Norma Legal Oficial del día 02 de mayo del año 2001 (02/05/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, miercoles 2 de MORDAZA de 2001

NORMAS LEGALES

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limpieza. Todo objeto que pueda ser un obstaculo como hacer caer, resbalar o tropezar a los trabajadores u usuarios, debe ser ordenado, apartado o eliminado. b. Todos los lugares de trabajo que por causa de lluvia o derrames de productos quimicos originen superficies resbaladizas, deberan ser inmediatamente cubiertos con material apropiado como MORDAZA o aserrin para evitar accidentes, debiendo ser esta area limpiada posteriormente. c. No debe permitirse la acumulacion de basura fuera de los recipientes destinados a ese fin y cuyo contenido debe ser eliminado diariamente. d. En lo que respecta a los residuos solidos, su manejo debe efectuarse de acuerdo a la Ley Nº 27314 - Ley General de Residuos Solidos. 16.9 Equipos de proteccion del personal Se deben dictar normas y disposiciones a fin de que las personas que ejecutan trabajos en los terminales esten obligados al uso y dotacion del equipo de proteccion adecuado al MORDAZA de riesgo del trabajo. Para el caso se debe contar con normas especificas en cuanto al equipo de proteccion personal que corresponda a la: a. Proteccion de la MORDAZA, la cara, los oidos. b. Proteccion de los ojos c. Proteccion de las vias respiratorias d. Proteccion de las manos y los brazos e. Proteccion de los pies y las piernas f. Proteccion del cuerpo para trabajos en altura (cinturon de seguridad) 16.10 Cascos de seguridad Se debera establecer un codigo de MORDAZA de acuerdo a las normas internacionales, para uniformizar su uso en todas las entidades prestadoras y que permita su facil reconocimiento segun la funcion que se realiza. Esta implementacion debera efectuarse en un plazo no mayor a 3 meses. 16.11 Permisos de trabajo Se debera establecer normas para permitir realizar trabajos tanto para el personal de la Entidad Prestadora como para los usuarios. 16.12 Trabajos en caliente Para trabajos en caliente dentro del Recinto Portuario se deben dictar normas considerando basicamente lo siguiente: a. Solicitar el permiso y autorizacion respectiva a la oficina de seguridad. b. El personal debe ser calificado. c. Los implementos de proteccion del personal deben estar en buenas condiciones. d. Los equipos deben estar en buen estado y se deben mantener en sitios secos. e. Contar con implementos de seguridad como extintores y otros. f. MORDAZA de ejecutar el trabajo asegurarse que en los alrededores no MORDAZA materiales inflamables. 17. PRIMEROS AUXILIOS En este aspecto se debe normar considerando que, al ocurrir un accidente o una indisposicion repentina, los primeros auxilios deben ser administrados exclusivamente por un medico, una enfermera o una persona que MORDAZA recibido formacion en esta materia, este ultimo debe poseer un certificado expedido por la autoridad correspondiente y se contemplen los aspectos siguientes: 17.1 Infraestructura en primeros auxilios Se debe contar con: a. Botiquines, los cuales deben contener el material necesario para administrar los primeros auxilios concordantes con las reglamentaciones vigentes, asi como instrucciones sencillas y claras respecto a la asistencia en casos de urgencia. b. Camillas, que deben estar disenadas de tal manera que puedan ser izadas sin peligro para la persona herida fuera de una bodega u otra area y que permita su traslado sin que sea necesario desplazarlo de la misma. 17.2 Equipos y personal calificado a. Embarcaciones

Cuando las operaciones de manipuleo de mercancia se efectuen a bordo de un buque que no este anclado junto al muelle, debera haber a bordo o en la proximidad de este durante las horas de trabajo una embarcacion adecuada para ser utilizada como transporte a tierra. b. Ambulancias Para asegurar la rapida evacuacion del herido o enfermo se debe disponer a una distancia razonable con una ambulancia debidamente equipada en primeros auxilios. c. Personal calificado Se debe capacitar a los trabajadores en conocimientos basicos de primeros auxilios, metodos manuales de respiracion artificial y operaciones de salvamento. 18. ENTRENAMIENTO EN PRACTICAS DE SEGURIDAD Y PREVENCION DE ACCIDENTES 18.1 Programas de entrenamiento El entrenamiento debe beneficiar al personal en mejorar su tecnica, actitud y moral ademas debe cubrir los aspectos siguientes: a. Responsabilidades legales. b. Redaccion de informes. c. Proteccion, prevencion y seguridad en casos de incendio. d. Capacitacion basica en primeros auxilios. e. Procedimientos de patrullaje. f. Conocimiento de materiales peligrosos. g. Deberes y responsabilidades. Ademas de acuerdo a las necesidades del Recinto Portuario, se puede incluir conocimiento y practicas en uso de MORDAZA de fuego, conocimientos avanzados de primeros auxilios, etc. Esto determina que se debe elaborar un programa de entrenamiento debidamente calendarizado, con las actividades que se van a realizar y al grupo de personas que va abarcar. Estos programas se deben cumplir durante todo el ano y con una evaluacion del personal que participa. 18.2 Entrenamiento en la manipulacion de mercancias peligrosas Se debe contar con personal calificado de acuerdo a las instalaciones y operaciones de manipuleo de mercancia peligrosa, el minimo debe ser de 2 personas por turno. A este personal se le debe dar adiestramiento en el conocimiento y clases de mercancia peligrosa, en especial en su envasado que deben cumplir con los requisitos senalados en las recomendaciones de la Organizacion Maritima Internacional (OMI). El entrenamiento debe abarcar el conocimiento y procedimientos para prevenir y mitigar ademas de la forma de actuar con cada clase de mercancia peligrosa en situaciones de emergencia, de acuerdo a las normas nacionales e internacionales. 18.3 Certificacion Todo el personal de seguridad debe poseer un certificado que garantice que ha concluido con exito el entrenamiento basico de seguridad y que comprende las siguientes esferas de instruccion: a. Procedimientos legales. b. Redaccion de Informes. c. Deteccion, prevencion y seguridad en caso de incendio, explosivos, drogas y otros. d. Capacitacion basica en primeros auxilios. e. Procedimientos de patrullaje. f. Conocimiento de mercancias peligrosas. g. Deberes y responsabilidades. 19. INFRACCIONES AL REGLAMENTO 19.1 Atencion de reclamos Debera especificarse los requisitos, forma, plazos, nivel de apelaciones a que tienen derecho los usuarios relacionados con la actividad portuaria, cuando las Entidades Prestadoras infrinjan las disposiciones del presente Reglamento. 19.2 Infracciones y Sanciones Debera especificarse las infracciones y el MORDAZA de sanciones (excluyendo lo pecuniario) a las que estan sujetos

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