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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE JULIO DEL AÑO 2001 (27/07/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 128

TEXTO PAGINA: 54

Pág. 207704 NORMAS LEGALES Lima, viernes 27 de julio de 2001 Cuarto.- Encargar la ejecución de esta Resolución a la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. Regístrese y comuníquese. CARLOS A. IBAÑEZ MANCHEGO Director General Dirección General de Circulación Terrestre 27899 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 2619-2000-MTC/15.18 Lima, 13 de diciembre de 2000 VISTO, el Expediente Nº 2000-003360, sobre concesión de ruta del Servicio Público de Transporte Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Ómnibus y el Informe Técni- co Nº 983-2000-MTC/15.18.04.1.MMF emitidos por la Di- rección de Transportes de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional; CONSIDERANDO: Que, la EMPRESA DE TRANSPORTES TURISMO CHOCANO S.A.C., mediante el expediente indicado en visto, ha solicitado el otorgamiento de la concesión de la ruta: LIMA - TOCACHE y viceversa, al amparo de lo establecido en el Reglamento del Servicio Público de Transporte Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Ómnibus aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95- MTC; Que, en el Informe Técnico Nº 983-2000-MTC/ 15.18.04.1.MMF, se concluye que la referida empresa ha cumplido con acreditar los requisitos establecidos en el Artículo 13º del referido Reglamento y señalados en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Minis- terio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Cons- trucción; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla- tivo Nº 640 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC, Ley Nº 25035 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, Texto Único de Procedi- mientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, aprobado por Decreto Supremo Nº 029-2000-MTC y Decreto Ley Nº 25862, Ley Orgánica del Ministerio de Transportes, Comunicacio- nes, Vivienda y Construcción; SE RESUELVE: Primero.- Otorgar a la EMPRESA DE TRANSPORTES TURISMO CHOCANO S.A.C., la concesión de la ruta: LIMA - TOCACHE y viceversa, para prestar Servicio Públi- co de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Ómnibus, por el período de diez (10) años, contados a partir de la fecha de expedición de esta Resolu- ción, de acuerdo con los siguientes términos: RUTA :LIMA - TOCACHE y VICEVERSA. ORIGEN :LIMA. DESTINO :TOCACHE. ITINERARIO :LA OROYA - HUANUCO - TINGO MARIA - AUCAYACU - UCHIZA. ESCALA COMERCIAL :UCHIZA. FRECUENCIAS :DOS SEMANALES. HORARIOS :SALIDA DE LIMA LUNES Y JUEVES A LAS 16.00 HORAS. SALIDA DE TOCACHE MIERCOLES Y SABADO A LAS 16.30 HORAS. FLOTA VEHICULAR :DOS ÓMNIBUS. FLOTA OPERATIVA :UN ÓMNIBUS UO-3471 (1994). FLOTA DE RESERVA :UN ÓMNIBUS UI-8848 (1991) Las tarjetas de circulación serán expedidas en relación al año de fabricación de los vehículos antes indicado. Segundo.- La presente Resolución Directoral deberá ser publicada por la empresa en el Diario Oficial El Perua- no, dentro de los treinta (30) días calendario, siguientes a la fecha de su notificación.Tercero.- La empresa iniciará el servicio dentro de los treinta (30) días calendario, improrrogables, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución. De no iniciar el servicio dentro del plazo establecido en el párrafo precedente, se aplicará lo dispuesto en el segundo párrafo del Art. 16º del Decreto Supremo Nº 05-95-MTC. Cuarto.- Encargar la ejecución de esta Resolución a la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. Regístrese y comuníquese. CARLOS A. IBAÑEZ MANCHEGO Director General Dirección General de Circulación Terrestre 27894 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Establecen funciones del Auxiliar Juris- diccional del Archivo Central RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 230 -2001-P-CSJLI/PJ Lima, 25 de julio de 2001 VISTO: La Solicitud del Jefe del Archivo Central de esta Corte Superior de Justicia a fin de designar un nuevo Fedatario para el Archivo Central y el Informe Nº 005-2001- DP-CSJLI/PJ elaborado por el Jefe de la Oficina de Perso- nal de esta Corte Superior de Justicia. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Administrativa Nº 268-1999- P-CSJL-PJ de fecha cuatro de junio de mil novecientos noventinueve se designaron Fedatarios para que se encar- guen específicamente de las labores propias en los Archivos de esta Corte Superior de Justicia, a fin de agilizar la expedición de copias solicitadas por los Usuarios, nombrán- dose mediante la referida Resolución a los señores RAMON FARRO SAMAME como FEDATARIO del ARCHIVO DE LOS JUZGADOS PENALES y al señor LUIS FELIPE CHAUCA PALMA como FEDATARIO del ARCHIVO DE LOS JUZGADOS CIVILES; Que, a la fecha el señor RAMON FARRO SAMAME no mantiene vínculo laboral con esta Corte Superior de Justi- cia, y en aplicación del numeral tres del Artículo Cuarto del Manual Normativo del Fedatario aprobado mediante Reso- lución Administrativa Nº 203-99-P-CSJLI/PJ de fecha doce de abril de mil novecientos noventinueve su designación ha quedado sin efecto; Que, asimismo mediante Resolución Administrativa Nº 168-2000-P-CSJLI/PJ de fecha tres de octubre del año dos mil, estando al quinto considerando se resolvió en el Artí- culo Cuarto otorgar la Calidad de Especialistas Legales a los señores abogados Ramón Farro Samame y Luis Felipe Chauca Palma, para seguir expidiendo copias certificadas esto con retención de sus respectivos cargos jurisdicciona- les en los que han sido contratados; Que, siendo actualmente el Archivo Central de la Corte Superior de Justicia de Lima, el único ente encargado de centralizar todos los expedientes judiciales que ya no se encuentran en trámite, para su adecuada conservación y sistematización, así como el encargado de atender todos los requerimientos del público usuario entre éstos la expedi- ción de copias certificadas es necesario optimizar en todo sentido los servicios que brinda; Que, mediante Resolución Administrativa Nº 175-2001- P-CSJLI-PJ de fecha primero de junio del presente año, se designó al señor abogado PEDRO XAVIER ARCINIEGA BOCANEGRA como Auxiliar Jurisdiccional del Archivo Central con las mismas atribuciones, entre ellas las de expedir copias certificadas, que le fueran concedidas al entonces encargado de la Jefatura del Depósito Transitorio de los Juzgados Civiles de Lima, contenidas estas atribucio- nes en Resoluciones Administrativas diversas; Que, la Presidencia de esta Corte Superior de Justicia tiene la obligación de mantener una adecuada sistemati- zación de las normas de carácter administrativo que emite,