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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE JULIO DEL AÑO 2001 (24/07/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 8

Pág. 207362 NORMAS LEGALES Lima, martes 24 de julio de 2001 Visto el Expediente Nº 30389-2001 y el Oficio Nº 429- 2001-INC/DN cursado por el Director Nacional del Insti- tuto Nacional de Cultura; y, CONSIDERANDO: Que, con Of. RE. (CLT) Nº 2-8-C/226 la Oficina de Promoción Cultural del Ministerio de Relaciones Exte- riores solicita la autorización de salida temporal del país de diversos bienes declarados Patrimonio Cultu- ral de la Nación de propiedad del señor Carlos Daniel Chávez - Taffur Schmidt, Consejero en el Servicio Diplomático de la República, quien mediante Resolu- ción Ministerial Nº 115-2001/RE, de fecha 12 de febre- ro de 2001, ha sido trasladado a la Embajada del Perú en Canadá; Que, mediante Informe Nº 245-2001-INC/DRCPMA, la Dirección de Registro y Catalogación del Patrimonio Mueble Arqueológico del Instituto Nacional de Cultura opina favorablemente por la salida temporal de diez (10) piezas arqueológicas pertenecientes al Patrimonio Cul- tural de la Nación, de propiedad del señor Carlos Daniel Chávez - Taffur Schmidt, detalladas en el referido Infor- me; Que, el Artículo 13º de la Ley Nº 24047 - Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Nación - esta- blece, entre otros asuntos, que los bienes muebles del Patrimonio Cultural de la Nación no pueden salir del territorio nacional sin autorización previa otorgada me- diante Resolución Suprema; Que, corresponde al Instituto Nacional de Cultura cautelar y difundir el Patrimonio Cultural de la Nación, tanto en el país como en el extranjero, por lo que esta Institución recomienda autorizar la salida temporal del país de los bienes a que se refiere el segundo consideran- do de la presente Resolución; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla- tivo Nº 560; Ley Nº 24047; Decreto Ley Nº 25762, modifi- cado por la Ley Nº 26510; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- AUTORIZAR la salida temporal del país, a partir de la fecha de publicación de la presente Resolución y hasta que culminen las funciones del señor Carlos Daniel Chávez - Taffur Schmidt como Consejero en el Servicio Diplomático de la República en la Embajada del Perú en Canadá, de diez (10) piezas arqueológicas de su propiedad integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación, para ser exhibidas en la residencia de la citada Embajada, de acuerdo al siguiente detalle: 1. Un (1) cántaro escultórico antropomorfo de cerámi- ca - Chancay - Nº 38,517-CDCHTS-01/INC-2001. 2. Un (1) cántaro escultórico antropomorfo de cerámi- ca - Chancay - Nº 38,518-CDCHTS-02/INC-2001. 3. Un (1) cántaro escultórico antropomorfo de cerámi- ca - Chancay - Nº 38,519-CDCHTS-03/INC-2001. 4. Un (1) cántaro escultórico antropomorfo de cerámi- ca - Chancay - Nº 38,520-CDCHTS-04/INC-2001. 5. Un (1) cántaro de cerámica - Chancay - Nº 38,521- CDCHTS-05/INC-2001. 6. Un (1) cántaro de cerámica - Chancay - Nº 38,522- CDCHTS-06/INC-2001. 7. Un (1) cántaro de cerámica - Chancay - Nº 38,523- CDCHTS-07/INC-2001. 8. Un (1) fragmento de paño textil - Chancay - Nº 38,524-CDCHTS-08/INC-2001. 9. Un (1) fragmento de paño textil - Chancay - Nº 38,525-CDCHTS-09/INC-2001. 10. Un (1) fragmento de paño textil - Chancay - Nº 38,526-CDCHTS-10/INC-2001. Artículo 2º.- Al culminar sus funciones como Conseje- ro en el Servicio Diplomático de la República en la Embajada del Perú en Canadá, el señor Carlos Daniel Chávez - Taffur Schmidt queda obligado a reingresar al país los bienes culturales a que se refiere la presente Resolución, comunicando tal hecho al Instituto Nacional de Cultura para su respectiva verificación. Artículo 3º.- El Instituto Nacional de Cultura adopta- rá las medidas más adecuadas para verificar las caracte- rísticas, estado de conservación y autenticidad de losbienes culturales a que se contrae la presente Resolución al momento de su retorno al país. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República MARCIAL RUBIO CORREA Ministro de Educación 27796 JUSTICIA Dan por concluida designación de Pro- curador Ad Hoc que asumió la defensa del Estado en la Acción de Amparo y Acción Popular interpuestas contra los efectos de los DD.SS. Nºs. 011-93-TR y 01-94-TR RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 308-2001-JUS Lima, 23 de julio de 2001 Visto el Oficio Nº 371-2001-EM/SG, de fecha 16 de julio de 2001, del Ministerio de Energía y Minas; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 064-94-JUS, de fecha 22 de julio de 1994, se designó al doctor Fernando Elías Mantero, como Procurador Público Ad Hoc, para que asuma la representación y defensa judicial del Estado, en la Acción de Amparo y Acción Popular interpuestas contra los efectos de los Decretos Supremos Nºs. 011-93-TR y 01-94-TR; Que, habiendo culminado el trámite de los referidos procesos es necesario expedir la correspondiente resolu- ción administrativa que dé por concluida la designación del citado profesional; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 47º de la Constitución Política del Perú, en los Decretos Leyes Nºs. 17537 y 25993, y en el Reglamento para la designa- ción de Procuradores Públicos, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2001-JUS; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida, la designación del doctor FERNANDO ELIAS MANTERO, como Procura- dor Público Ad Hoc, a que se refiere la Resolución Supre- ma Nº 064-94-JUS. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por los Ministros de Justicia y de Energía y Minas. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República DIEGO GARCIA-SAYAN LARRABURE Ministro de Justicia CARLOS HERRERA DESCALZI Ministro de Energía y Minas 27794 Designan Procurador Ad Hoc del Ministe- rio de Transportes, Comunicaciones, Vi- vienda y Construcción que asumirá de- fensa del Estado en procesos expropiato- rios a que se refiere la Ley Nº 27239 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 309-2001-JUS Lima, 23 de julio de 2001