Norma Legal Oficial del día 27 de julio del año 2001 (27/07/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

MORDAZA, viernes 27 de MORDAZA de 2001

NORMAS LEGALES

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Articulo 13º del referido Reglamento y senalados en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 640 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC, Ley Nº 25035 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 029-2000-MTC y Decreto Ley Nº 25862, Ley Organica del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; SE RESUELVE: Primero.- Otorgar a empresa de transportes REAL BUSS E.I.R.L., la concesion de la ruta: MORDAZA - HUANCAYO y viceversa, para prestar Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, por el periodo de diez (10) anos, contados a partir de la fecha de expedicion de esta Resolucion, de acuerdo con los siguientes terminos: RUTA ORIGEN DESTINO ITINERARIO FRECUENCIA HORARIOS : MORDAZA - HUANCAYO y viceversa. : HUANUCO. : HUANCAYO. : LA OROYA. : UNA SEMANAL DIARIA. : salida de Lima: MORDAZA a las 21.00 horas. salida de Huanuco: martes a las 21.00 horas. : DOS OMNIBUS : UO-2261 (1993) : UM-1226 (1990)

Que, en el Informe Tecnico Nº 881-2000-MTC/ 15.18.04.1.MMF, se concluye que la referida empresa ha cumplido con acreditar los requisitos establecidos en el Articulo 13º del referido Reglamento y senalados en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 640 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC, Ley Nº 25035 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 0292000-MTC y Decreto Ley Nº 25862, Ley Organica del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; SE RESUELVE: Primero.- Otorgar a empresa TRANSPORTES SENOR DE PUELLES S.R.L., las concesiones de las rutas: MORDAZA - MORDAZA y viceversa, MORDAZA - HUANCAYO y viceversa y MORDAZA - PUCALLPA y viceversa, para prestar Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, por el periodo de diez (10) anos, contados a partir de la fecha de expedicion de esta Resolucion, de acuerdo con los siguientes terminos: RUTA "A" ORIGEN DESTINO ITINERARIO FRECUENCIA HORARIOS : : : : : : MORDAZA - MORDAZA y VICEVERSA. LIMA. HUANUCO. LA OROYA. UNA SEMANAL DIARIA. SALIDA DE LIMA: MORDAZA A LAS 22.15 HORAS. SALIDA DE HUANUCO: MARTES A LAS 22.15 HORAS. : DOS OMNIBUS : UI-9267 (1991) : UQ-7411 (1992) MORDAZA - HUANCAYO y VICEVERSA. HUANUCO. HUANCAYO. LA OROYA. UNA SEMANAL DIARIA. SALIDA DE HUANUCO: MIERCOLES A LAS 22.15 HORAS. SALIDA DE HUANCAYO: JUEVES A LAS 22.15 HORAS. : DOS OMNIBUS : UM-1238 (1991) : UQ-7411 (1992) MORDAZA - PUCALLPA y VICEVERSA. LIMA. PUCALLPA. LA OROYA - MORDAZA - TINGO MORDAZA AGUATIA. TINGO MARIA. UNA SEMANAL DIARIA. SALIDA DE LIMA: LUNES A LAS 17.00 HORAS. SALIDA DE PUCALLPA: VIERNES A LAS 22.00 HORAS. DOS OMNIBUS UO-3638 (1994) UM-1225 (1990)

FLOTA VEHICULAR FLOTA OPERATIVA FLOTA DE RESERVA

Las tarjetas de circulacion seran expedidas en relacion al ano de fabricacion de los vehiculos MORDAZA indicado. Segundo.- La presente Resolucion Directoral debera ser publicada por la empresa en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los treinta (30) dias calendario, siguientes a la fecha de su notificacion. Tercero.- La empresa iniciara el servicio dentro de los treinta (30) dias calendario, improrrogables, contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente resolucion. De no iniciar el servicio dentro del plazo establecido en el parrafo precedente, se aplicara lo dispuesto en el MORDAZA parrafo del Art. 16º del Decreto Supremo Nº 05-95-MTC. Cuarto.- Encargar la ejecucion de esta Resolucion a la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. Registrese y comuniquese. MORDAZA A. MORDAZA MANCHEGO Director General Direccion General de Circulacion Terrestre 27900 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 2617-2000-MTC/15.18 MORDAZA, 13 de diciembre de 2000 VISTO, el Expediente Nº 2000-002621, sobre concesion de rutas del Servicio Publico de Transporte Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus y el Informe Tecnico Nº 881-2000-MTC/15.18.04.1.MMF emitidos por la Direccion de Transportes de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional; CONSIDERANDO: Que, la empresa TRANSPORTES SENOR DE PUELLES S.R.L., mediante el expediente indicado en visto, ha solicitado el otorgamiento de las concesiones de las rutas: MORDAZA - MORDAZA y viceversa, MORDAZA - HUANCAYO y viceversa y MORDAZA - PUCALLPA y viceversa al MORDAZA de lo establecido en el Reglamento del Servicio Publico de Transporte Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC;

FLOTA VEHICULAR FLOTA OPERATIVA FLOTA DE RESERVA RUTA "B" ORIGEN DESTINO ITINERARIO FRECUENCIA HORARIOS

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FLOTA VEHICULAR FLOTA OPERATIVA FLOTA DE RESERVA RUTA "C" ORIGEN DESTINO ITINERARIO ESCALA COMERCIAL FRECUENCIA HORARIOS

: : : : : : :

FLOTA VEHICULAR FLOTA OPERATIVA FLOTA DE RESERVA

: : :

Las tarjetas de circulacion seran expedidas en relacion al ano de fabricacion de los vehiculos MORDAZA indicado. Segundo.- La presente Resolucion Directoral debera ser publicada por la empresa en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los treinta (30) dias calendario, siguientes a la fecha de su notificacion. Tercero.- La empresa iniciara el servicio dentro de los treinta (30) dias calendario, improrrogables, contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente resolucion. De no iniciar el servicio dentro del plazo establecido en el parrafo precedente, se aplicara lo dispuesto en el MORDAZA parrafo del Art. 16º del Decreto Supremo Nº 0595-MTC.

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