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Pág. 207595 NORMAS LEGALES Lima, jueves 26 de julio de 2001 Autorizan adquisición de hojuela de quinua mediante procedimiento de adjudicación directa selectiva RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 23520 Lima, 19 de julio de 2001 Visto el Memorándum Nº 879-2001-OASA-DMA- MML de la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxi- liares, de fecha 25 de junio de 2001 y el Memorándum Nº 1392-2001-OGAJ/MML de la Oficina General de Asun- tos Jurídicos de fecha 3 de julio de 2001; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 14126 de fecha 27 de abril de 2001, se designó a los integrantes del Comité Especial que tendrá a cargo el Proceso de Selec- ción de Adjudicación Directa Pública, para la "Adquisi- ción de Hojuela de Quinua", cuyo valor referencial ascen- día a S/. 213,904.80; Que, con Resolución de Alcaldía Nº 14926 de fecha 11 de mayo de 2001, se aprobó la Convocatoria de la Adju- dicación Directa Pública Nº 004-201-CE/MML - "Adqui- sición de Hojuela de Quinua", aprobándose asimismo las respectivas Bases Administrativas; Que, el 30 de mayo de 2001 la Adjudicación Directa Pública se declaró desierta, conforme al Artículo 32º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por D.S. Nº 012- 2001-PCM, al haberse presentado un solo postor; Que, el resultado del proceso de selección fue comuni- cado al Programa del Vaso de Leche, mediante Memo- rándum Nº 125-2001-CE/MML, solicitándosele realizar la evaluación correspondiente, asimismo, en aplicación de las medidas de priorización y racionalización de los gastos, el Programa del Vaso de Leche con Oficio Nº 278- 2001-MML/PVL-DE de fecha 21 de junio de 2001, esta- blece que el Comité de Administración de Lurigancho - Chosica, ratifica su requerimiento, con Memorándum Nº 065-2001-MML/PVL-DE del 22 de junio de 2001 el Pro- grama del Vaso de Leche confirma la cantidad a adquirir 48 TM de Hojuela de Quinua o su equivalente a 96,000 bolsitas de 500 grs. cada uno, estableciéndose como valor referencial S/. 172,800.00; Que, la reducción del monto de adquisición modifica la modalidad del proceso de selección a Adjudicación Directa Selectiva, debiendo procederse a la cancelación del Proceso de Selección de Adjudicación Directa Pública por el producto no adjudicado en la primera convocato- ria; en aplicación del Artículo 34º del Texto Único Orde- nado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 012-2001-PCM; concor- dante con el Artículo 21º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 013-2001-PCM; De conformidad a las atribuciones establecidas en el Artículo 47º de la Ley Nº 23853 "Ley Orgánica de Muni- cipalidades"; el D.S. Nº 012-2001-PCM y el D.S. Nº 013- 2001-PCM y demás Normas posteriores; SE RESUELVE: 1. Autorizar la cancelación de la Adjudicación Direc- ta Pública Nº 004-2001-CE/MML "Adquisición de Hojue- la de Quinua", por el motivo expuesto en la parte conside- rativa de la presente Resolución. 2. Proceder a la adquisición de 48 TM de Hojuela de Quinua o su equivalente a 96,000 bolsas de 500 grs. cada uno para los meses de agosto a diciembre de 2001, bajo el procedimiento de Adjudicación Directa Selectiva, cuyo monto referencial asciende a S/. 172,800.00. 3. Delegar a la Dirección Ejecutiva del Programa del Vaso de Leche durante los meses de agosto a diciembre del presente año, la función de llevar a cabo el proceso de selección y adquisición de Hojuela de Quinua, incluyen- do desde su convocatoria hasta el otorgamiento de la Buena Pro y la suscripción del respectivo contrato. 4. La Dirección Ejecutiva del Programa del Vaso de Leche; deberá dar cuenta bajo responsabilidad a la Dirección de Abastecimiento y Servicios Auxiliares de laMunicipalidad Metropolitana de Lima; el procedimiento así como de los resultados y acciones administrativas realizadas del proceso de selección de la Adjudicación Directa Selectiva. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ALBERTO ANDRADE CARMONA Alcalde de Lima 27958 Convocan a proceso de calificación para otorgar autorización excepcional sobre servicio de transporte en rutas señaladas en el D.A. Nº 001 RESOLUCIÓN DIRECTORAL MUNICIPAL Nº 132-01-MML-DMTU Lima, 13 de julio del 2001 CONSIDERANDO: Que, el Artículo Tercero del Decreto de Alcaldía Nº 001 del 2.1.01, faculta a la Dirección Municipal de Trans- porte Urbano a otorgar autorización excepcional y am- pliar las concesiones del servicio sobre rutas existentes entre Lima y el Callao, dentro de los alcances de los acuerdos que adopte a través de la Comisión de Emer- gencia de Carácter Técnico Legal de Lima y el Callao; Que, por Resolución Directoral Municipal Nº 015-01- MML-DMTU, convocó a un Proceso de Calificación a fin de dar la autorización excepcional señalado en el consi- derando precedente; Que, por Resolución Directoral Municipal Nº 130-01- MML-DMTU, se dispuso que el Proceso de Calificación culmine el 14 de julio del 2001; Que, por Informe Nº 31-01-MML-DMTU-DEAR, de fecha 11.7.01, se concluye que existen rutas de intercone- xión que a la culminación del citado Proceso de Califica- ción quedarían sin servicio; Que, estando la conclusión del Informe Técnico Nº 015-01-MML-DMTU-AT de fecha 14.7.01, emitido por la asesoría técnica de esta Dirección Municipal, el cual señala, que es de necesidad pública contar con un servi- cio de transporte urbano que cubra las necesidades de los ciudadanos de Lima, y que estando a los resultados señalados en el Informe Nº 31-01-MML-DMTU-DEAR el mismo quedaría desabastecido, por lo que esta Dirección entiende imprescindible convocar a un nuevo Proceso de Calificación, en las rutas señaladas en el Artículo Terce- ro del Decreto de Alcaldía Nº 01, con el fin de que las personas jurídicas que venían prestando servicio de transporte continúen realizándolo; De conformidad con lo dispuesto en las Ordenanzas Nºs. 104 y 131, el Decreto de Alcaldía Nº 001, y demás normas modificatorias y complementarias; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Convocar a un Proceso de Calificación entre las personas jurídicas que prestan servicio de transporte en las rutas señaladas en el Artículo Tercero del Decreto de Alcaldía Nº 001, con el fin de otorgar Autorización Excepcional, para que continúen prestando servicio hasta el 31 de diciembre del 2001. Artículo Segundo.- El Proceso de Calificación dis- puesto por la presente Resolución Directoral Municipal, se efectuará entre el 16 de julio y el 31 de agosto del 2001. Artículo Tercero.- Las personas jurídicas que pres- tan servicio de transporte en las rutas señaladas en el Artículo tercero del Decreto de Alcaldía Nº 001, deberán cumplir con las siguientes condiciones: 1. Solicitud de Autorización según formato. 2. Ficha Literal de los Registros Públicos en el que se acredite la vigencia de poderes de los representantes legales, expedida con una antigüedad no mayor de 2 meses a la fecha de presentación de la solicitud.