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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE MAYO DEL AÑO 2001 (02/05/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 18

Pág. 202156 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 2 de mayo de 2001 órganos competentes y certificaciones en materia de segu- ridad industrial, salud, defensa civil y protección del medio ambiente. Deberá presentar anualmente certificación de lo si- guiente: a. Empresa de servicios contratada para las activida- des de seguridad y vigilancia o información de contratos del personal calificado. b. Buen estado de las instalaciones utilizadas en la atención de los servicios portuarios. c. Equipos operativos utilizados en la lucha contra incendios por órganos competentes. Cada certificación deberá estar habilitada por una institución con reconocimiento oficial del sector. 8.5 Capacitación, entrenamiento y evaluaciones La Entidad Prestadora, deberá elaborar como mínimo un programa de capacitación y entrenamiento anual para el personal que cumpla las funciones de vigilancia y seguridad, así como la del personal que labore en las tareas operativas y administrativas en el Recinto Portua- rio. La Entidad Prestadora, deberá evaluar durante el año el rendimiento del personal que labora en el Recinto Portuario en materia de seguridad, considerando como mínimo lo siguiente: a. Evaluación de accidentes de trabajo. b. Condiciones inseguras. c. Incidentes ocurridos y resultados de su investiga- ción. d. Actos delictivos y resultados de su investigación. e. Personal a cargo de la seguridad y vigilancia por áreas. 9. DE LOS SISTEMAS DE COMUNICACIÓN 9.1 Mecanismos de comunicación interna y ex- terna La Entidad Prestadora, deberá contar como mínimo con una base de datos que permita almacenar y consultar información de usuarios, vehículos particulares y para el transporte de mercancía, así como facilitar las estadísti- cas de recepción de mercancías peligrosas y permitir los reportes necesarios de manera inmediata, a los usuarios que lo soliciten. La Entidad Prestadora, deberá contar como mínimo con una central troncalizada de radio, previa autorización de funcionamiento por el órgano competente. 10. DEL PLAN DE SEGURIDAD, AUDITORIA E INSPECCION 10.1 Plan de seguridad, control y vigilancia La Entidad Prestadora, deberá establecer la confor- mación de regulaciones orientadas a lo siguiente: a. Seguridad industrial: Comprenderá higiene ocupa- cional, ergonomía, conservación del medio ambiente y plan de capacitación y evaluación del personal. - Deberá incluirse estas regulaciones de seguridad como un estándar que juegue un rol de modelo de conducta y operatividad para los usuarios. - Deberá incluir las prevenciones necesarias en el ambiente de trabajo (poluciones, contaminación ambien- tal por material tóxico o inflamable y otros). b. Seguridad física y de información: Control de acce- sos al Recinto Portuario, plan de evacuaciones, simulacros de sismos o desastres naturales, tratamiento de la infor- mación procesada y plan de capacitación de personal y procedimientos para el caso de secuestros, atentados, hurto, vandalismo, manifestaciones y otras condiciones inseguras que puedan ocasionar accidentes al personal que labora para la entidad prestadora dentro del Recinto Portuario, así como a todo usuario. c. Seguridad en la lucha contra incendios: Programa de simulacros y capacitación del personal, incluyendo mane- jo de base de datos de consulta de mercancías peligrosas. 10.2 Auditoría e Inspección Se debe instrumentar un programa de Auditoría que permita verificar el cumplimiento cabal de todas l as nor-mas de seguridad, control y vigilancia, debiendo contener programas de inspección o monitoreo, que guarden rela- ción con las actividades propias que realizan los trabaja- dores en el Recinto Portuario. La Entidad Prestadora, deberá elaborar informes tri- mestrales acerca de los resultados aplicados del plan anual de seguridad del Recinto Portuario. La Entidad Prestadora, deberá elaborar un plan anual de inspecciones al Recinto Portuario, donde elaborará un informe detallado sobre lo siguiente: a. Programa anual de inspecciones (como mínimo 02 veces). b. Objetivos de seguridad y metas cumplidas. c. Estadísticas del control de accesos al Recinto Portua- rio. d. Estadísticas de actos delictivos y otros. e. Condición de cada una de las estructuras del Recinto Portuario. f. Evaluación de la contaminación producida por una posible polución y/o ruido en las áreas de trabajo además de incluir medidas preventivas y correctivas. g. Evaluación y verificación de los equipos de lucha contra incendio, comunicación, de control y vigilancia (como mínimo tres veces al año), renovándolo cuando fuere necesario. 11. DEL CONTROL Y VIGILANCIA DEL TERMI- NAL 11.1 Control de ingreso y salida de personas, vehículos, mercancía, correo, provisiones y otros La Entidad Prestadora, elaborará como mínimo lo siguiente: a. Clasificar espacios para almacenar temporalmente objetos que no estén autorizados para el ingreso al Recinto Portuario (ejemplo armas de fuego, sustancias nocivas, mercancía sin declarar ante aduanas y otros). b. Contar con equipos de radio, como mínimo, para comunicarse interna y externamente con la autoridad competente en caso de observar condiciones inseguras que puedan alterar el orden público o causar incidentes y/o accidentes personales. 11.2 Control de ingreso y salida de embarcacio- nes menores a la rada interior del terminal portua- rio La Entidad Prestadora, señalará el procedimiento para el registro de información de los ingresos y salidas de estas embarcaciones donde señale las siguientes coordi- naciones: a. Capitanía de puertos. b. Comunicaciones por radio con las embarcaciones destinadas a transitar dentro y fuera de los límites del área de maniobras acuáticas del Terminal Portuario o al atraque, desatraque y otros. c. Interna con el personal encargado del amarradero destinado. d. Interna con el personal encargado de las áreas que intervengan en los servicios destinados a este tipo de embarcaciones. 11.3 Control de ingreso y salida de vehículos o embarcaciones con emergencia La Entidad Prestadora, señalará el procedimiento de: a. Clasificación de las emergencias de tipo personal, laboral y por otros factores. b. Clasificación de las embarcaciones según el tipo de mercancía que transporte. c. Manual de procedimientos para el ingreso y salida de vehículos en casos de emergencia y la coordinación con órganos internos y externos para su correcta ejecución (administración de Recinto Portuario, seguridad interna, policía nacional, cuerpo general de bomberos, hospitales, clínicas y otros). d. Manual de procedimientos para el ingreso y salida de embarcaciones en casos de emergencia y la coordina- ción con órganos internos y externos para su correcta ejecución (administración del Recinto Portuario, seguri- dad interna, lucha contra incendios, seguridad industrial, DICAPI y otros).