Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE JULIO DEL AÑO 2001 (25/07/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 43

Pág. 207453 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 25 de julio de 2001 CAPITULO V EMISIONES DE GASES CONTAMINANTES Artículo 35º.- LIMITES MAXIMOS PERMISI- BLES PARA VEHICULOS EN CIRCULACION A NIVEL NACIONAL. Se adecuará a la norma que emita posteriormente el Ministerio de Transporte, Comunicaciones, Vivienda y Construcción. Artículo 36º.- LIMITES MAXIMOS PERMISI- BLES PARA VEHICULOS NUEVOS QUE SE IN- CORPOREN (IMPORTADOS O PRODUCIDOS) A NUESTRO PARQUE AUTOMOTOR. Se adecuará a la norma que emita posteriormente el Ministerio de Transporte, Comunicaciones, Vivienda y Construcción. Artículo 37º.- LIMITES MAXIMOS PERMISI- BLES PARA VEHICULOS USADOS QUE SE IN- CORPOREN (IMPORTADOS) A NUESTRO PAR- QUE AUTOMOTOR Se adecuará a la norma que emita posteriormente el Ministerio de Transporte, Comunicaciones, Vivienda y Construcción. Artículo 38º.- Se adecuará a la norma que emita posteriormente el Ministerio de Transporte, Comunica- ciones, Vivienda y Construcción. CAPITULO VI EMISIONES SONORAS Artículo 39º.- Límites máximos de ruido producido por vehículos automotores. TIPO DE LIMITE PRUEBA VEHICULO MAXIMO Motrocicleta 100 idecibeles Medir con el vehículo parado sin carga, acelerar el motor Trimoto ½ y ¾ del máximo de revoluciones por minuto. La posición del micrófono es de 45 grados a 0.5 metros del tubo de escape Vehículo a 100 decibeles Medir con el vehículo pasado sin carga, acelerar el Gasolina motor ¾ del máximo de revoluciones por minuto. L a posición del micrófono es de 45 grados a 0.5 metros del fin del tubo de escape. Vehículo a 100 decibeles Acelerar hasta que el vehículo alcance la máxima velo- Diesel cidad, la posición del micrófono es de 45 grados a 0.5 metros del fin del tubo de escape. Artículo 40º.- Los niveles máximos permitidos para los dispositivos sonoros de los vehículos son: Vehículos automotores de servicio publico y privado Max 118 decibeles Vehículos de emergencia, policía, etc. Max 120 decibeles TITULO III HOMOLOGACION DE VEHICULOS CAPITULO I DE LA FORMA Y REQUISITOS PARA LA HOMOLOGACION Artículo 41º.- Los vehículos nuevos que se importen, fabriquen o ensamblen en el país deberán ser homologa- dos ante el Ministerio de Transportes, Comunicación, Vivienda y Construcción. A. Para obtener la homologación de vehículos automotores, el fabricante, Representante importa- dor, persona física o jurídica o último intermitente en el proceso de fabricación (para vehículos armados en etapas) deberá presentar la solicitud y la documenta- ción correspondiente (Incluye remolques y semirre- molque). Esta tendrá carácter de declaración jurada. B. Los vehículos deberán cumplir con lo dispuesto en este reglamento y adicionalmente deberán cumplir contodas las normas técnicas de fabricación vigentes en su país de origen que no se contradigan con las establecidas en este reglamento. C. Debe presentarse certificado de emisiones de ga- ses contaminantes (C, CO2, NOX, HC, PM, HC+NOX) y opacidad, emitido por el fabricante o por Institución representativa, indicando protocolo y estándar utilizado y el cumplimiento con los límites establecidos en este Reglamento. D. La información que se presentará es la siguiente: (en el anexo I se muestra el formulario correspon- diente) 1. Descripción General - Nombre del Importador, fabricante o transforma- dor, razón social, dirección completa y persona responsa- ble, RUC - Marca, consignar la marca del fabricante. - Clase de vehículo: automóvil, station wagon, camión etc. - Modelo: identifica una familia de vehículos de un mismo fabricante - Versión: distingue un vehículo de otro, dentro de la misma familia. - Número de asientos: incluyendo el del piloto. - Número de puertas: numero de puertas totales, incluyendo la posterior en caso de automóviles fast back. - Catálogos, fotografías y dibujos de los vehículos mostrando sus características visibles, de modo de evi- denciar las diferencias de una versión a otra. - País de fabricación. 2. Pesos y Dimensiones - Largo: longitud total del vehículo en metros - Ancho: Ancho total el vehículo en metros - Alto: Altura total del vehículo medido desde el piso a la parte más alta. - Nº de ejes: número total de ejes y ruedas - Ejes motrices: indicar número de ejes motrices. - Distancia entre ejes: del centro del primer eje delan- tero, al centro del primer eje posterior, más cercano a lo ejesdelanteros. - Conjunto de ejes posteriores: consignar el no de ellos y la distancia entre centros de ellos. - Voladizo delantero: distancia entre el centro del eje delantero y el extremo más sobresalido del parachoque. - Voladizo posterior: distancia entre el centro del eje más posterior y el extremo más sobresalido de la carro- cería o parachoque posterior. - Peso seco: peso seco más la carga que puede sopor- tar. - Peso bruto Vehicular - Relación peso/potencia: potencia del motor expresa- da en HP en relación al peso bruto expresado en tonela- das. - Capacidad de ejes(s) posterior: - Capacidad de eje (s) delantero 3. Chasis o estructura autoportante - Suspensión delantera: tipo de suspensión - Suspensión posterior: tipo de suspensión - Aros: tipo y dimensiones - Dirección: descripción del sistema - Frenos: descripción del sistema de frenos - Freno de motor: indicar si tiene - Retardador: indicar si tiene, marca, modelo y poten- cia - Freno de emergencia: descripción 4. Motor - Marca - Modelo - Posición : indicar, delantero, posterior o central - Nº de cilindros: indicar la cantidad - Capacidad de motor: en centímetros cúbicos - Combustible: gasolina indicar octanaje RON, 35 diesel D2, GLP o GNC.