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Pág. 204115 NORMAS LEGALES Lima, viernes 8 de junio de 2001 Aprueban cambio de titular de licencia de operación otorgada a empresa para desarrollar actividades de procesa- miento pesquero RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 094-2001-PE/DNEPP Lima, 5 de junio de 2001 Visto el escrito con Registro Nº 01772003 del 9 de marzo de 2001, presentado por ANTARTIC CORP S.A. CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Ministerial Nº 429-97-PE del 23 de setiembre de 1997, se otorgó a J.E. S.A. licencia para la operación de su planta de congelado, con capacidad instalada de 14 t/día, en el estableci- miento industrial pesquero ubicado en el km 17,744 de la carretera Sechura Parachique, distrito y provincia de Sechura, departamento de Piura; Que el Artículo 51º del Reglamento de la Ley Gene- ral de Pesca y la Resolución Ministerial Nº 107-94-PE del 15 de marzo de 1994, establecen que durante la vigencia de la licencia para la operación de cada planta de procesamiento, la transferencia en propiedad o cam- bio de posesión del establecimiento industrial pesque- ro, conlleva la transferencia de dicha licencia en los mismos términos y condiciones en que fue otorgada; Que, mediante Resolución Directoral Nº 043-2001- PE/DNPP, del 15 de febrero de 2001, se declaró improce- dente la solicitud de ANTARTIC CORP S.A., sobre el cambio de titular de la licencia de operación otorgada a J.E. S.A. mediante Resolución Ministerial Nº 429-97- PE, por no haber acreditado su derecho sobre los equi- pos y maquinarias de la planta de congelado de produc- tos hidrobiológicos materia de la citada licencia, incum- pliendo el supuesto legal previsto para la transferencia de las licencias de operación; así como por no satisfacer el requisito 4º del procedimiento Nº 25 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos; Que a través del escrito del visto, ANTARTIC CORP S.A. presenta recurso de reconsideración contra la Resolución Directoral Nº 043-2001-PE/DNPP; Que de la evaluación efectuada a las pruebas instru- mentales presentadas por la recurrente, se concluye que ha cumplido con acreditar su derecho sobre los equipos y maquinarias de la planta de congelado de productos hidrobiológicos señalada en el primer consi- derando, mediante el correspondiente Contrato de Arrendamiento y asimismo, ha subsanado el requisito Nº 4 del procedimiento Nº 25 del Texto Unico de Procedi- mientos Administrativos del Ministerio de Pesquería, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2000-PE, con lo cual levanta los fundamentos que sustentaron la Reso- lución Directoral impugnada, por lo que deviene funda- do su recurso de reconsideración contra la Resolución Directoral Nº 043-2001-PE/DNPP; Estando a lo informado por la Dirección de Adminis- tración Pesquera de la Dirección Nacional de Extrac- ción y Procesamiento Pesquero, a través de su Informe Nº 118-2001-PE/DNEPP-Dap-iea, del 30 de abril de 2001, que sustenta la procedencia de lo solicitado y señala que la recurrente ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el procedimiento Nº 25 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesquería, aprobado por Decreto Supre- mo Nº 007-2000-PE y con la opinión favorable de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Artículo 98º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedi- mientos Administrativos, aprobado por Decreto Supre- mo Nº 02-94-JUS, modificado por la Ley Nº 26810, los Artículos 43º inciso d) 45º y 46º del Decreto Ley Nº 25977-Ley General de Pesca; los Artículos 51º, 53º y 54º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; y, En uso de las facultades conferidas mediante el Artículo 118º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y la Resolución Ministerial Nº 023-2001-PE;SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar fundado el recurso de recon- sideración interpuesto por la empresa ANTARTIC CORP S. A. contra la Resolución Directoral Nº 043-2001-PE/ DNPP, del 15 de febrero del 2001, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Aprobar el cambio de titular de la licencia de operación otorgada a J.E. S.A. mediante Resolución Ministerial Nº 429-97-PE, del 23 de setiem- bre de 1997, a favor de ANTARTIC CORP S.A., para desarrollar la actividad de procesamiento pesquero, a través de su planta de congelado de productos hidro- biológicos, con una capacidad instalada de 14 t/día, ubicada en el km 17,744 de la carretera Sechura Para- chique, distrito y provincia de Sechura, departamento de Piura, en los mismos términos y condiciones en que fue otorgada. Artículo 3º.- Dejar sin efecto la titularidad de la licencia otorgada por la Resolución Ministerial Nº 429- 97-PE, a la empresa J.E. S.A. con respecto a la planta de congelado citada en el Artículo 2º de la presente Resolución. Artículo 4º.- ANTARTIC CORP S.A. deberá operar su planta de congelado con sujeción a las normas legales y reglamentarias del ordenamiento jurídico pesquero, así como las relativas a la preservación de medio am- biente y las referidas a sanidad, higiene y seguridad industrial pesquera, que aseguren el desarrollo soste- nido de la actividad pesquera. Asimismo, deberá contar con un sistema de control del proceso que garantice la óptima calidad del producto final, así como deberá poner en operación los equipos y/o sistemas de mitiga- ción verificados por la Dirección de Medio Ambiente, según se señaló en el Oficio Nº 054-97-PE/DIREMA de 17 de enero de 1997. Artículo 5º.- El incumplimiento de lo establecido en el artículo precedente será causal de caducidad del derecho otorgado o de la aplicación de las sanciones que pudieran corresponder, según sea el caso. Artículo 6º.- Incorporar al Anexo II de la Resolu- ción Ministerial Nº 023-2001-PE, a la empresa ANTAR- TIC CORP S.A. como titular de la licencia de operación de la planta de congelado ubicada en el establecimiento industrial pesquero citado en el 2º Artículo, excluyendo a la empresa J.E. S.A. de dicho anexo. Artículo 7º.- Transcribir la presente Resolución a la Dirección Regional de Pesquería Piura. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAUL FLORES ROMANI Director Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero 24832 Aprueban cambio de titular de permi- so para operar embarcación pesquera de bandera nacional RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 095-2001-PE/DNEPP Lima, 5 de junio de 2001 Vistos los escritos de Registro Nº CE-00112002 de fechas 5 de marzo y 8 de mayo del 2001, presentados por PESQUERA EXALMAR S.A. CONSIDERANDO: Que el Artículo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE establece que la transferencia de la propiedad o posesión de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional durante la vigencia del permiso de pesca conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos términos y condiciones en que se otorgaron;