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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE MAYO DEL AÑO 2001 (20/05/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 45

Pág. 203051 NORMAS LEGALES Lima, domingo 20 de mayo de 2001 e) Informar al Viceministro de Comunicaciones el desa- rrollo de los planes, proyectos y programas a su cargo. f) Ejercer la representación del Ministerio de Transpor- tes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, ante los Organismos Postales Internacionales y Administraciones Postales Extranjeras. g) Atender y absolver los reclamos de los usuarios, en contra de los concesionarios de los servicios postales, de acuerdo con las disposiciones legales respectivas. h) Aplicar sanciones a quienes incurran en infracción a la legislación postal y/o contratos de concesión postal, según corresponda. i) Supervisar el cumplimiento de lo establecido en los convenios y acuerdos internacionales que el país haya ratificado; así como controlar el cumplimiento del Servicio Postal Universal. j) Proponer la automatización de las actividades nor- mativas y administrativas en la parte que le corresponde. k) Promover el desarrollo del Museo Postal y Filatélico del Perú. l) Formular, ejecutar y controlar el plan operativo y el presupuesto de la Dirección General. m) Formular y proponer a la unidad ejecutora de Comu- nicaciones, el plan anual de necesidades de bienes y servi- cios, cautelando su buen uso y custodia. n) Solicitar a la Oficina General de Asesoría Jurídica pronunciamiento legal y opinión respecto de las discrepan- cias producidas dentro de su jurisdicción. o) Elaborar y presentar al Viceministro de Comunica- ciones la memoria Anual de su gestión. p) Las demás funciones que le asigne el Despacho Viceministerial de Comunicaciones, de acuerdo al ámbito de su competencia. ESTRUCTURA ORGANICA: Artículo 217º.- La Estructura Orgánica de la Dirección General de Correos, es la siguiente: A. Órgano de Dirección: Dirección General de Correos. B. Órgano de Apoyo: Oficina de Apoyo Administrativo C. Órganos de Línea: Dirección de Desarrollo y Normas Técnicas. Dirección de Concesiones y Supervisión Postal Dirección de Asuntos Internacionales y Fomento de la Filatelia. RELACIONES: Artículo 218º.- La Dirección General de Correos de- pende jerárquica y funcionalmente del Viceministerio de Comunicaciones, mantiene relaciones funcionales con la Alta Dirección del MTC, tiene autoridad jerárquica y funcional sobre las dependencias de la Dirección General, mantiene relaciones de coordinación con los órganos del MTC y la Empresa de Servicios Postales del Perú S.A. Así mismo, con los organismos internacionales de la Unión Postal Universal (UPU), la Unión Postal de las Américas, España y Portugal (UPAEP) y el Comité Postal Andino (CPA) en los asuntos que corresponda. DE LA OFICINA DE APOYO ADMINISTRATIVO MISIÓN: Artículo 219º.- Gestionar la obtención de los recursos presupuestarios, logísticos y de personal para el pleno cumplimiento de los objetivos, metas y acciones de la Dirección General de Correos, coadyuvando al mejora- miento continuo en la calidad de los servicios que brinda. FUNCIONES: Artículo 220º.- La Oficina de Apoyo Administrativo, es el órgano de apoyo de la Dirección General de Correos, está a cargo de un Director. Le corresponde las funciones siguientes: a) Coordinar la formulación, ejecución y control del plan operativo institucional. b) Formular, ejecutar y controlar el presupuesto de la Dirección General de Correos, optimizando la gestión ad- ministrativa.c) Coordinar con los órganos competentes del Ministe- rio los asuntos relativos a los sistemas de personal, inspec- toría y trámite documentario de la Dirección General de Correos. d) Realizar los inventarios físicos de la Dirección Gene- ral de Correos. e) Controlar la captación de los ingresos derivados de las tasas por derecho de concesión postal, multas, derechos de trámite y otros ingresos. f) Formular y programar el plan anual de adquisiciones y servicios de la Dirección General de Correos. g) Las demás funciones que le asigne la Dirección General, de acuerdo al ámbito de su competencia. DE LA DIRECCIÓN DE DESARROLLO Y NORMAS TÉCNICAS MISIÓN: Artículo 221º.- Formular y proponer normas y linea- mientos de política postal, para regular y dirigir adecuada- mente las actividades postales, contribuyendo a consolidar un sistema postal eficaz en beneficio de los usuarios. FUNCIONES: Artículo 222º.- La Dirección de Desarrollo y Normas Técnicas, es un órgano de línea de la Dirección General de Correos, está a cargo de un Director. Le corresponde las funciones siguientes: a) Formular y ejecutar su plan operativo institucional. b) Formular proyectos de normas legales en materia postal nacional. c) Coordinar, formular y proponer las normas técnicas y operativas relativas a los servicios postales. d) Formular propuestas de lineamientos de política postal. e) Formular proyectos de modificación de la normativi- dad postal vigente de acuerdo con los convenios internacio- nales. f) Interpretar la legislación postal internacional para su correcta aplicación en las actividades y operaciones postales nacionales. g) Formular y desarrollar estudios relacionados con las actividades y operaciones postales. h) Evaluar y proponer normas de calidad en los procesos postales. i) Formular los informes de gestión de la Dirección General de Correos de acuerdo con los planes y programas. j) Proponer la automatización de las actividades nor- mativas y administrativas en la parte que le corresponde. k) Las demás funciones que le asigne la Dirección General, de acuerdo al ámbito de su competencia. DE LA DIRECCIÓN DE CONCESIONES Y SUPERVISIÓN POSTAL MISIÓN: Artículo 223º.- Fomentar el desarrollo de las acti- vidades postales y proponer el otorgamiento de las concesiones, dentro del marco normativo vigente, así como supervisar y controlar el cumplimiento de las disposiciones legales y contractuales, determinando las infracciones y proponiendo la aplicación de las sanciones administrativas. FUNCIONES: Artículo 224º.- La Dirección de Concesiones y Super- visión Postal, es el órgano de línea de la Dirección General de Correos, está a cargo de un Director. Le corresponde las funciones siguientes: a) Formular y ejecutar su plan operativo institucional. b) Estudiar y evaluar las solicitudes de otorgamiento, renovación y/o modificación de concesiones postales. c) Proponer y ejecutar planes y programas orientados al fomento de la actividad postal. d) Elaborar los proyectos de resoluciones y contratos de concesión postal. e) Mantener actualizado el registro de concesionarios postales. f) Elaborar y ejecutar mecanismos de fiscalización pos- terior que permita verificar los datos que correspondan a los titulares de concesiones postales. g) Formular cuadros estadísticos relacionados a los servicios y actividades postales. h) Proponer los planes y programas de supervisión y control de la actividad postal.