Norma Legal Oficial del día 08 de junio del año 2001 (08/06/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 8 de junio de 2001

Visto el Oficio Nº 0875-2001-INADE-1101-OGAJ del Jefe del Instituto Nacional de Desarrollo - INADE, sobre autorizacion al Procurador Publico del Ministerio de la Presidencia para el inicio de acciones judiciales; y, CONSIDERANDO: Que, en virtud de lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 032-97-PCM y Resolucion Suprema Nº 383-97PCM, con fecha 5 de octubre de 1997, se suscribio un Contrato de Concesion de los Servicios de Operacion y Mantenimiento de la Infraestructura Mayor de Riego y Drenaje de propiedad del Proyecto Especial Jequetepeque - Zana, con la Asociacion Civil Operacion y Mantenimiento Jequetepeque (Asociacion Civil OPEMA) y la Junta de Usuarios del distrito de Riego Regulado Jequetepeque, el mismo que concluyo el 31 de diciembre de 1999; Que, habiendo concluido el referido Contrato, la Asociacion Civil OPEMA se ha venido negando hasta la fecha, a los diversos requerimientos de la Comision de Recepcion del Proyecto Especial para la entrega de los servicios de Operacion y Mantenimiento, asi como de la Infraestructura Mayor de Riego, la misma que viene operando dicha infraestructura irregularmente, habiendo resultado infructuosas todas las gestiones realizadas con tal fin; Que, dentro de este contexto, el Proyecto Especial Jequetepeque - Zana inicialmente senalo el dia 31 de enero y posteriormente el 8 de marzo de 2001, para que la Asociacion Civil OPEMA entregara los servicios dados en concesion, asi como instalaciones, bienes muebles y acervo documentario, no pudiendo llevarse a cabo ante la negativa de los representantes de la Asociacion Civil OPEMA; Que, habiendo agotado el Proyecto Especial Jequetepeque - Zana las acciones administrativas para que la Asociacion Civil OPEMA entregue la Infraestructura de Riego, por haberse vencido el Contrato de Concesion, se hace necesario autorizar al Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de la Presidencia, para que en representacion del Estado interponga las acciones legales que MORDAZA pertinentes, asi como las que correspondan contra las personas que hubieran intervenido en actos contrarios al cumplimiento de las funciones del Estado; Con la opinion favorable de la Oficina de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, y el Articulo 12º del Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de la Presidencia, para que en nombre y representacion del Estado interponga las acciones judiciales correspondientes por las razones y hechos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir los antecedentes del caso al citado Procurador Publico, para los fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Presidencia 24814

Visto el Oficio Nº 322-2001-GG-PRES-INFES, del Gerente General del Instituto Nacional de Infraestructura Educativa y de Salud - INFES y el Informe Nº 3332001-AL-PRES-INFES; y, CONSIDERANDO: Que, por Contrato de Construccion de Obra a Suma Alzada, suscrito el 30 de octubre de 1998, el INFES contrato a la empresa OBRAS Y SERVICIOS MULTIPLES S.A. (OYSEMSA), para la ejecucion de las obras de infraestructura en el C.E.I. Nº 047, ubicado en el distrito de MORDAZA, provincia y departamento de Ica, por un monto ascendente a S/. 237 578,23, a ejecutarse dentro del plazo de 90 dias calendario, materia de la Adjudicacion Directa Nº 10-98-PRES-INFES; Que, por Resolucion de Gerencia General Nº 983-1999PRES-INFES, de fecha 3 de agosto de 1999, se establecio un saldo deudor en contra de la contratista OBRAS Y SERVICIOS MULTIPLES S.A. (OYSEMSA) derivado de adelantos otorgados y no amortizados y de la aplicacion de la multa, prevista contractualmente, por el atraso en la entrega de la obra, que han sido compensados, en parte, con saldos reconocidos a favor de la contratista y con el Fondo de Garantia, quedando un remanente de la multa impuesta ascendente a S/. 5 600,14; Que, la responsabilidad de la contratista OBRAS Y SERVICIOS MULTIPLES S.A. (OYSEMSA) por la aplicacion de la multa por atraso en la entrega de la obra, fue prevista contractualmente en las Clausulas 4.1, 6.1 y 6.2 del Contrato referido en el primer considerando de la presente Resolucion, asi como tambien en lo establecido en el Articulo 82º del Reglamento de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 039-98-PCM aplicables la ejecucion de la obra submateria, por haberse convocado el MORDAZA de seleccion bajo su vigencia; Que, la Resolucion de Gerencia General Nº 9831999-PRES-INFES fue notificada al contratista OBRAS Y SERVICIOS MULTIPLES S.A. (OYSEMSA), mediante Oficio Nº 6034-1999-GO-PRES-INFES del 5 de agosto de 1999, habiendo sido recibido el 10 del mismo mes y ano segun cargo y sello de recepcion, sin que MORDAZA interpuesto contra la misma recurso impugnativo alguno, por lo que ha quedado consentida; Que, asimismo la Gerencia de Administracion mediante Oficio Nº 2117-2000-GA-PRES-INFES del 19 de MORDAZA de 2000, recibido el 23 del mismo mes y ano segun consta del cargo y sello de recepcion, ha requerido a la contratista OBRAS Y SERVICIOS MULTIPLES S.A. (OYSEMSA), el pago de la suma adeudada, sin que MORDAZA honrado su obligacion; Que, en atencion a los considerandos precedentes es necesario autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de la Presidencia, a interponer las acciones judiciales que correspondan contra la contratista OBRAS Y SERVICIOS MULTIPLES S.A. (OYSEMSA), para la ejecucion de las obras de infraestructura en el C.E.I. Nº 047, ubicado en el distrito de MORDAZA, provincia y departamento de Ica; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, Decreto Ley Nº 17537 modificado por el Decreto Ley Nº 17667, Decreto Ley Nº 25556, modificado por el Decreto Ley Nº 25738; Con la visacion del Viceministro de Infraestructura y la opinion favorable de la Oficina de Asesoria Juridica del Ministerio de la Presidencia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de la Presidencia, para que, en nombre y representacion del Estado, interponga las acciones legales que correspondan por las razones y hechos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir los antecedentes administrativos del caso al Procurador Publico mencionado, para los fines a los que se contrae la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Presidencia 24815

Autorizan a procurador iniciar MORDAZA judicial contra empresa para el pago de multa impuesta por atraso en la entrega de obras de infraestructura
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 180-2001-PRES MORDAZA, 31 de MORDAZA del 2001

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