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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE MAYO DEL AÑO 2001 (20/05/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 28

Pág. 203034 NORMAS LEGALES Lima, domingo 20 de mayo de 2001 CAPÍTULO IX DE LOS ÓRGANOS DE LÍNEA DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL MISIÓN: Artículo 111º.- La Dirección General de Aeronáutica Civil, es la Autoridad Aeronáutica del Perú constituida como el organismo de control y supervisión del MTC, encargada de fomentar, planificar y asegurar un servicio eficiente y seguro del transporte y la navegación aérea civil dentro del territorio peruano. FUNCIONES: Artículo 112º.- La Dirección General de Aeronáutica Civil, es el órgano de línea del Despacho Viceministerial de Transportes, está a cargo de un Director General. Le corresponde las siguientes funciones: a) Formular, ejecutar y evaluar el plan operativo de la Dirección General de Aeronáutica Civil. b) Proponer y ejecutar las políticas y estrategias del Sector en el ámbito de su competencia. c) Construir los aeropuertos, aeródromos y demás ele- mentos de infraestructura de transporte aéreo, en armonía a la integración, seguridad y defensa nacional; mejorando y conservando la infraestructura del transporte aéreo, otorgando preferencia a la Red Básica Intermodal de Trans- portes (RED-BIT). Asimismo, supervisar la construcción, mejoramiento, ampliación, rehabilitación de los aeropuer- tos comprendidos dentro de la Red Aeroportuaria Nacio- nal. d) Formular y/o actualizar normas legales, técnicas y/o administrativas indispensables para el desarrollo de las actividades del transporte aéreo. e) Solicitar a la Oficina General de Asesoría Jurídica pronunciamiento legal y opinión respecto de las discrepan- cias producidas dentro de su jurisdicción f) Proponer y aprobar los programas de capacitación y especialización para el personal de la Dirección General, así como los candidatos, para cursos y becas de perfeccio- namiento, en coordinación con la Oficina General de Perso- nal. g) Conducir la planificación, control y evaluación de la circulación aérea, mediante el uso de las vías y medios de transporte aéreo. h) Normar, supervisar y evaluar las actividades de explotación de la Industria del Transporte Aéreo Civil. i) Formular y proponer a la Oficina General de Presu- puesto y Planificación el proyecto de presupuesto anual de la Dirección General para su aprobación, evaluando y controlando su ejecución. j) Administrar y evaluar el presupuesto asignado para el desarrollo de su gestión, aplicando medidas correctivas oportunas a las desviaciones que presenten los respectivos indices presupuestales, presentando los informes corres- pondientes dentro del cronograma establecido. k) Formular y proponer a la Oficina General de Admi- nistración el plan anual de adquisición de bienes y servicios de la Dirección General, dentro del marco de criterios de racionalidad y austeridad l) Formular y negociar propuestas, a fin de presentarlas en convenios y acuerdos internacionales, referidos al área de su competencia. m) Representar al Perú ante las autoridades Interna- cionales, así como los organismos como la CLAC, la OACI, Acuerdo de Rotación ante la OACI y otros referidos a la materia de su competencia. n) Elaborar y presentar al Viceministro de Transportes la Memoria Anual de su gestión o) Las demás funciones que le asigne la Alta Dirección, en el ámbito de su competencia. Artículo 113º.- ESTRUCTURA ORGÁNICA: La Estructura Orgánica de la Dirección General de Aeronáutica Civil, es la siguiente: A. Órgano de Dirección: Dirección General de Aeronáutica Civil B. Órganos de Asesoramiento: Oficina de Asesoría de Política Aérea Oficina de Asesoría LegalC. Órgano de Apoyo: Oficina de Apoyo Administrativo D. Órganos de Línea: Dirección de Circulación Aérea Dirección de Seguridad Aérea Dirección de Infraestructura Aeroportuaria Dirección de Navegación Aérea Dirección de Desarrollo y Fomento Aeronáutico RELACIONES: Artículo 114º.- La Dirección General de Aeronáutica Civil, depende jerárquicamente del Viceministerio de Transportes y mantiene relaciones de coordinación con los órganos constituti- vos de la Dirección General de Aeronáutica Civil, Organismos Públicos Descentralizados del Sector, Ministerio de Defensa y los Organismos Públicos y Privados vinculados con el área de su competencia, tanto a nivel nacional como internacional. La Dirección General de Aeronáutica Civil mantiene su autonomía técnica, administrativa y financiera, de acuer- do con lo establecido en la Ley de Aeronáutica Civil. DE LA OFICINA DE ASESORÍA DE POLÍTICA AÉREA MISIÓN: Artículo 115º.- Apoyar a la Dirección General de Aero- náutica Civil en el logro de las metas que a nivel de gobierno y sector se propongan en el ámbito de la política aerocomercial nacional e internacional del país. FUNCIONES: Artículo 116º.- La Oficina de Asesoría en Política Aérea es el órgano de asesoramiento de la Dirección Gene- ral de Aeronáutica Civil, está a cargo de un Director. Le corresponde las siguientes funciones: a) Dictaminar sobre la aplicabilidad y observancia de las normas y procedimientos relativos a la actividad aero- comercial adoptados por los organismos internacionales. b) Organizar y participar en las conferencias sobre aviación civil internacional y en las reuniones de consulta de Autoridades Aeronáuticas. c) Estudiar los convenios suscritos y ratificados por el Perú y mantener actualizada la documentación relativa a dichos convenios. d) Proponer a la Dirección General los convenios bilate- rales y/o multilaterales que sean de interés al país. e) Sugerir y procurar la aplicación de las normas, métodos, recomendaciones y resoluciones que emitan la Organización de la Aviación Civil Internacional (OACI), la Comisión Latinoamericana de nbbAviación (CLAC), Co- munidad Andina de Naciones (CAN), Asociación Latinoa- mericana de Integración (ALADI). f) Difundir al interior de la Dirección General, la docu- mentación emitida por la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), así como mantenerla actualizada y a disposición del personal de la DGAC que la requiera. g) Mantener contacto permanente, en materia de polí- tica aérea, con el Ministerio de Relaciones Exteriores de Perú, con las Embajadas y Consulados del Perú en el extranjero así como con la Embajadas y Consulados ex- tranjeros en el Perú. h) Asesorar y mantener informado al Director General de Aeronáutica Civil en materia de su competencia. i) Participar en la formulación de planes de la DGAC. j) Participar en la formulación de los procedimientos administrativos y los servicios de la DGAC. k) Participar en la formulación del anteproyecto de presupuesto de la DGAC y ejecutar el presupuesto aproba- do en lo que le corresponde. l) Las demás funciones que le asigne la Dirección General, en materia de su competencia. DE LA OFICINA DE ASESORÍA LEGAL MISIÓN: Artículo 117º.- Facilitar la gestión de la Dirección Gene- ral de Aeronáutica Civil, asesorando y opinando en todo lo relacionado a los aspectos legales y participando activamente en la Junta de Infracciones de Aeronáutica Civil. FUNCIONES: Artículo 118º.- La Dirección de Asesoría Legal es el órgano de asesoramiento de la Dirección General de Aero-