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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE JULIO DEL AÑO 2001 (26/07/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 99

Pág. 207593 NORMAS LEGALES Lima, jueves 26 de julio de 2001 título referido en la parte expositiva, de acuerdo a los considerandos expuestos en la presente Resolución. Regístrese y comuníquese. LUIS ALBERTO ALIAGA HUARIPATA Presidente de la Tercera Sala del Tribunal Registral GLORIA SALVATIERRA VALDIVIA Vocal del Tribunal Registral NORA MARIELLA ALDANA DURÁN Vocal del Tribunal Registral 27824 OSIPTEL FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 034-2001-CD/OSIPTEL Mediante Oficio Nº C. 315-SG/2001, el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones, solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución de Consejo Directivo Nº 034-2001-CD/OSIPTEL, publicada en nuestra edición del día 18 de julio de 2001, en la página 206952. 1. En el Artículo Segundo, DICE: Nombrar a la Dra. Gabriela Lau Deza.... DEBE DECIR: Nombrar a la Dra. Ady Gabriela Lau Deza.... 2. En el Artículo Tercero número 11., DICE: Claudia Fernandini DEBE DECIR: Claudia Fernandini Valle-Riestra 27832 OSITRAN FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN Nº 015-2001-CD/OSITRAN Mediante Oficio Nº 222-01-GG-OSITRAN, el Organis- mo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público - OSITRAN, solicita se publi- que Fe de Erratas de la Resolución Nº 015-2001-CD/ OSITRAN, publicada en nuestra edición del día 23 de julio de 2001. 1. En el numeral 10 del punto I. de la Resolución de Consejo Directivo Nº 015-2001-CD/OSITRAN (pág. 207333). DICE: 10. Con fecha 27 de junio de 2001 se adopta el Acuerdo de Consejo Directivo Nº 178-66-01-CD-OSITRAN (...). DEBE DECIR: 10. Con fecha 27 de junio de 2001 se adopta el Acuerdo de Consejo Directivo Nº 180-66-01-CD-OSITRAN (...). 2. En el numeral 4 del punto II del Informe de DTIT Nº 013-2001-OSITRAN (pág. 207338).DICE: 4. Con fecha 29 de mayo, LAP presenta al OSITRAN una carta fechada el 28 de mayo, la cual solicita la modificación de una serie de numerales. Ante dicha solicitud, el Consejo Directivo del OSITRAN emite el Acuerdo Nº 177-65-01-CD-OSITRAN, el Acuerdo Nº 178- 66-01-CD-OSITRAN y la Resolución Nº 015-2001-CD- OSITRAN (...). DEBE DECIR: 4. Con fecha 29 de mayo, LAP presenta al OSITRAN una carta fechada el 28 de mayo, la cual solicita la modificación de una serie de numerales. Ante dicha solicitud, el Consejo Directivo del OSITRAN emite el Acuerdo Nº 177-65-01-CD-OSITRAN, el Acuerdo Nº 180- 66-01-CD-OSITRAN y la Resolución Nº 015-2001-CD- OSITRAN (...). 27835 SUPERINTENDENCIA DE BIENES NACIONALES Afectan en uso terreno ubicado en la provincia de Lima para que sea desti- nado a un programa de atención y recuperación de niños y adolescentes de la calle RESOLUCIÓN Nº 227-2001/SBN La Molina, 11 de julio del 2001 Visto el Expediente Nº 08850-99, por el cual el Centro Shama Niños de la Calle solicita la afectación en uso del terreno de 1 600,00 m², ubicado frente a la calle Los Eucaliptos con la calle 3, urbanización Canto Bello, distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departa- mento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, el Estado es propietario del terreno de 1 600,00 m², ubicado frente a la calle Los Eucaliptos con la calle 3, urbanización Canto Bello que forma parte del terreno de mayor extensión de 8 487,53 m², formada por las calles Los Eucaliptos, Los Robles y Los Nogales, Mz. "F" de la urbanización Canto Bello, distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima, inscrito en la Ficha Nº 1195773 con continuación en la Partida Electrónica Nº 43106783 del Registro de la Propiedad Inmueble de Lima y registrado en el Asiento Nº 1500 del Margesí Nacional de Bienes Inmuebles correspondiente al departamento de Lima; Que, la Asociación de Iglesias Evangelistas del Perú "La Voz de los Mártires" con fecha 19 de noviembre de 1999 ampliado por escrito de fecha 15 de marzo del 2000, solicitó la afectación en uso del terreno de 4 800,00 m², ubicado en la Mz. "F" con frente a la calle Los Nogales de la urbanización Canto Bello, distrito de San Juan Luri- gancho, para destinarlo a la construcción del Albergue Infantil Hogar Wurmbrand, a quien se le solicitó la documentación que acredite tal pretensión, no cum- pliendo con presentar la misma; Que, con el Informe Nº 210-2000/SBN-DAT de fecha 10 de julio del 2000, la Dirección de Apoyo Técnico da cuenta de la inspección ocular realizada, estableciendo que el terreno submateria está desocupado y libre de edificaciones; Que, el Centro Shama Niños de la Calle, con fecha 9 de enero del 2001, ampliado por escrito de fecha 19 de enero del 2001, solicitó la afectación en uso del área de terreno de 1 600,00 m² descrito en el primer consideran-