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Pág. 203039 NORMAS LEGALES Lima, domingo 20 de mayo de 2001 h) Evaluar y proponer la aprobación de los proyectos de los reglamentos internos operativos, reglamentos de pre- vención de accidentes y prácticas de seguridad, control y vigilancia requeridos por las entidades prestadoras que explotan la infraestructura portuaria de uso público. i) Ejecutar las acciones administrativas orientadas a una efectiva y eficiente gestión de las actividades de su competencia. j) Ejercer la representación de la Dirección General, a su solicitud, ante organismos e instituciones públicas y privadas, para actividades relacionadas al ámbito de su competencia. k) Participar en comisiones y reuniones de trabajo relacionados a las actividades de su competencia. l) Formular, proponer y ejecutar las metas y objetivos del plan operativo institucional, en el ámbito de su compe- tencia, evaluando su cumplimiento. m) Mantener información actualizada sobre tarifas portuarias y de los servicios conexos al transporte maríti- mo. n) Suministrar a la Oficina de Registro y Estadística, los documentos fuente del área de su competencia para su oportuno procesamiento y consolidación, que coadyuve a la correcta y oportuna toma de decisiones. o) Las demás funciones que le asigne la Dirección General, de acuerdo al ámbito de su competencia. DE LA DIRECCIÓN DE ACTIVIDADES NAVIERAS Y MULTIMODAL MISIÓN: Artículo 145º.- Promover el desarrollo y el ordena- miento administrativo y operativo de las actividades na- vieras y multimodal del sector, garantizando la calidad y eficiencia de los servicios de transporte acuático que pres- tan las personas y empresas autorizadas, contribuyendo al desarrollo comercial del país. FUNCIONES: Artículo 146º.- La Dirección de Actividades Navieras y Multimodal, es el órgano de línea de la Dirección General de Transporte Acuático, está a cargo de un Director. Le corresponde las siguientes funciones: a) Formular y proponer políticas y estrategias orienta- das a fomentar e impulsar el desarrollo de las actividades navieras, comercial y multimodal. b) Controlar y fiscalizar las actividades de las personas naturales y jurídicas autorizadas para prestar servicios de transporte acuático comercial y/o turístico. c) Evaluar y proponer el otorgamiento de permisos de operación que son requeridos por las personas naturales y jurídicas para prestar servicios de transporte acuático comercial y/o turístico. d) Evaluar y emitir opinión sobre las solicitudes de fletamento de naves de banderas extranjeras y/o el incre- mento ó la reducción de flota mercante. e) Evaluar y emitir opinión respecto de las actividades de agentes de carga internacional marítima, informando para su aprobación y registro. f) Evaluar y emitir opinión, respecto de las solicitudes de autorización de embarque de naves extranjeras en tráfico de cabotaje. g) Evaluar y emitir opinión técnica respecto de las actividades relacionadas con el transporte multimodal. h) Participar en comisiones y reuniones técnicas rela- cionadas a las actividades de su competencia. i) Ejercer la representación de la Dirección General, a su solicitud, ante organismos e instituciones públicas y privadas, en actividades que correspondan al ámbito de su competencia. j) Formular y proponer, los anteproyectos de normas y disposiciones reglamentarias en materia de su competen- cia. k) Formular, proponer y ejecutar las metas y objetivos del plan operativo institucional, en el ámbito de su compe- tencia, evaluando su cumplimiento. l) Suministrar a la Oficina de Registro y Estadística, los documentos fuente del área de su competencia para su oportuno procesamiento y consolidación, que coadyuve a la correcta y oportuna toma de decisiones. m) Ejecutar las acciones administrativas orientadas a una efectiva y eficiente gestión en las actividades de su competencia.n) Las demás funciones que le asigne la Dirección General, de acuerdo al ámbito de su competencia. DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE CAMINOS MISIÓN: Artículo 147º.- Desarrollar la Red Vial Nacional, opti- mizando la intercomunicación de los pueblos, a fin de fortalecer el desarrollo socio-económico del país, mejoran- do la calidad de vida de las poblaciones. FUNCIONES: Artículo 148º.- La Dirección General de Caminos, es un órgano de Línea del Despacho Viceministerial de Trans- portes, está a cargo de un Director General. Le corresponde las siguientes funciones: a) Formular y supervisar la ejecución del Plan Opera- tivo Institucional. b) Participar en actividades y foros internacionales en el ámbito de su competencia. c) Formular, proponer, ejecutar y evaluar las políticas relativas a la infraestructura vial supervisando y evaluan- do su ejecución. d) Construcción, mejoramiento, rehabilitación y con- servación de la red vial nacional. e) Autorización y supervisión del sistema de peajes de acuerdo a las facultades conferidas por Ley, así como emitir la normatividad correspondiente. f) Dirigir y controlar la ejecución física de los proyectos de construcción, mejoramiento, rehabilitación y manteni- miento de carreteras pertenecientes a la red vial a nivel Nacional con recursos provenientes del Tesoro Público y dentro del marco de los contratos de préstamos concerta- dos entre la República del Perú y Organismos internacio- nales y financieros y la Cooperación Técnica Internacional. g) Formular programas de contingencias para atender las emergencias de la red vial. h) Formular y proponer a la Oficina General de Admi- nistración, el plan anual de adquisición de bienes y servi- cios de la Dirección General, empleando criterios de efi- ciencia, racionalidad y austeridad. i) Formular y proponer a la Oficina General de Presu- puesto y Planificación, el anteproyecto del Presupuesto Anual de la Dirección General, en concordancia con las directivas que emita la Oficina General de Presupuesto y Planificación. j) Gestionar, administrar y evaluar el presupuesto asignado para el desarrollo de su gestión, aplicando medi- das correctivas con criterio técnico y oportunas a las desviaciones que presenten los respectivos índices presu- puestales, de acuerdo a las directivas que emite el MEF y la Oficina General de Presupuesto y Planificación. k) Aprobar, supervisar y controlar los estudios y la ejecución de las obras viales. l) Formular y proponer a la Oficina General de Adminis- tración, las bases técnicas y términos de referencia del ámbito de su competencia, en los procesos de licitaciones y concursos, para la contratación de estudios, supervisión y ejecución de obras de acuerdo a la normatividad. m) Aprobar, suscribir contratos, convenios, bases, tér- minos de referencia y modificatorias; cautelando el cumpli- miento de los términos, condiciones y especificaciones de los mismos. n) Gestionar, aprobar, supervisar y controlar las inver- siones en equipo mecánico, así como supervisar la instala- ción, uso, mantenimiento y seguridad de los mismos. o) Velar por el cumplimiento, aplicación y actualización del reglamento de peso y dimensión vehicular para la circulación en la red vial. p) Asesorar técnicamente a otras entidades públicas y privadas en materia de infraestructura vial y equipo mecá- nico, así como ejecutar estudios por encargo mediante convenios. q) Formular y aprobar las tarifas referenciales, corres- pondientes al equipo y maquinaria pesada, para movi- miento de tierras y los servicios de laboratorio. r) Normar, y aprobar la ejecución de análisis de control de calidad de las obras de infraestructura vial y de los materiales utilizados en las mismas. s) Aprobar las normas técnicas, administrativas y lega- les inherentes a la gestión de infraestructura vial. t) Dirigir, ejecutar y evaluar las políticas de personal aplicables a la Dirección General de Caminos, en coordina- ción con la Oficina General de Personal. u) Elaborar y presentar al Viceministro de Transportes, la Memoria Anual de su gestión. v) Coordinar acciones con la Oficina General de Admi- nistración, Oficina General de Personal, la Oficina General