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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE JUNIO DEL AÑO 2001 (08/06/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 51

Pág. 204137 NORMAS LEGALES Lima, viernes 8 de junio de 2001 Viáticos US$ 880.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 50.00 Artículo 3º.- La presente Resolución no dará dere- cho a exoneración o liberación de impuestos o de dere- chos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Transportes, Comunicacio- nes, Vivienda y Construcción. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República LUIS ORTEGA NAVARRETE Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 24994 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 089-2001-MTC Lima, 7 de junio de 2001 CONSIDERANDO: Que, el Fondo Financiero para el Desarrollo de la Cuenca del Plata - FONPLATA, comunica al Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construc- ción, que en función de los compromisos asumidos por el Gobierno del Perú en la Reunión de la Dirección Ejecutiva para la Integración de la Infraestructura Regional de América del Sur (IIRSA), debe designar a un funcionario como responsable para la elaboración del documento técnico preliminar del Eje Interoceánico (Brasil - Bolivia - Paraguay - Perú - Chile), el cual se presentará ante dicho organismo el 12 de junio de 2001, en la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, República de Bolivia; Que, se ha propuesto al señor Carlos Tamayo Pache- co, Jefe de la Oficina de Planificación y Programación del Subsector Transportes para que en coordinación con el Area de Operaciones del FONPLATA trate los planes de las materias correspondientes para la elabo- ración del referido documento técnico; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 909, Decreto Ley Nº 25862 y Decreto Supremo Nº 048-2001- PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 053-2001- PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, el viaje del señor Carlos Tamayo Pacheco, Jefe de la Oficina de Planificación y Programación del Subsector Transportes del Ministe- rio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Cons- trucción, a la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, Repú- blica de Bolivia, los días 11 al 13 de junio del 2001, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autoriza- do precedentemente será afectado con cargo al Presu- puesto del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, de acuerdo al detalle siguien- te: Pasajes US$ 401.20 Viáticos US$ 600.00 Impuestos US$ 25.00 Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denomina- ción. Artículo 4º.- La presente Resolución es refrendada por el Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivien- da y Construcción.Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República LUIS ORTEGA NAVARRETE Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 24995 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Establecen horario de atención, a liti- gantes y abogados, de jueces especia- lizados y de paz letrados de la Corte Superior de Justicia de Lima RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 182-2001-P-CSJLI/PJ Lima, 7 de junio del 2001 VISTOS: El informe de fecha veintiuno de mayo del año dos mil uno, de los señores Magistrados Integrantes de la Comisión Mixta, conformada conjuntamente con repre- sentantes del Colegio de Abogados de Lima, con el objeto de realizar la Evaluación y Rediseñamiento del Sistema de Administración de Justicia, de la Corte Superior de Justicia de Lima. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Administrativa número 031-2001-CT-PJ, publicado en el Diario Oficial El Pe- ruano, de fecha veinte de febrero del año dos mil uno, el Consejo Transitorio del Poder Judicial estableció que los Jueces de primera instancia, atenderán a los aboga- dos o a los justiciables diariamente entre las ocho a nueve de la mañana, en su despacho a puerta abierta y sin que para ello medie solicitud previa. Que, la citada Resolución Administrativa, establece que los Vocales integrantes de las Salas de las Cortes Superiores de Justicia, fijarán el horario de atención a los abogados y justiciables, según el rol coordinado con la respectiva Presidencia de la Sala. Que, a la fecha algunos Vocales Superiores y sus respectivos Presidentes de Sala, no han establecido el horario de atención a los abogados o los litigantes, lo cual debe subsanarse. Que, es obligación de los Organos Jurisdiccionales otorgar una idónea atención a los justiciables y sus abogados, resulta por ello necesario establecer algunas reglas que deben tenerse presente por los Magistrados de esta Corte Superior. Que, se han recepcionado diversos reclamos por los litigantes y abogados, respecto de que algunos magis- trados son renuentes a brindarles una debida atención a los diversos problemas que atraviesan en la tramita- ción de sus causas, y que además existe dilación en el inicio de las audiencias respectivas, lo cual genera un innecesario malestar. Que, los jueces, como directores del proceso, deben conocer directamente las inquietudes, preocupaciones y dificultades que el usuario del servicio de justicia tiene, con relación a la tramitación de los procesos a su cargo, relativos, por ejemplo a la demora en la expedi- ción de resoluciones, demora en la ejecución de determi- nado mandato judicial, dilación de la programación de audiencias, dificultades de acceso al expediente para su lectura, entre otros; ello permitirá, si está a su alcance, la inmediata solución al problema, o en su defecto, coordinar o proponer a las instancias respectivas de manera inmediata, las medidas correctivas del caso. Que, resulta además necesario recordar a los magis- trados de primera y segunda instancia, que las audien-