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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE JUNIO DEL AÑO 2001 (08/06/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 49

Pág. 204135 NORMAS LEGALES Lima, viernes 8 de junio de 2001 normas que componen el Sistema de Defensa Judicial del Estado. CAPITULO I DE LA PROCURADURIA PUBLICA Artículo 65º.- Corresponde a la Procuraduría Pú- blica encargada de los asuntos judiciales del Ministerio de Trabajo y Promoción Social, representar y defender ante los Organos Jurisdiccionales, los derechos e inte- reses del Ministerio y de los Organismos del Sector, de conformidad con las normas del Sistema Judicial. Artículo 66º.- Son funciones de la Procuraduría Pública: a) La representación y defensa de los intereses y derechos del Ministerio de Trabajo y Promoción Social y Organismos del Sector cuya representación se le encargue, ante los organismo jurisdiccionales, en los procesos y procedimientos que actúe como demandan- te, demandado, denunciante o parte civil, ante las Autoridades Administrativas, Jurisdiccionales y Tri- bunales Arbitrales, a nivel nacional. b) Las señaladas en el Decreto Ley Nº 17537, y demás normas complementarias y conexas relativas a la represen- tación y defensa del Estado a juicio o emplazamiento. c) Elaborar informes y demás requerimientos que le solicite el Titular del Sector. d) Otras que se le asigne. DISPOSICION COMPLEMENTARIA El Centro de Conciliación y Arbitraje del Ministerio de Trabajo y Promoción Social - CENCOAMITP, creado por la Cuarta Disposición Complementaria del Decreto Legislativo Nº 910, se regula por sus propias normas. 24941 Designan representante de los emplea- dores en el sector de la pequeña y microempresa ante el Consejo Directi- vo de ESSALUD RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 061-2001-TR Lima, 7 de junio de 2001 CONSIDERANDO: Que, el numeral 5.2 del Artículo 5º de la Ley Nº 27056, Ley de Creación del Seguro Social de Salud - ESSALUD, establece que el Consejo Directivo de este organismo está integrado por tres representantes del Estado, tres representantes de los empleadores y tres representantes de los asegurados, elegidos por las orga- nizaciones representativas; Que, el numeral 6.2 del Artículo 6º de la Ley Nº 27056, regula que el Ministro de Trabajo y Promoción Social debe reconocer a los representantes elegidos por las organizaciones representativas; Que, el Artículo 12º del Decreto Supremo Nº 002-99- TR, Reglamento de la Ley Nº 27056, establece las causales de vacancia de los miembros del Consejo Directivo, siendo una de ellas la aceptación de renun- cia; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 057-2001- TR, se reconoció a los representantes de los empleado- res y asegurados, elegidos por sus organizaciones representativas; como miembros del Consejo Directivo de ESSALUD; Que, por la pequeña y microempresa se reconoció al señor Rafael Belmont Chiarella, quien fue elegido por la Cámara de Comercio de Lima; Que, el mencionado consejero ha presentado su renuncia al cargo, sustentada en motivos personales; Que, ante ello la Cámara de Comercio de Lima ha elegido en su reemplazo al señor Alonso Rey Bustaman- te, como representante de la pequeña y microempresa; De conformidad con la Ley Nº 27056;SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la renuncia del señor Rafael Belmont Chiarella al cargo de miembro del Consejo Directivo de ESSALUD. Artículo 2º.- Designar como representante de los empleadores en el sector de la pequeña y microempresa al señor Alonso Rey Bustamante. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME ZAVALA COSTA Ministro de Trabajo y Promoción Social 24975 Designan representante del Ministerio ante el Consejo Nacional de Desarrollo de Fronteras RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 062-2001-TR Lima, 7 de junio de 2001 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 057-2001-PCM, se creó el Consejo Nacional de Desarrollo de Fronteras, encargado de proponer la política de Estado en materia de desarrollo fronterizo y de promover, coordinar y evaluar su cumplimiento; Que, el Artículo 3º de dicha norma señala que el Consejo Nacional de Desarrollo de Fronteras estará presidido por el Ministro de Relaciones Exteriores o su representante, e integrado por un Viceministro de cada Sector del Poder Ejecutivo, quienes serán nom- brados por Resolución Ministerial del Sector que representan; Que, en cumplimiento de lo dispuesto en el conside- rando anterior, resulta necesario designar al repre- sentante del Ministerio de Trabajo y Promoción So- cial ante el Consejo Nacional de Desarrollo de Fron- teras; y, De conformidad con lo establecido por el Artículo 11º del Decreto Ley Nº 25927, Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo y Promoción Social y el literal d) del Artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción Social, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 012-93-TR; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Designar al señor MARIO ARRÓS- PIDE MEDINA, Viceministro de Promoción Social, como representante del Ministerio de Trabajo y Promo- ción Social ante el Consejo Nacional de Desarrollo de Fronteras. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME ZAVALA COSTA Ministro de Trabajo y Promoción Social 24976 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 057-2001-TR Mediante Oficio Nº 032-2001-SG/OCSRP el Ministe- rio de Trabajo y Promoción Social solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Ministerial Nº 057-2001- TR, publicada en nuestra edición del día 5 de junio de 2001, en la página 203958. En el Sexto considerando, quinta y sexta línea,