Norma Legal Oficial del día 27 de julio del año 2001 (27/07/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

MORDAZA, viernes 27 de MORDAZA de 2001
SUPERINTENDENCIA DE BANCA Y SEGUROS

NORMAS LEGALES
TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA)

Pag. 207709

N° de orden
01

DENOMINACION DE PROCEDIMIENTO

REQUISITOS

Derecho CALIFICACION de Pago Auto- Evaluacion No matico Previa reguPosi- Nega- lado tivo tivo
Inafecto X

Dependencia Autoridad Recursos donde se inicia Competente Impugnativos el tramite para Aprobacion

Autorizacion para la constitucion de las empresas referidas en el articulo 16º de la Ley Nº 26702: Empresas de Operaciones Multiples, Empresas de Seguros, Bancos de Inversion y Empresas Especializadas

Autorizacion de Organizacion I. Solicitud de organizacion dirigida al Superintendente de Banca y Seguros que se presenta, en una sola oportunidad, con la siguiente informacion: 1. Proyecto de minuta de constitucion social. 2. Relacion de Organizadores, Organizadores Responsables y Accionistas. 3. Dos ejemplares del estudio de factibilidad de MORDAZA, financiero y de gestion. 4. Certificado de deposito de garantia, constituido en una empresa del sistema financiero del MORDAZA, vigente al momento de presentarse la solicitud y a la orden de la Superintendencia, por un monto equivalente al cinco por ciento (5%) del capital minimo. Para el caso de la constitucion de MORDAZA Municipales de Ahorro y Credito o MORDAZA Municipales de Credito Popular, en forma adicional a la informacion MORDAZA senalada, se debera presentar una MORDAZA certificada notarial del Acuerdo del Concejo Provincial que determine la creacion de la MORDAZA y del nombramiento de los representantes designados. La solicitud de autorizacion de organizacion de una MORDAZA Municipal de Ahorro y Credito debera adjuntar la opinion de la Federacion Peruana de MORDAZA Municipales de Ahorro y Credito. Para el caso de Cooperativas de Ahorro y Credito que capten depositos del publico, en forma adicional, segun corresponda, deberan presentar la documentacion que sustente el cumplimiento de las caracteristicas senaladas en el articulo 289 de la Ley Nº 26702. II. Los organizadores deben acompanar a la solicitud de organizacion, la siguiente documentacion: 1. Curriculum Vitae. 2. Declaracion jurada de no estar incurso en los impedimentos establecidos en el articulo 20° de la Ley N° 26702. Las sanciones a que se refieren los numerales 8 y 9 del articulo 20º de la Ley Nº 26702, son aquellas referidas a inhabilitacion o destitucion originadas por infracciones consideradas muy graves, conforme al Reglamento de Sanciones de la Superintendencia. El impedimento sera por un periodo de diez (10) anos a partir de la fecha en que la sancion MORDAZA quedado firme. En caso de reincidencia, dicho impedimento sera permanente. III. Los organizadores responsables deben acompanar a la solicitud de organizacion, por lo menos, la siguiente documentacion: 1. Curriculum Vitae. 2. Certificados Judiciales de Antecedentes Penales y Policiales expedidos por el Registro Nacional de Condenas del Poder Judicial y por la Policia Nacional del Peru, respectivamente, cuando se trate de residentes nacionales y por el organismo competente extranjero, cuando se trate de personas no domiciliadas en el pais. 3. Declaraciones juradas de: 3.1 No encontrarse incursos en los impedimentos a que se refieren los articulos 20° y 81° de la Ley N° 26702. Las sanciones a que se refieren los numerales 8 y 9 del articulo 20º de la Ley Nº 26702, son aquellas referidas a inhabilitacion o destitucion originadas por infracciones consideradas muy graves, conforme al Reglamento de Sanciones de la Superintendencia. El impedimento sera por un periodo de diez (10) anos a partir de la fecha en que la sancion MORDAZA quedado firme. En caso de reincidencia, dicho impedimento sera permanente. 3.2 Sus bienes patrimoniales y, en caso corresponda, senalar si estos se encuentran sujetos a algun MORDAZA de gravamen o limitacion para su libre disponibilidad. 4. Informacion y documentacion requerida a los accionistas. IV. Los accionistas deben acompanar a la solicitud de organizacion, como minimo, la siguiente documentacion: 1. Curriculum Vitae. 2. Certificados Judiciales de Antecedentes Penales y Policiales expedidos por el Registro Nacional de Condenas del Poder Judicial y por la Policia Nacional del Peru, respectivamente, cuando se trate de residentes nacionales y por el organismo competente extranjero, cuando se trate de personas no domiciliadas en el pais. 3. Declaraciones juradas de: 3.1 No encontrarse incursos en los impedimentos y no exceder las limitaciones de tenencia accionaria senalados en los articulos 52º, 53°, 54° y 55° de la Ley N° 26702. Las sanciones a que se refieren los numerales 8 y 9 del articulo 20º citado en el articulo 52º de la Ley Nº 26702, son aquellas referidas en los numerales II-2, III-3.1 y V-3.1 del presente procedimiento. 3.2 Sus bienes patrimoniales y, en caso corresponda, senalar si estos se encuentran sujetos a algun MORDAZA de gravamen o limitacion para su libre disponibilidad. 4. Su participacion accionaria. 5. Relacion de personas con las que los accionistas se encuentran vinculadas y personas juridicas con las que conforma un grupo economico de acuerdo a la reglamentacion de esta Superintendencia vigente sobre la materia. Dicha relacion debera incluir la estructura de propiedad y de gestion del grupo economico y la relacion de sus accionistas o socios, directores, gerentes y principales funcionarios, segun dicha reglamentacion. 6. Los accionistas personas juridicas deberan presentar adicionalmente: 6.1 MORDAZA certificada del acuerdo del organo social correspondiente en el que se convenga la participacion en la empresa por constituir,

Tramite Documentario

Superintendente de Banca y Seguros

No aplicable (Articulo 21º de la Ley Nº 26702)

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