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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE MAYO DEL AÑO 2001 (27/05/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 17

Pág. 203463 NORMAS LEGALES Lima, domingo 27 de mayo de 2001 SRDC/14.3, realizado por la Segunda Región de Defen- sa Civil, recomendando todos ellos, la utilización de maquinaria pesada, de manera inmediata por repre- sentar un peligro inminente para la población a conse- cuencia de los desbordes de los ríos Rímac, Chillón y Mala; CONSIDERANDO: Que, conforme al Decreto Ley Nº 19338 y sus modifi- catorias Decretos Legislativos Nºs. 442, 735 y 905; el Instituto Nacional de Defensa Civil tiene entre sus funciones brindar atención de emergencia, proporcionan- do apoyo inmediato a la población que se encuentran en situación de peligro inminente o que hayan sobrevivido a los efectos devastadores de un fenómeno natural o inducido por el hombre; Que, la Dirección Nacional de Prevención a través de sus ingenieros coordinadores, inspeccionaron de manera directa las emergencias suscitadas en el Sector de San Diego del distrito de San Martín de Porres y Sector Villa San Luis, Km. 11.5 de la Carretera Central - Chosica - Huachipa - Lima, determinando la necesidad inmediata de utilización de maquinaria, a pedido y en apoyo adicional a la empleada por las entidades com- prometidas en la emergencia, con la finalidad de refor- zar los puntos críticos para contener y mitigar los efectos del desastre natural producido y el peligro inminente detectado; Que, la Segunda Región de Defensa Civil, a través del Informe de Evaluación de Riesgo Nº 001-SRDC/ 14.3, recomendó la necesidad con carácter de emergen- cia de realizar movimiento de tierra mediante la utili- zación de tractores, a fin de limpiar el cauce del río Mala en el Sector Santa Clorinda en aproximadamente 10,000 m3 de material, logrando de esta manera encauzar y utilizar dicho material en el reforzamiento de las defen- sas ribereñas, evitando la continuación del desborde del río Mala; Que, los Artículos 19º y 20º del Texto Unico Orde- nado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001- PCM, dispone que están exoneradas de los procesos de Licitación Pública, Concurso Público o Adjudicación Directa, según sea el caso las adquisiciones o contrata- ciones que se realicen en Situación de Emergencia, debiendo ser aprobadas mediante Resolución del Titu- lar del Pliego; Que, el Artículo 22º del Texto Unico Ordenado, citado en el párrafo precedente, establece que se entien- de como Situación de Emergencia aquella en la cual, la Entidad tenga que actuar de manera inmediata a causa de acontecimiento catastrófico, de situaciones que su- ponga grave peligro. En este caso la Entidad se exonera de la tramitación del expediente administrativo y podrá ordenar la ejecución de lo estrictamente necesario para remediar el evento producido y satisfacer la necesidad sobrevenida, sin sujetarse a los requisitos formales de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, por consiguiente, habiendo adoptado el INDE- CI acciones inmediatas en las zonas antes indicadas, contratando maquinaria pesada para remediar el de- sastre natural producido y mitigar peligros inminentes detectados, que permitieron salvaguardar la vida y disminuir daños a la propiedad pública y privada de la población en los diferentes sectores afectados, es necesa- rio en vía de regularización declararlo en Situación de Emergencia y aprobar la exoneración dispuesta según los dispositivos legales antes expuestos; De conformidad con el Decreto Ley Nº 19338 y sus modificatorias, al amparo a lo dispuesto por los Decre- tos Supremos Nºs. 012 y 013-2001-PCM, y con la justifica- ción de los informes técnicos y legal; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DECLARAR en vía de regula- rización, en Situación de Emergencia al Instituto Na- cional de Defensa Civil para afrontar los desastres y eventos naturales suscitados en el Sector de San Diego, distrito de San Martín de Porres, Sector de Villa San Luis, Huachipa, distrito de Chosica y en el distrito de San Pedro de Mala, provincia de Cañete, ubicados en el departamento de Lima, exonerándolo del proceso de selección por Adjudicación Directa Selectiva para lacontratación del servicio de alquiler de maquinaria, y ser utilizados en los sectores antes mencionados. Artículo Segundo.- Disponer se remita copia de la presente resolución y de los informes que la sustentan a la Contraloría General de la República, dentro de los diez días siguientes a su aprobación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN LUIS PODESTA LLOSA Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil 24151 MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Ratifican resolución de la Municipali- dad Distrital de Ate que aprobó habili- tación urbana de terreno RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 9675 Lima, 21 de marzo de 2001 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA VISTOS; el Oficio Nº 407-00-OII/MDA, contenido en el Codificado Nº 47037-2000, mediante el cual la Municipalidad Distrital remite el Expediente Admi- nistrativo Nº 0682-99, promovido por la ASOCIACION DE VIVIENDA RESIDENCIAL ANGAMOS, solicitan- do la ratificación de la Resolución de Alcaldía Nº 1389, expedida por la Municipalidad Distrital de Ate, el 10 de octubre del 2000; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución de Alcaldía Nº 1389, expedida por la Municipalidad Distrital de Ate, el 10 de octubre del 2000, se aprueba, de conformidad con el Plano signado con el Nº 015-2000-HU-OII-MDA, la Habilita- ción Urbana Ejecutada en Vías de Regularización para Uso de Residencial de Densidad Media "R-4", del terre- no de 10,000.00 m2, constituido por la Parcela "A" con frente al camino interior que formó parte del Fundo "La Estrella", ubicado en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima; Que, mediante Informe Técnico Nº 191-2000-MML- DMDU-DHU-DRD de fecha 28 de diciembre del 2000, se señala que el terreno materia de habilitación no se encuentra afecto a Vías Metropolitanas ni a Equipa- miento Urbano; asimismo, los lotes propuestos cum- plen con el mínimo establecido en el Reglamento Nacio- nal de Construcciones; Que, la Comisión Metropolitana de Habilitaciones Urbanas, mediante Acuerdo Nº 03 adoptado en Sesión Nº 001-2001, de fecha 4 de enero del 2001, recomendó Rati- ficar la Resolución de Alcaldía Nº 1389, del 10 de octubre del 2000, emitida por la Municipalidad Distrital de Ate; Con el visto bueno de la Dirección de Habilitaciones Urbanas y de la Unidad Técnico Legal, con lo recomen- dado por la Dirección Municipal de Desarrollo Urbano; y, De conformidad con las Leyes Nºs. 23853 y 26878, Ordenanzas Metropolitanas Nºs. 133 y 273 del 19 de diciembre de 1997 y 27 de mayo del 2000, respectiva- mente, D.A. Nº 055 del 11 de julio del 2000, Edicto Nº 021 del 1 de abril de 1995 y D.S. Nº 02-94-JUS y Reglamento Nacional de Construcciones; RESUELVE: Artículo Primero.- RATIFICAR la Resolución de Alcaldía Nº 1389, del 10 de octubre del 2000, emitida por