Norma Legal Oficial del día 30 de marzo del año 2001 (30/03/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

MORDAZA, viernes 30 de marzo de 2001

NORMAS LEGALES

Pag. 200623

MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y le impuso tres anos de pena privativa de la MORDAZA, con el caracter de suspendida por el mismo plazo, inhabilitandolo en la funcion de MORDAZA del Concejo Distrital de Uchumayo, segun MORDAZA certificada de la sentencia que obra de fojas 13 a 16; fallo confirmado por sentencia de vista de fecha 29 de diciembre de 2000, emitido por la Tercera Sala Penal de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, como consta a fojas 18; Que asimismo la MORDAZA Sala Especializada en lo Penal de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, por sentencia de fecha 1 de febrero de 2000, declaro a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA como autor de la comision del delito de peculado en agravio del Estado y la Municipalidad Distrital de Uchumayo en la Instruccion Nº 97-1968, imponiendole dos anos de pena privativa de MORDAZA suspendida en su efectividad por el mismo plazo, bajo reglas de conducta e inhabilitandolo en el cargo que proviene de eleccion popular, segun MORDAZA certificada de la sentencia que obra de fojas 97 a 111; y, por ejecutoria suprema de fecha 8 de noviembre de 2000 la Sala Penal (C) de la Corte Suprema de la Republica declaro no haber nulidad en la sentencia recurrida de fecha 1 de febrero de 2000, como consta a fojas 112 y 113; Que encontrandose acreditada la causal de vacancia sobreviniente por delito doloso, en la que ha incurrido don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, conforme lo dispone el numeral 9) del Articulo 23º y numeral 3) del Articulo 26º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; de conformidad con lo dispuesto en el numeral 1) del Articulo 28º de la citad ley, en los casos de vacancia del cargo de MORDAZA, este es reemplazado por el MORDAZA MORDAZA, que es el regidor habil que le sigue en su propia lista electoral, debiendo asumir el cargo de MORDAZA a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidato proclamado de la lista independiente "Frente por el Desarrollo de Uchumayo"; y, para completar el numero legal de miembros se debe convocar a la candidata no proclamada MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, conforme aparece de la lista de candidatos remitida por el MORDAZA Electoral Especial de Arequipa; Que la solicitud de vacancia de los cargos de Regidor de los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Joe MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA de Torreblanca, por abstenerse de votar en la sesion en la que se debatio el pedido de vacancia del cargo de MORDAZA de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, debe seguir el curso que senala el Articulo 27º de la Ley Nº 23853, que dispone que la vacancia del cargo de MORDAZA o Regidor es declarada por el correspondiente Concejo Municipal; Que, estando a lo dispuesto en el numeral 1) del Articulo 178º de la Constitucion Politica del Peru, Articulo 5º literal u) de la Ley Nº 26486, concordante con el literal w) del Articulo 11º del Reglamento de Organizacion y Funciones de este organo electoral; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar fundado el recurso de revision interpuesto por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Murillo; en consecuencia, declarar la vacancia del cargo de MORDAZA que desempena don MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el Concejo Distrital de Uchumayo, provincia y departamento de MORDAZA, por existir en su contra condena por delito doloso. Articulo Segundo.- Convocar a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA para que asuma el cargo de MORDAZA del Concejo Distrital de Uchumayo, provincia y departamento de MORDAZA, en reemplazo de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para completar el periodo 1999 - 2002. Articulo Tercero.- Convocar a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA candidata no proclamada de la lista independiente "Frente por el Desarrollo de Uchumayo", para que asuma el cargo de Regidora en el Concejo Distrital de Uchumayo, para completar el periodo 1999 - 2002. Articulo Cuarto.- Otorguese la respectiva credencial a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Valdivia.

Articulo Quinto.- Declarar inadmisible la solicitud de vacancia de los cargos de Regidor de los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Joe MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA de Torreblanca, por infraccion del Articulo 38º de la Ley Nº 23853, formulada por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Murillo. Articulo Sexto.- Las autoridades politicas y policiales prestaran las garantias que requiera el cumplimiento de la presente resolucion, bajo responsabilidad. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. SANCHEZ-PALACIOS PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO DE MORDAZA MORDAZA BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General. FUNDAMENTOS DEL MORDAZA DEL SENOR DOCTOR MORDAZA SANCHEZ-PALACIOS PAIVA, PRESIDENTE DEL MORDAZA NACIONAL DE ELECCIONES Que, la causal de vacancia del cargo de MORDAZA del Concejo Distrital de Uchumayo se encuentra acreditada en forma plena con la MORDAZA certificada de la sentencia condenatoria, por lo que, si bien la vacancia no ha sido declarada por el correspondiente Concejo Municipal, como prescribe el Articulo 27º de la Ley Organica de Municipalidades, devolver al MORDAZA para que se cumpla con expedir dicho acuerdo, en nada modificaria la situacion juridica anotada; Que, es MORDAZA procesal que no procede declarar la nulidad de un tramite, cuando la subsanacion del vicio no ha de influir en el sentido de la resolucion o en las consecuencias del acto procesal, como establece el Articulo 172º MORDAZA parrafo del Codigo Procesal Civil; Que, en consecuencia, procede resolver el fondo del MORDAZA, en forma excepcional, y en conformidad con lo dispuesto por el Articulo 23º inciso 9), de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853. SS. SANCHEZ-PALACIOS PAIVA BALLON-LANDA MORDAZA Secretario General. 20992

Declaran que regidores de los Concejos Distritales de Pallasca y Parcona continuan en el ejercicio de sus cargos
RESOLUCION Nº 286-2001-JNE MORDAZA, 29 de marzo de 2001 Visto, el escrito presentado con fecha 20 de febrero del 2001, por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Pallasca, mediante el cual pone en conocimiento del MORDAZA Nacional de Elecciones la vacancia del Regidor don MORDAZA MORDAZA MORDAZA por inasistencia injustificada a las sesiones de concejo y renuncia del cargo; CONSIDERANDO: Que, en Sesion de Concejo Nº 03-2001 de fecha 31 de enero del 2001, el Concejo Distrital de Pallasca acordo por mayoria del numero legal de sus miembros, declarar la vacancia del cargo de Regidor de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por renuncia del cargo e inconcurrencia injustificada a sesiones de concejo, segun acta que en MORDAZA certificada obra desde fojas 18 a 21;

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