Norma Legal Oficial del día 27 de julio del año 2001 (27/07/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 68

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N° de orden DENOMINACION DE PROCEDIMIENTO REQUISITOS

NORMAS LEGALES
Derecho CALIFICACION de Pago Auto- Evaluacion No matico Previa reguPosi- Nega- lado tivo tivo

MORDAZA, viernes 27de MORDAZA de 2001
Dependencia Autoridad Recursos donde se inicia Competente Impugnativos el tramite para Aprobacion

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Autorizacion para la inscripcion en el Registro de instrumentos de inversion extranjeros que pueden ser objeto de inversion por una AFP

Superintendente de Banca y Seguros, adjuntando a la misma, MORDAZA certificada del acuerdo del organo societario correspondiente, segun lo dispuesto por el articulo 232° de la Ley N° 26702. Ademas, se debera adjuntar un informe sobre la evaluacion del impacto de los referidos instrumentos en el perfil de riesgo de la empresa emisora, teniendo en cuenta las caracteristicas de la emision, el monto, plazo de vencimiento, forma y periodos de pago, entre otros. Este procedimiento se aplicara tanto para la emision de instrumentos financieros en serie como para los programas de emision. II. Procedimiento anticipado Cuando las empresas pretendan efectuar emisiones de valores mobiliarios o programas de emision de instrumentos financieros mediante oferta publica o privada en un periodo de tiempo dado, podran solicitar el pronunciamiento de esta Superintendencia de acuerdo a lo establecido en el primer numeral. Las empresas deberan comunicar la emision de instrumentos bajo el procedimiento anticipado dentro de los tres (3) dias calendario siguientes, adjuntando el informe sobre la evaluacion de impacto MORDAZA referido actualizado, en caso se presenten variaciones significativas. En ambos casos, la Superintendencia emitira el pronunciamiento correspondiente en un plazo no mayor de diez (10) dias calendario de haber sido presentada toda la informacion y documentacion requerida y cualquier otra que esta Superintendencia juzgue necesaria. Las empresas interesadas deberan presentar a la Superintendencia una solicitud segun el formato de solicitud del anexo N° IV de la Resolucion SBS Nº 613-2000, acompanada de la informacion contenida en la respectiva ficha de registro indicada en el articulo 56° de la mencionada Resolucion y de la siguiente documentacion, en cuanto sea aplicable: 1. Titulos de deuda, depositos a plazo y certificados de deposito a plazo extranjeros: 1.1 Emitidos o garantizados por Estados, Bancos Centrales u organismos internacionales: 1.1.1 MORDAZA de los informes de clasificacion de riesgo de los instrumentos de inversion elaborados por al menos dos (2) empresas clasificadoras de riesgo; 1.1.2 Otra documentacion relevante. 1.2 Emitidos por instituciones financieras y no financieras: 1.2.1 MORDAZA de los informes de clasificacion de riesgo de los instrumentos de inversion elaborados por al menos dos (2) empresas clasificadoras de riesgo; 1.2.2 Prospecto u Offering Circular de colocacion del instrumento de inversion; 1.2.3 Otra documentacion relevante. 2. Cuotas de participacion de fondos mutuos extranjeros: 2.1 MORDAZA del certificado de registro actualizado del fondo, del administrador y del asesor de inversion ante las respectivas autoridades reguladoras o supervisoras; 2.2 MORDAZA del documento de constitucion legal del fondo, como por ejemplo, MORDAZA del acta de constitucion o estatutos; 2.3 MORDAZA del documento mediante el cual el fondo hace oferta publica o privada de sus cuotas, tal como el Prospecto u Offering Circular del fondo, y el statement of additional information; 2.4 Adjuntar los siguientes documentos referidos a la negociacion de las cuotas de participacion del fondo: Solicitud de suscripcion de cuotas de participacion del fondo. Solicitud de rescate de cuotas de participacion del fondo. Solicitud de intercambio de cuotas de participacion del fondo. 2.5 MORDAZA de los estados financieros del fondo del ultimo trimestre; 2.6 Incluir las siguientes declaraciones: 2.6.1Declaracion de que la sociedad administradora del fondo tiene una relacion directa en terminos de gestion y patrimoniales con la MORDAZA matriz o el grupo al que pertenece; 2.6.2 Declaracion en la que se senale que la experiencia en la administracion de fondos de la sociedad administradora del fondo, o su MORDAZA matriz, no sea inferior a diez(10) anos; 2.6.3 Declaracion en la que se senale que la valorizacion de las carteras de inversion de los fondos mutuos se realiza respetando los estandares de MORDAZA de resultados establecidos por la AIMR (Association for Investment Management and Research). 2.7 Carta de compromiso de entrega de informacion, cuyo formato esta contenido en el anexo N° V de la Resolucion SBS Nº 613-2000. 2.8 Otra documentacion relevante. 3. Acciones y valores representativos de derechos sobre acciones en deposito inscritos en bolsas de valores extranjeros: 3.1 Prospecto u Offering Circular de la colocacion de acciones (solo en caso de colocaciones primarias y acciones preferentes); 3.2 MORDAZA de los informes de clasificacion de riesgo de los instrumentos de inversion elaborados por al menos dos (02) empresas clasificadoras de riesgo (solo en caso de acciones preferentes); 3.3 Otra documentacion relevante. La solicitud, la respectiva ficha de informacion y la documentacion a adjuntarse podran ser presentadas en idioma castellano o ingles. Una vez recibida la totalidad de la informacion a que se refieren los numerales 1,2 y 3, y las fichas de informacion correspondientes, la Superintendencia tendra un plazo MORDAZA de sesenta (60) dias calendario para pronunciarse respecto de la respectiva solicitud. Sin perjuicio de ello, la Superintendencia podra, dentro del plazo MORDAZA indicado, solicitar informacion adicional a la documentacion presentada, otorgando a su criterio el plazo necesario para que se presente la misma. La solicitud de informacion adicional por parte de la Superintendencia interrumpe el plazo a que se hace mencion anteriormente. Calificados los instrumentos de inversion extranjeros como elegibles, se procedera a inscribirlos en el Registro de Instrumentos de Inversion Extranjeros del Registro de la Superintendencia. La inscripcion en dicho registro no constituye una recomendacion de

procedimiento Nº 72

Inafecto

X

Tramite Documentario

Superintendente de Banca y Seguros

Recursos de impugnacion conforme al procedimiento Nº 72

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