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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE MAYO DEL AÑO 2001 (02/05/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 19

Pág. 202157 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 2 de mayo de 2001 11.4 Control de ingreso y salida de explosivos, armas y municiones La Entidad Prestadora, señalará el procedimiento para el ingreso y salida de explosivos, armas y municio- nes, debiendo cumplir además con lo dispuesto en el Reglamento de Prevención de Accidentes y Prácticas de Seguridad para la Operación de Terminales Portuarios - REPAPS. 11.5 Control y Vigilancia durante la carga y descarga de mercancías La Entidad Prestadora, deberá clasificar y señalar los casos en que dispondrá de efectivos de seguridad para estas actividades según la disponibilidad del personal con que cuente. a. Deberá tomar en cuenta las condiciones inseguras a las que estará expuesto el personal durante estas activi- dades. b. Deberá señalar el equipamiento y vestimenta ade- cuada para efectuar la función de seguridad. 11.6 Control y Vigilancia en la apertura de bultos y contenedores La Entidad Prestadora, deberá clasificar y señalar los casos en que dispondrá de efectivos de seguridad para estas actividades según la disponibilidad del personal con que cuente. a. Deberá establecerse coordinación con los organis- mos que operen dentro del Recinto Portuario para la presencia de efectivos de seguridad. b. Deberá señalar el equipamiento y vestimenta ade- cuada para efectuar la función de seguridad. 11.7 Traslados internos de mercancía y Moviliza- ción de equipos La Entidad Prestadora, elaborará los procedimientos de traslado interno de mercancías indicando como mínimo lo siguiente: a. Plano general del Recinto Portuario señalando rutas de traslado y específicamente de tránsito de los vehículos y equipos que transportan mercancías dentro del Recinto Portuario. b. Equipo utilizado y personal de custodia en casos necesarios. c. Señalización de acceso a pistas y restricción a las mismas según el tipo de vehículo y actividad que se realice. d. Deberá señalarse y demarcarse las áreas de tránsito peatonal. 11.8 Vigilancia permanente en el recinto portua- rio La Entidad Prestadora, señalará el procedimiento donde indique las actividades de patrullaje, señalando como mínimo: a. Plano general del Recinto Portuario y rutas de patrullaje dividiendo el Recinto Portuario en áreas. b. Asignar responsables de la seguridad por cada una de las áreas. c. Cantidad y tipo de vehículos utilizados para esta actividad. d. Cantidad de personal y número de rondas por día, además de la metodología a seguir para la verificación de los trabajos y actividades que se realicen dentro del Recinto Portuario. e. Coordinación con las autoridades competentes para dar seguridad tanto en el área acuática como en el área terrestre. 11.9 Sistema de inspecciones periódicas y per- manentes La Entidad Prestadora, elaborará los informes de las inspecciones indicando como mínimo lo siguiente: a. Plano general del Recinto Portuario dividiendo el Recinto Portuario en áreas para efectuar las inspecciones. b. Programa de inspecciones periódicas al Recinto Portuario, como mínimo 02 veces al año. c. Programa de inspecciones permanentes al Recinto Portuario o cuando las circunstancias lo ameriten.11.10 Turnos de vigilancia La Entidad Prestadora, elaborará el informe corres- pondiente a los turnos de vigilancia que efectuará dentro del Recinto Portuario. 12. DE LAS ACTIVIDADES DE CONTROL ESPE- CIALES 12.1 Prevención y Control de tráfico ilícito de drogas y/o sustancias prohibidas La Entidad Prestadora, señalará el procedimiento para el caso de hallazgo de drogas o sustancias cuya comercialización se encuentra prohibida en nuestro país indicando como mínimo lo siguiente: a. Procedimiento de control de ingreso de mercancías al Recinto Portuario y durante su permanencia, así como los equipos especiales para la verificación de mercancías peligrosas, drogas, explosivos y otros. b. Coordinación interna con el encargado de seguridad y la administración del Recinto Portuario. c. Procedimiento de vigilancia a la mercancía hasta que la autoridad competente se haga presente. d. Coordinación con autoridades externas competen- tes para su inmediata intervención. 12.2 Prevención y Control del contrabando y piratería La Entidad Prestadora, señalará el procedimiento indicando como mínimo lo siguiente: a. Coordinación interna con el encargado de seguridad y la administración del Recinto Portuario. b. Procedimiento de vigilancia a la mercancía hasta que la autoridad competente se haga presente. c. Coordinación con autoridades externas competentes (Aduanas, Indecopi, Policía Nacional, etc.) para su inme- diata intervención. 12.3 Prevención y Control de secuestros, actos terroristas e incursiones, amenaza con explosivos y/o armas de fuego y acciones delictivas La Entidad Prestadora, señalará un procedimiento indicando como mínimo lo siguiente: a. Procedimiento para la vigilancia de personas con acceso al Recinto Portuario (como mínimo deberá señalar- se los puntos estratégicos del Recinto Portuario y asignar los efectivos que sean necesarios para la vigilancia de cada uno de ellos). b. Coordinación interna con el encargado de seguridad y la administración del Recinto Portuario. c. Coordinación con autoridades externas competentes para su inmediata intervención. d. Procedimiento de custodia del individuo o grupo de individuos que han participado en la acción delictiva hasta que la autoridad competente se haga presente. 12.4 Personal bajo el efecto de alcohol o drogas La Entidad Prestadora, elaborará un manual de proce- dimientos indicando como mínimo lo siguiente: a. Coordinación interna con el encargado de seguridad y la administración del Recinto Portuario. b. Procedimientos administrativos de infracción y san- ción. c. Coordinación con autoridades externas competen- tes. 12.5 Hallazgo de restos humanos La Entidad Prestadora, señalará el procedimiento indicando como mínimo lo siguiente: a. Coordinación interna con el encargado de seguridad y la administración del Recinto Portuario. b. Informes del hallazgo a la administración del Recin- to Portuario. c. Coordinación con autoridades externas competen- tes. 12.6 Otros riesgos La Entidad Prestadora, deberá analizar los riesgos a los que esta potencialmente expuesto con la finalidad de implementar medidas preventivas y/o correctivas y debe- rá elaborar como mínimo un informe semestral de su evaluación.