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Pág. 207708 NORMAS LEGALES Lima, viernes 27 de julio de 2001 - Villacorta Calderón, Tulio Eduardo - Zumarán Ramírez, Henry William Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución a Fiscal Superior Decano del Distrito Judicial de La Libertad, Gerencia General del Ministerio Público, Gerencia de la Oficina de Registro de Fiscales y a los Fiscales mencionados para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. NELLY CALDERÓN NAVARRO Fiscal de la Nación 28014 S B S Autorizan apertura de agencia de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Tacna RESOLUCIÓN SBS Nº 535-2001 Lima, 18 de julio de 2001 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Tacna para que se le autorice la apertura de una Agencia ubicada en el P.J. La Victoria, Mz. A, Lote 12- A, hoy calle Amazonas Nº 1215 esquina con Av. Pinto Nº 843, distrito, provincia y departamento de Tacna; y, CONSIDERANDO: Que la empresa recurrente ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifica lo solicitado; Estando a lo informado por el Intendente del Departa- mento de Evaluación del Sistema Financiero "F" mediante Informe Nº DESF "F" 068/OT-2001; y, De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 30º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702, la Circular SBS Nº CM-184-97; y en virtud de la facultad delegada por Resolución SBS Nº 003- 98 del 7 de enero de 1998; RESUELVE: Artículo Unico.- Autorizar a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Tacna, la apertura de una Agencia ubicada en el P.J. La Victoria, Mz. A, Lote 12-A, hoy calle Amazonas Nº 1215 esquina con Av. Pinto Nº 843, distrito, provincia y departamento de Tacna. Regístrese, comuníquese y publíquese. SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendente Adjunto de Banca 27961 Autorizan a la Caja Rural de Ahorro y Crédito Los Libertadores de Ayacucho S.A.A. el traslado de agencia ubicada en la provincia de Andahuaylas RESOLUCIÓN SBS Nº 536-2001 Lima, 18 de julio de 2001 LA SUPERINTENDENTE ADJUNTA DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por la Caja Rural de Ahorro y Crédito Los Libertadores de Ayacucho S.A.A. para el tras- lado de su Agencia ubicada en el distrito y provincia de Andahuaylas, departamento de Apurímac; y,CONSIDERANDO: Que, la referida empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifica el traslado de la citada agencia; Estando a lo informado por el Intendente de Institucio- nes Financieras "E", mediante Informe DESF"E" Nº 84- 2001/OT; y, De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 32º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; la Circular Nº CR-60-97 y en virtud de las facultades delegadas por Resolución SBS Nº 003-98 del 7 de enero de 1998; RESUELVE: Artículo Unico.- Autorizar a la Caja Rural de Ahorro y Crédito Los Libertadores de Ayacucho S.A.A. el traslado de su Agencia ubicada en la esquina formada por el jirón Juan Antonio Trelles Nº 113 y la avenida Malecón Grau Nº 300, distrito y provincia de Andahuaylas, del departamento de Apurímac, hacia la avenida Perú Nº 304 de la misma localidad. Regístrese, comuníquese y publíquese. SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendente Adjunta de Banca 27906 Aprueban el Texto Único de Procedi- mientos Administrativos de la Super- intendencia de Banca y Seguros RESOLUCIÓN SBS Nº 551-2001 Lima, 24 de julio de 2001 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución SBS Nº 779-98 del 14 de agosto de 1998 se aprobó el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Superintendencia de Banca y Seguros; Que, es necesario actualizar íntegramente el citado Texto Unico de Procedimientos Administrativos para in- cluir los procedimientos relativos a las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (AFP) incorporadas al control de la Superintendencia de Banca y Seguros median- te la Ley Nº 27328, así como incluir aquellos procedimientos contenidos en las normas reglamentarias que en uso de sus atribuciones ha emitido esta Superintendencia; Que, asimismo, resulta conveniente incorporar un pro- cedimiento que facilite al público en general el acceso a la información que produce o posea esta Superintendencia; y, Que, corresponde a la Superintendencia de Banca y Seguros, conforme a la autonomía funcional que le confiere el Artículo 346º de la Ley Nº 26702, aprobar la actualización del Texto Unico de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Superintendencia de Banca y Seguros; RESUELVE: Artículo Primero .- Aprobar el Texto Unico de Procedi- mientos Administrativos - TUPA de la Superintendencia de Banca y Seguros, en adelante TUPA, de acuerdo con el Anexo que se adjunta a la presente Resolución, el cual forma parte integrante de la misma. Artículo Segundo .- El TUPA que se aprueba mediante la presente Resolución se aplicará a todos los procedimien- tos administrativos que se sigan ante la Superintendencia de Banca y Seguros. Artículo Tercero .- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS CORTAVARRIA CHECKLEY Superintendente de Banca y Seguros