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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE MARZO DEL AÑO 2001 (30/03/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 53

Pág. 200623 NORMAS LEGALES Lima, viernes 30 de marzo de 2001 Pacheco Hurtado y Rosa Amparo Loayza Chávez, y le impuso tres años de pena privativa de la libertad, con el carácter de suspendida por el mismo plazo, inhabilitán- dolo en la función de Alcalde del Concejo Distrital de Uchumayo, según copia certificada de la sentencia que obra de fojas 13 a 16; fallo confirmado por sentencia de vista de fecha 29 de diciembre de 2000, emitido por la Tercera Sala Penal de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, como consta a fojas 18; Que asimismo la Segunda Sala Especializada en lo Penal de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, por sentencia de fecha 1 de febrero de 2000, declaró a don Vidal Pinto Paredes como autor de la comisión del delito de peculado en agravio del Estado y la Municipalidad Distrital de Uchumayo en la Instrucción Nº 97-1968, imponiéndole dos años de pena privativa de libertad suspendida en su efectividad por el mismo plazo, bajo reglas de conducta e inhabilitándolo en el cargo que proviene de elección popular, según copia certificada de la sentencia que obra de fojas 97 a 111; y, por ejecutoria suprema de fecha 8 de noviembre de 2000 la Sala Penal (C) de la Corte Suprema de la República declaró no haber nulidad en la sentencia recurrida de fecha 1 de febrero de 2000, como consta a fojas 112 y 113; Que encontrándose acreditada la causal de vacancia sobreviniente por delito doloso, en la que ha incurrido don Vidal Pinto Paredes, conforme lo dispone el nume- ral 9) del Artículo 23º y numeral 3) del Artículo 26º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; de confor- midad con lo dispuesto en el numeral 1) del Artículo 28º de la citad ley, en los casos de vacancia del cargo de Alcalde, éste es reemplazado por el teniente alcalde, que es el regidor hábil que le sigue en su propia lista electoral, debiendo asumir el cargo de Alcalde a don Juan Víctor Flores Murillo, candidato proclamado de la lista independiente "Frente por el Desarrollo de Uchu- mayo"; y, para completar el número legal de miembros se debe convocar a la candidata no proclamada Nuri Zenovia Mendoza Valdivia, conforme aparece de la lista de candidatos remitida por el Jurado Electoral Especial de Arequipa; Que la solicitud de vacancia de los cargos de Regidor de los señores Leonidas Rojas Quispe, Joe Calderón Aranibar y Elena Manrique de Torreblanca, por abste- nerse de votar en la sesión en la que se debatió el pedido de vacancia del cargo de Alcalde de don Vidal Pinto Paredes, debe seguir el curso que señala el Artículo 27º de la Ley Nº 23853, que dispone que la vacancia del cargo de Alcalde o Regidor es declarada por el correspon- diente Concejo Municipal; Que, estando a lo dispuesto en el numeral 1) del Artículo 178º de la Constitución Política del Perú, Artículo 5º literal u) de la Ley Nº 26486, concordante con el literal w) del Artículo 11º del Reglamento de Organi- zación y Funciones de este órgano electoral; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar fundado el recurso de revisión interpuesto por don Juan Víctor Flores Muri- llo; en consecuencia, declarar la vacancia del cargo de Alcalde que desempeña don Vidal Pinto Paredes en el Concejo Distrital de Uchumayo, provincia y departa- mento de Arequipa, por existir en su contra condena por delito doloso. Artículo Segundo.- Convocar a don Juan Víctor Flores Murillo para que asuma el cargo de Alcalde del Concejo Distrital de Uchumayo, provincia y departamen- to de Arequipa, en reemplazo de don Vidal Pinto Pare- des, para completar el período 1999 - 2002. Artículo Tercero.- Convocar a doña Nuri Zenovia Mendoza Valdivia candidata no proclamada de la lista independiente "Frente por el Desarrollo de Uchumayo", para que asuma el cargo de Regidora en el Concejo Distrital de Uchumayo, para completar el período 1999 - 2002. Artículo Cuarto.- Otórguese la respectiva creden- cial a don Juan Víctor Flores Murillo y doña Nuri Zenovia Mendoza Valdivia.Artículo Quinto.- Declarar inadmisible la solici- tud de vacancia de los cargos de Regidor de los señores Leonidas Rojas Quispe, Joe Calderón Aranibar y Elena Manrique de Torreblanca, por infracción del Artículo 38º de la Ley Nº 23853, formulada por don Juan Víctor Flores Murillo. Artículo Sexto.- Las autoridades políticas y policia- les prestarán las garantías que requiera el cumplimien- to de la presente resolución, bajo responsabilidad. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SÁNCHEZ-PALACIOS PAIVA BOLÍVAR ARTEAGA SOTO VALLENAS VELA MARQUILLÓ DE VALDIVIA CANO BALLÓN-LANDA CÓRDOVA, Secretario General. FUNDAMENTOS DEL VOTO DEL SEÑOR DOCTOR MANUEL SÁNCHEZ-PALACIOS PAIVA, PRESIDENTE DEL JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Que, la causal de vacancia del cargo de Alcalde del Concejo Distrital de Uchumayo se encuentra acredi- tada en forma plena con la copia certificada de la sentencia condenatoria, por lo que, si bien la vacancia no ha sido declarada por el correspondiente Concejo Municipal, como prescribe el Artículo 27º de la Ley Orgánica de Municipalidades, devolver al proceso para que se cumpla con expedir dicho acuerdo, en nada modificaría la situación jurídica anotada; Que, es principio procesal que no procede declarar la nulidad de un trámite, cuando la subsanación del vicio no ha de influir en el sentido de la resolución o en las consecuencias del acto procesal, como establece el Artí- culo 172º cuarto párrafo del Código Procesal Civil; Que, en consecuencia, procede resolver el fondo del asunto, en forma excepcional, y en conformidad con lo dispuesto por el Artículo 23º inciso 9), de la Ley Orgá- nica de Municipalidades Nº 23853. SS. SÁNCHEZ-PALACIOS PAIVA BALLÓN-LANDA CÓRDOVA Secretario General. 20992 Declaran que regidores de los Conce- jos Distritales de Pallasca y Parcona continúan en el ejercicio de sus car- gos RESOLUCIÓN Nº 286-2001-JNE Lima, 29 de marzo de 2001 Visto, el escrito presentado con fecha 20 de febrero del 2001, por don Hipólito Valdez Miranda, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Pallasca, mediante el cual pone en conocimiento del Jurado Nacional de Eleccio- nes la vacancia del Regidor don Apolonio Pereda Pare- des por inasistencia injustificada a las sesiones de concejo y renuncia del cargo; CONSIDERANDO: Que, en Sesión de Concejo Nº 03-2001 de fecha 31 de enero del 2001, el Concejo Distrital de Pallasca acordó por mayoría del número legal de sus miembros, decla- rar la vacancia del cargo de Regidor de don Apolonio Pereda Paredes, por renuncia del cargo e inconcurren- cia injustificada a sesiones de concejo, según acta que en copia certificada obra desde fojas 18 a 21;