- do soliciten cita deberán presentar la carta de latencia que otorgan las agencias de atención al público en Lima o las sucursales y Subgerencias de Recaudación en pro- vincias. Artículo 4º.- Facultades para normas complemen- tarias Facultar a la Gerencia Central de Recaudación y Segu- ros, a dictar las normas complementarias que sean necesa- rias para la aplicación de la presente Resolución. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Déjese sin efecto todas las normas que se opongan a lo establecido en la presente Resolución. Segunda.- La presente Resolución entrará en vigencia en un plazo de sesenta (60) días hábiles contados desde el día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. IGNACIO BASOMBRIO ZENDER Presidente Ejecutivo ANEXO DOCUMENTOS PARA ATENCIÓN DE ASEGURADOS NO ACREDITADOS O NO REGISTRADOS EN CENTROS ASISTENCIALES TIPO DE ASEGURADO ADMISIÓN EMERGENCIA HOSPITALIZACION O HEMODIÁLISIS PROGRAMADA TRABAJADORES DEPENDIENTES (Regulares y agrarios) Titular -DNI cuando corresponda -DNI cuando corresponda -DNI cuando corresponda Derechohabientes (cónyuge o -Original o copia de última o penúltima boleta de -Original o copia de última o penúltima boleta de -Verificación previa de acreditación (Original de tres concubino e hijos menores y pago del titular pago del titular, o pagaré últimas boletas de pago o constancia de trabajo mayores incapacitados) del titular o verificación del vínculo laboral por parte de ESSALUD) MAGISTERIO Titular -DNI cuando corresponda -DNI cuando corresponda -DNI cuando corresponda Derechohabientes (cónyuge o -Original o copia de última o penúltima boleta o -Original o copia de última o penúltima boleta de -Original o copia de última o penúltima boleta de concubino e hijos menores y constancia de trabajo pago, o pagaré pago o constancia de trabajo mayores incapacitados) PENSIONISTAS Titular -DNI cuando corresponda -DNI cuando corresponda -DNI cuando corresponda Derechohabientes (cónyuge o -Original o copia de última o penúltima boleta de -Original o copia de última o penúltima boleta de -Original o copia de última o penúltima boleta de concubino e hijos menores y pago de pensionistas, o constancia de pensionista pago de pensionistas, o constancia de pensio- pago de pensionistas, o constancia de pensionista mayores incapacitados) nista, o pagaré TRABAJADORES DEL HOGAR O AGRARIOS INDEPENDIENTES Titular -DNI cuando corresponda -DNI cuando corresponda -DNI cuando corresponda Derechohabientes (cónyuge o -Original o copia de tres últimos formularios de -Original o copia de tres últimos formularios de -Original o copia de tres últimos formularios de concubino e hijos menores y pago pago, o pagaré pago mayores incapacitados) REGIMENES ESPECIALES Titular -DNI cuando corresponda -DNI cuando corresponda -DNI cuando corresponda Derechohabientes (cónyuge e hijos -Original o copia de tres últimos formularios de -Original o copia de tres últimos formularios de -Original o copia de tres últimos formularios de menores) pago pago, o pagaré pago 27545