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Pág. 203050 NORMAS LEGALES Lima, domingo 20 de mayo de 2001 j) Mantener y estandarizar los perfiles de la escala, puestos y salarios de la DGT para efectos de reclutamiento, evaluación, selección, calificación y fortalecimiento de la calidad del potencial humano, coordinando acciones con la Oficina General de Personal. k) Supervisar, evaluar y fortalecer la operatividad de las oficinas zonales de la DGT. l) Formular bases y perfiles para la concesión de los diferentes servicios de telecomunicaciones. m) Las demás funciones que le asigne la Dirección General, en el ámbito de su competencia. DE LA DIRECCIÓN DE ESTUDIOS Y PROYECTOS DE TELECOMUNICACIONES MISIÓN: Artículo 209º.- Responsable de desarrollar estu- dios y proyectos técnicos, de la evaluación de su aplica- bilidad, de la supervisión de su implementación y del aseguramiento de sus resultados y logros, teniendo como objetivo fundamental el desarrollo continuo de las telecomunicaciones del país, con tecnología de alta generación que garanticen a las poblaciones del país servicios de calidad. FUNCIONES: Artículo 210º.- La Dirección de Estudios y Proyectos de Telecomunicaciones, es el órgano de línea de Dirección General de Telecomunicaciones, está a cargo de un Direc- tor. Le corresponde las funciones siguientes: a) Formular estudios y proyectos de inversión que potencien el desarrollo sostenido de las telecomunicacio- nes del país, con estudios de costo beneficio y cualidad de financiamiento. b) Desarrollar y evaluar estudios y proyectos para la integración de las telecomunicaciones. c) Formular proyectos para el fortalecimiento de la gestión, de la operatividad y control de las telecomunica- ciones. d) Participar en la formulación y desarrollo del plan estratégico de la DGT. e) Formular el plan operativo institucional de la Direc- ción. f) Calendarizar y programar los proyectos de corto, mediano y largo plazo. g) Evaluar estudios de factibilidad de los proyectos de fortalecimiento de las telecomunicaciones en el país. h) Supervisar y realizar el seguimiento de los proyectos en ejecución, sugiriendo las correcciones pertinentes. i) Formular perfiles de bases para contratar firmas especializadas en la ejecución y/o desarrollo de los estudios y proyectos de telecomunicaciones. j) Las demás funciones que le asigne la Dirección General, en el ámbito de su competencia. DE LA DIRECCIÓN DE GESTIÓN DE SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES MISIÓN: Artículo 211º.- Evaluación de solicitudes y autoriza- ciones, permisos y licencias de los servicios de telecomuni- caciones, manteniendo actualizado el registro nacional de frecuencias, cautelando los derechos del Estado y brindan- do a los usuarios, servicios de telecomunicaciones de alta calidad. FUNCIONES: Artículo 212º.- La Dirección de Gestión de Servicios de Telecomunicaciones, es el órgano de línea de Dirección General de Telecomunicaciones, está a cargo de un Direc- tor. Le corresponde las funciones siguientes: a) Formular políticas para la administración de los servicios de telecomunicaciones. b) Evaluar y elaborar informes técnicos de solicitudes para las autorizaciones, permisos y licencias de los servi- cios de radiodifusión y de teleservicios privados. c) Evaluar y autorizar las transferencias de derechos de autorizaciones. d) Formular las bases y conducir los concursos y/o licitaciones públicas para el otorgamiento de autorizacio- nes. e) Asignar frecuencias de acuerdo al Plan Nacional de Atribución de Frecuencias. f) Autorizar y cancelar la instalación y operación de los servicios de telecomunicaciones.g) Actualizar periódicamente los montos de derechos, tasas y canon de telecomunicaciones. h) Formular el plan operativo institucional de la Direc- ción. i) Participar en la formulación y desarrollo del plan estratégico de la DGT. j) Otorgar permisos de internamiento final o temporal de equipos de telecomunicaciones. k) Mantener vigente el registro y control de las casas comercializadoras de equipos de telecomunicaciones. l) Evaluar las solicitudes de asignación de series y/o códigos de numeración y señalización (relacionadas con el plan nacional de telecomunicaciones). m) Las demás funciones que le asigne la Dirección General, en el ámbito de su competencia. DE LA DIRECCIÓN DE CONTROL DE SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES MISIÓN: Artículo 213º.- Responsable de la fiscalización del cumplimiento de las disposiciones legales de la normativi- dad vigente y la utilización autorizada para el uso del espectro radioeléctrico. FUNCIONES: Artículo 214º.- La Dirección de Control de Servicios de Telecomunicaciones, es el órgano de Línea de la Dirección General de Telecomunicaciones, está a cargo de un Direc- tor. Le corresponde las funciones siguientes: a) Formular políticas relacionadas con el control de los servicios de telecomunicaciones. b) Controlar la utilización del espectro radioeléctrico en el ámbito nacional, de acuerdo con las disposiciones técni- cas y a la normatividad legal vigente. c) Realizar inspecciones técnicas a las estaciones u operadoras de los servicios de telecomunicaciones, en el ámbito nacional, para verificar el cumplimiento de la normatividad establecida. d) Resolver los reclamos por interferencias radioeléctri- cas y por uso indebido del espectro. e) Aplicar sanciones administrativas por infracciones en la operación de los servicios de telecomunicaciones: radiodifusión y/o teleservicios privados. f) Formular el plan anual de inspecciones y programa- ción de visitas a las diferentes regiones del país. g) Programar el plan de monitoreo e investigación del espectro radioeléctrico en el ámbito nacional. h) Formular el plan operativo institucional de la Direc- ción. i) Participar en la formulación y desarrollo del plan estratégico de la DGT. j) Promover el buen uso del espectro radioeléctrico para el cumplimiento de la normatividad técnica legal vigente. k) Homologar los equipos y aparatos de telecomunica- ciones, en general y emitir los certificados pertinentes. l) Las demás funciones que le asigne la Dirección General, en el ámbito de su competencia. DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE CORREOS MISIÓN: Artículo 215º.- Regular, controlar y promover los ser- vicios postales en el país, dentro del marco legal y normas internacionales vigentes, estableciendo la normatividad adecuada que garantice la prestación de un servicio de calidad. FUNCIONES: Artículo 216 º.- La Dirección General de Correos, es el órgano de línea del Despacho Viceministerial de Comuni- caciones, está a cargo de un Director General. Le corres- ponde las funciones siguientes: a) Formular normas y lineamientos de política postal para regular y dirigir adecuadamente las actividades pos- tales. b) Fomentar y controlar los servicios postales con la finalidad de promover su desarrollo y garantizar la calidad del servicio. c) Formular propuestas y desarrollar proyectos sobre asuntos postales para optimizar la prestación de los servi- cios postales. d) Desarrollar y difundir planes y programas dirigidos a fomentar la actividad filatélica, contribuyendo a brindar a la sociedad una alternativa cultural y formativa.