Norma Legal Oficial del día 03 de mayo del año 2001 (03/05/2001)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 37

MORDAZA, jueves 3 de MORDAZA de 2001
CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

Pag. 202239

Que mediante el Articulo MORDAZA de la Resolucion Nº 301-A-2001-JEE-HUARAZ, el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA ha declarado nula la votacion preferencial de los candidatos al Congreso de la Republica del Partido Aprista Peruano, correspondiente al acta electoral observada por error material de la mesa de sufragio indicada en el visto, al exceder los votos preferenciales la votacion obtenida por la lista; Que cotejada el acta observada con el acta de garantia del MORDAZA Nacional de Elecciones, correspondiente a la mesa de sufragio Nº 113583 C del distrito de MORDAZA, provincia de Bolognesi del departamento de MORDAZA, se constata que los votos preferenciales del Partido Aprista Peruano no exceden la votacion parlamentaria obtenida por dicha lista; Que de conformidad con lo dispuesto en numeral 5) del Articulo Primero de la Resolucion Nº 206-2001-JNE, si la votacion preferencial de un candidato al Congreso de la Republica excede la votacion obtenida por su correspondiente lista, se anula dicha votacion preferencial; Que ante la discrepancia de la votacion consignada en las actas, prevalece el acta de garantia del MORDAZA Nacional de Elecciones por virtud del MORDAZA de la presuncion de la validez del MORDAZA, el cual se encuentra previsto en el Articulo 4º de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859; El MORDAZA Nacional de Elecciones, administrando justicia en materia electoral; RESUELVE: Articulo Primero.- Revocar el Articulo MORDAZA de la Resolucion Nº 301-A-2001-JEE-HUARAZ que declara nula la votacion preferencial de los candidatos al Congreso de la Republica del Partido Aprista Peruano en el acta electoral correspondiente a la mesa de sufragio Nº 113583 C; teniendose como validas la votacion congresal asi como las preferenciales consignadas a favor de dicha organizacion, segun el acta de garantia del MORDAZA Nacional de Elecciones, de la siguiente manera: Acta Nº 113583 C: VOTACION CONGRESAL 16 VOTOS PREFERENCIALES Candidatos 1 2 4 5 Votos 1 1 1 3

Que por Resolucion Nº 143-2001-JNE de 12 de febrero del presente ano, en concordancia con lo dispuesto en el Articulo 183º de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859, se establecio la obligatoriedad de los partidos politicos, agrupaciones independientes y alianzas electorales participantes en el MORDAZA de elecciones generales de presentar la proyeccion de los fondos a invertir en la MORDAZA electoral y su fuente de financiamiento; Que el MORDAZA Nacional de Elecciones esta facultado para efectuar las indagaciones necesarias para establecer la exactitud del movimiento economico correspondiente a dicha MORDAZA, como establece el Articulo 183º de la Ley Organica de Elecciones, con cuyo proposito suscribio con la Asociacion Civil Transparencia el convenio de 15 de febrero ultimo, a fin de que se realice la medicion del tiempo y espacios de propaganda politica utilizados en los medios de comunicacion social; Que la Asociacion Civil Transparencia ha cumplido con el encargo recibido, segun se aprecia del informe de vistos; Que, conforme a lo dispuesto en el Articulo 368º del Codigo Penal, incurre en ilicito penal quien incumple la orden impartida por un funcionario publico en ejercicio de sus atribuciones; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en ejercicio de las facultades concedidas por los Articulos 178º Inc. 3) de la Constitucion Politica del Estado y 5º Inc. g) de su propia Ley Organica; RESUELVE: Articulo Primero.- Poner en conocimiento publico el informe de Financiamiento de Propaganda Politica que cubre el periodo del 8 de enero al 6 de MORDAZA del presente ano emitido por la Asociacion Civil Transparencia. Articulo Segundo.- Expresar el reconocimiento institucional a la Asociacion Civil Transparencia, por el cabal cumplimiento del encargo conferido. Articulo Tercero.- Poner en conocimiento del Ministerio Publico que las organizaciones politicas: Partido Accion Popular, Partido Renacimiento MORDAZA, Frente Popular MORDAZA FIA del Peru y la alianza electoral Cambio 90 - Nueva Mayoria, incumplieron con lo dispuesto en la Resolucion Nº 143-2001-JNE Registrese, comuniquese y publiquese. SS. SANCHEZ-PALACIOS PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO DE MORDAZA MORDAZA BALLON-LANDA MORDAZA Secretario General 22772

Articulo Segundo.- Disponer la inmediata devolucion de los actuados al MORDAZA Electoral Especial de origen, con MORDAZA certificada del acta correspondiente al MORDAZA Nacional de Elecciones, para el computo respectivo ante la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales competente. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. SANCHEZ-PALACIOS PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO DE MORDAZA MORDAZA BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General 22771

Ponen en conocimiento publico informe sobre financiamiento de propaganda politica emitido por la Asociacion Civil Transparencia
RESOLUCION Nº 386-2001-JNE MORDAZA, 30 de MORDAZA de 2001 VISTO, el MORDAZA Informe sobre Financiamiento de Propaganda Politica emitido por la Asociacion Civil Transparencia, que cubre el periodo del 8 de enero al 6 de MORDAZA del presente ano, alcanzado con la atenta nota de fecha 18 de MORDAZA ultimo;

Convocan a candidata no proclamada para que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital de Chinchihuasi
RESOLUCION Nº 387-2001-JNE MORDAZA, 1 de MORDAZA de 2001 Exp. Nº 496-2001 CHINCHIHUASI VISTO: El escrito recibido con fecha 30 de marzo del 2001, del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA del Concejo Distrital de Chinchihuasi, Churcampa, solicitando se convoque al llamado por ley, para completar el numero legal de sus miembros, por haber sido vacado el cargo de la Regidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por inconcurrencia injustificada a sesiones de Concejo; y,

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.