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Pág. 199447 NORMAS LEGALES Lima, viernes 2 de marzo de 2001 Artículo Segundo.- PONER la presente resolución en conocimiento de la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia de la República, de la Presidencia del Con- sejo Transitorio, de la Oficina de Control de la Magis- tratura, de la Gerencia General, de la Supervisión de Personal, y de los interesados para los fines pertinen- tes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. JAIME ALVAREZ GUILLEN Vocal Decano Encargado de la Presidencia Corte Superior de Justicia de Lima 19237 Ratifican y designan fedatarias de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 0081-2001-P-CSJLI/PJ Lima, 28 de febrero del 2001 VISTO y CONSIDERANDO: Que, por Resolución Administrativa Nº 0221-2000-P- CSJLI/PJ, de fecha 19 de diciembre del pasado año, se designó a la señorita doctora María Rosario Macuri Luna como Fedataria de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, con retención a su cargo de Coordinadora Administrativa y de Asuntos Jurídicos, para que conjunta- mente con el señor doctor Mario Ernesto Guerra Bonifacio, Asistente de la Presidencia, ejerzan las funciones propias, conforme al Manual del Fedatario. Que, a la fecha el doctor Guerra Bonifacio, viene ejerciendo funciones jurisdiccionales, resulta pertinente designar al Fedatario que en función de apoyo, ejercerá las funciones de Fedatario de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, conjuntamente con la doctora Macuri Luna. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, dictando las medidas administrativas internas para el mejor funcionamiento del despacho administrativo. Que, estando a lo expuesto y en mérito a las faculta- des previstas y otorgadas por los incisos 3) y 9) del Artículo 90º del Texto Unico de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- RATIFICAR a la señorita doc- tora MARIA ROSARIO MACURI LUNA, Coordinadora Administrativa y de Asuntos Jurídicos como Fedataria de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, para el presente año judicial, para que ejerza las funciones como tal, conforme a lo señalado en el Manual del Fedatario. Artículo Segundo.- DESIGNAR a la señorita Ba- chiller en Derecho ANA MARIA VILLACAMPA FLO- RES, Asistente de la Presidencia como Fedataria de Apoyo de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, para el presente año judicial, para que ejerza las funciones como tal, conforme a lo señalado en el Manual del Fedatario. Artículo Tercero.- PONER la presente resolución en conocimiento de la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia de la República, de la Presidencia del Conse- jo Transitorio, de la Oficina de Control de la Magistratu- ra, de la Gerencia General, de la Supervisión de Perso- nal, y de las interesadas para los fines pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. JAIME ALVAREZ GUILLEN Vocal Decano Encargado de la Presidencia Corte Superior de Justicia de Lima 19238Prorrogan vigencia de credenciales de peritos judiciales RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 0082-2001-P-CSJL Lima, 28 de febrero de 2001 VISTO: El Oficio Nº 50-B-2001-REPEJ del 5.1.2001, Oficio Nº 347-B-2001-REPEJ del 30.1.2001 y Oficio Nº 221- 2001-GSJ-GG-PJ del 26.1.2001, remitidos a esta Presi- dencia por el Jefe de Registro de Peritos Judiciales; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución Administrativa Nº 319-98-P- CSJL, se aprobó la nómina de profesionales y técnicos habilitados para ejercer el cargo de perito judicial de esta Corte Superior durante el Año Judicial 1999 y 2000, previo pago del derecho correspondiente. Que, de acuerdo con el Artículo 20º del Reglamento de Peritos Judiciales, la inscripción en el REPEJ habili- ta al profesional o especialista para ejercer el cargo a nivel nacional. Que, la entrega de credenciales a los peritos judiciales en el año 1999, tuvo por objeto, facilitar el desempeño de las labores periciales (acceso a los órganos jurisdiccionales, identificación para reali- zar labores de campo, tales como tasación de bienes inmuebles y el análisis de documentación en las empresas entre otras). Que, el costo de las credenciales fue asumido por el Poder Judicial y, actualmente no es posible tal situa- ción debido a las medidas de austeridad decretadas por el Gobierno Central. Que, habiéndose vencido la vigencia de las credencia- les indicadas y, siendo necesario que las referidas credenciales de Peritos Judiciales se encuentren vigen- tes para el ejercicio de sus funciones en esta Corte y entidades públicas y/o privadas, es necesario dictar ciertas medidas complementarias o esenciales; bajo estas condiciones y en mérito a las amplias facultades conferidas en los incisos 3) y 9) del Artículo 90º de la Ley Orgánica del Poder Judicial. SE RESUELVE: Artículo Primero.- PRORROGAR la vigencia de las Credenciales de Peritos Judiciales hasta el 31 de mayo del presente año. Artículo Segundo.- PONER la presente resolución en conocimiento de la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia de la República, de la Oficina de Control de la Magistratura, de la Fiscalía de la Nación y del señor Jefe del Registro de Peritos Judiciales de esta Superior Corte, para los fines pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. JAIME ALVAREZ GUILLEN Vocal Decano Encargado de la Presidencia Corte Superior de Justicia de Lima 19210 BANCO CENTRAL DE RESERVA Indice de Reajuste Diario a que se refiere el Art. 240º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros CIRCULAR Nº 007-2001-EF/90 Lima, 1 de marzo de 2001