Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE MAYO DEL AÑO 2001 (20/05/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 35

Pág. 203041 NORMAS LEGALES Lima, domingo 20 de mayo de 2001 l) Coordinar con el personal asignado en las Direcciones Departamentales de la Dirección General de Caminos, el desarrollo de sus funciones. m) Las demás funciones que le asigne la Dirección General de acuerdo al ámbito de su competencia. OFICINA DE CONTROL DE CALIDAD MISIÓN: Artículo 155º.- Que el control de calidad de las obras y materiales utilizados en la construcción, rehabilitación y mantenimiento de la red vial, garantice la seguridad, calidad y permanencia del sistema vial. FUNCIONES: Artículo 156º.- La Oficina de Control de Calidad, es un órgano de apoyo de la Dirección General de Caminos, está a cargo de un Director y le corresponde las siguientes funciones: a) Formular y ejecutar su Plan Operativo Institucional. b) Normar, supervisar y/o ejecutar el desarrollo de estudios de suelos y rocas, geológicos, geotécnicos e hidro- lógicos; ensayo de materiales (asfalto, cemento, cal, pintu- ras, agua, agregados y otros); diseño de pavimentos y cimentación. c) Efectuar el control de calidad de hidrocarburos (pe- tróleo, asfalto, solventes, etc.) así como ligantes no metá- licos (cemento, cales, yesos, etc.). d) Formular, así como proponer normas y especificacio- nes técnicas, promoviendo la investigación, el análisis y utilización de nuevos métodos y procedimientos en armo- nía con la tecnología moderna y acuerdos internacionales. e) Ejecutar los análisis y ensayos de materiales con el apoyo de laboratorio para el proceso de diseño y ejecución de obras viales. f) Formular, proponer y ejecutar las políticas de inspec- ción y control de calidad de las obras a cargo de la Dirección General, participando en el caso de ser requerida, en la recepción de las mismas, verificando la calidad de los trabajos realizados. g) Mantener actualizado el archivo de Normas Técnicas Internacionales, referidas al diseño y ejecución de obras viales, proponiendo su adecuación y aplicación de acuerdo a las características y necesidades viales del País, para el logro de una mejor ejecución de obras de ingeniería vial en el País. h) Formular y proponer la actualización de tarifas para los servicios de laboratorio que la oficina presta a terceros. i) Proponer la automatización de las actividades rela- cionadas al control de calidad. j) Las demás funciones que le asigne la Dirección General, en el ámbito de su competencia. DE LA OFICINA DE ASESORÍA TECNICA MISION: Artículo 157º.- Brindar asesoramiento y apoyo técnico a las Unidades Orgánicas en el desarrollo de los planes, presupuesto, organización y sistemas de información im- pulsando el cumplimiento de la gestión de la Dirección General de Caminos. FUNCIONES: Artículo 158º.- La Oficina de Asesoría Técnica, es un órgano de asesoramiento de la Dirección General de Cami- nos, está a cargo de un Director. Le corresponde las siguientes funciones. a) Conducir la formulación y control de los Planes Estratégico, Operativo y del Presupuesto Anual. b) Evaluar y solicitar el mantenimiento permanente del Manual de Procesos y procedimientos optimizando las actividades de las unidades orgánicas de la DGC. c) Formular, actualizar y proponer los documentos de la Dirección General de Caminos y los sistemas administra- tivos necesarios para la marcha institucional. d) Normar y estandarizar la información estadística de la gestión técnica y administrativa de la Dirección General de Caminos. e) Efectuar el planeamiento y proponer el desarrollo de los sistemas de información que sirvan de apoyo a las actividades técnicas y administrativas de la Dirección General de Caminos.f) Participar en la elaboración del plan nacional vial en concordancia con los planes estratégicos nacionales que permita eficiencia y continuidad en las actividades a cargo de la Dirección General. g) Mantener el sistema de Inventario Vial Actualizado. h) Coordinar la Gestión económica-financiera para la aprobación de recursos con los Organismos Internaciona- les y Nacionales. i) Desarrollar proyectos de investigación técnica y ca- pacitación del personal para cumplir con lo fijado por la Dirección General de Caminos. j) Preparar y actualizar el inventario de estudios de proyectos de inversión en el marco de la ley nacional de inversión publica. k) Las demás funciones que le asigne la Dirección General de acuerdo al ámbito de su competencia. DE LA OFICINA DE ASESORIA LEGAL MISION: Artículo 159º.- Brinda asesoramiento legal para la aplicación de las normas legales de acuerdo a las disposi- ciones y políticas del Supremo Gobierno, para una eficiente gestión institucional. FUNCIONES : Artículo 160º.- La Oficina de Asesoría Legal es el órgano de asesoramiento de la Dirección General de Cami- nos está a cargo de un Director, que funcionalmente coor- dina con la Oficina de Asesoría Jurídica. Le corresponde las siguientes funciones: a) Asesorar a la Dirección General de Caminos, las Direcciones y/o Direcciones Departamentales, de la nor- matividad vigente y su aplicación en asuntos de carácter jurídico, legal y normativo. b) Revisar las bases de licitaciones, concursos y ad- quisiciones, contratos, convenios, resoluciones y otros documentos que le sean requeridos, en el ámbito de su competencia, procediendo a su visación en señal de conformidad. c) Coordinar con el Procurador Público del Sector, así como el Director General de Asesoría Jurídica del MTC, la defensa de los intereses de la Dirección Gene- ral de Caminos, ante las autoridades judiciales y admi- nistrativas en asuntos contenciosos y no contenciosos administrativos. d) Elaborar y visar desde el aspecto de conformidad legal los proyectos de resoluciones, contratos, convenios y adendas que celebre la Dirección General de Caminos. e) Dictaminar sobre los expedientes sometidos a su consideración. f) Organizar y mantener el archivo de la legislación inherente a la infraestructura vial, difundiendo para su aplicación a los Órganos de la Dirección General de Cami- nos. g) Las demás funciones que le asigne la Dirección General de Caminos, de acuerdo al ámbito de su competen- cia. DE LA OFICINA AUDITORIA INTERNA MISION: Artículo 161º.- Ejercer el control interno previo en función de los procedimientos establecidos, reglamentos, manuales y disposiciones emanadas del Director General de Caminos. FUNCIONES : Artículo 162º.- La Oficina de Auditoría Interna es el órgano de control de la Dirección General de Caminos, está a cargo de un Director que funcionalmente coordina con el órgano de control del MTC. Le corresponden las siguientes funciones: a) Formular y proponer a la Dirección General de Caminos la aprobación del Plan anual de Control. b) Ejercer de acuerdo a sus atribuciones, el control interno y brindar asistencia especializada a la Dirección General de Caminos, a las Direcciones y/o Oficinas y Direcciones Departamentales. c) Formular recomendaciones para mejorar los proce- sos, prácticas e instrumentos de control interno de la Dirección General de Caminos. d) Evaluar la solidez, adecuación y aplicación del con- trol interno, en los diversos órganos, promoviendo acciones para mejorar.